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Título: Decreto IDySP. Nº 652 CREASE LA COMISION EJECUTIVA DEL CENTRO DE DESARROLLO CIENTIFICO Y TECNOLOGICO (CCTP)
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 25 Marzo 2022
Fecha de publicacion: 19 Abril 2022
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 25 de Marzo de 2022.
VISTO:
El Convenio Marco de Cooperación celebrado entre la Universidad Nacional de Catamarca y el Gobierno de la Provincia de Catamarca con fecha 23 de Febrero de 2022; y
CONSIDERANDO:
Que el Convenio Marco de Cooperación celebrado entre la Universidad Nacional de Catamarca y el Gobierno de la Provincia de Catamarca tiene por objetivo general contribuir al desarrollo socioeconómic o y el progreso tec nológico de la región, fortaleciendo y diversifica ndo el tejido productivo, su competitividad, impulsar las capacidades de innovación que promuevan la creación de empleos de calidad y contribuyan a la radicación de empresas de bases tecnológicas, que brinden servicios de asesoramiento, asistencia científica técnica que fortalezcan la actividad productiva e industrial de la Provincia.
Que, en la cláusula tercera del mencionado convenio las partes acuerdan que destinarán un predio de veinticinco (25) hectáreas en la escuela Agrotécnica de Nueva Coneta en el departamento Capayán, para que allí sea construido un Centro de Desarrollo Científico y Tecnológico Productivo, y la Universidad se compromete, previo acuerdo con el CONICET, a ejecutar, con financiamiento del Ministerio de Educación de la Nación, las obras de infraestructura necesarias para el desarrollo de instalaciones que ambas instituciones consideren propicias para potenciar líneas de trabajo sostenidas por las unidades ejecutora de doble dependencia y que sean de común interés.
Que de lo expuesto, surge la necesidad de crear una Comisión Ejecutiva de Gestión que defina e implemente las normas reglamentarias para alcanzar los objetivos del convenio y con el fin de establecer las responsabilidades que asumirá cada una de las partes en el diseño y desarrollo de las líneas de trabajo e investigación profesional en el ámbito del Centro de Desarrollo Científico y Tecnológico Productivo.
Que a orden 02, obra Nota N° NO-2022-00391625-CAT-MIDSP de fecha 17 de Marzo de 2022, por el cual se adjunta nota de fecha 17 de Marzo de 2022, suscripta por el Señor Ministro de Inclusión Digital y Sistemas Productivos, elevando proyecto de decreto para la Creación y conformación de la Comisión Ejecutiva del Centro de Desarrollo Científico y Tecnológico Productivo, informando que la conformación de la misma surge como necesidad natural, luego de la firma del Convenio celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Catamarca y la Universidad Nacional de Catamarca, con fecha 23 de Febrero de 2022, cuya cláusula 1 ° expresa: «LA PROVINCIA y LA UNIVERSIDAD se comprometen a la creación de un CENTRO DE DESARROLLO CIENTÍFICO Y TECONOLÓGICO PRODUCTIVO, en adelante EL CENTRO. Asimismo, las partes designarán un referente institucional que los represente a los fines de la conformación de un órgano de gestión que defina e implemente las normas reglamentarias que permitan la consecución de los objetivos del presente inst umento».
Que a orden 02, obra Nota N° NO-2022-00391625-CAT-MIDSP de fecha 17 de Marzo de 2022, por el cual se adjunta, en archivo embebido, Dictamen N° 02 de fecha 17 de Marzo de 2022, de la Asesoría Legal del Ministerio de Inclusión Digital y Sistemas Productivos, expresando que por Ley N° 5732/2021 promulgada por Decreto N° 2748/21, modificatoria de la Ley N° 5365/2019, se crea el Ministerio de Inclusión Digital y Sistemas Productivos. Asimismo, conforme a lo establecido en el Anexo II del Decreto Acuerdo N° 2847/2021, expresa que: el Ministerio de Inclusión Digital y Sistemas Productivos tiene por objeto asistir al Gobernador de la Provincia, mediante el diseño y perfeccionamiento de políticas públicas que promuevan el crecimiento y el desarrollo económico de la Provincia de Catamarca, a través de la generación de nuevas actividades productivas diseñando y ejecutando planes de producción, comercialización en el ámbito agropecuario y agro industrial, y el fortalecimiento de las ya existentes. Participar en la plani icación, dirección y ejecución de planes, programas y proyectos dentro del ámbito del Ministerio. Coordinar con otros Ministerios, Secretarías, Municipios, Entes específicos competentes y otros sectores de la sociedad, las acciones necesarias, a fin de lograr la ejecución de políticas públicas. Cumplimientos en el marco de la Constitución, las Leyes Nacionales, Provinciales y Municipales o privados que favorezcan a la consecución de los objetivos que haya propuesto el Ministerio. Diseñar, elaborar y ejecutar programas que favorezcan al sector productivo, propiciando una mayor eficiencia en el uso de recursos. Favorecer el desarrollo sustentable del sector agropecuario, mediante proyectos de inversión, para el fortalecimiento del desarrollo económico y social de cada región. A su vez, la Secretaría de Coordinación Institucional, dependiente del Ministerio de Inclusión Digital y Sistemas Productivos, tiene por objetivos y acciones la de promover la colaboración y cooperación Interinstitucional, Intersectorial e Interjurisdiccional necesaria para el logro de sus objetivos, mediante sus distintas estructuras funcionales. Por todo lo expuesto, sugiere que se puede emitir el acto administrativo (Decreto) por el cual se disponga la creación de la Comisión Ejecutiva del Centro de Desarrollo Científico y Tecnológico Productivo.
Que a orden 06, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen de Firma Conjunta N° IF-2022-00414038-CAT-AGG de fecha 22 de Marzo de 2022, manifestando que conforme lo establecido en el artículo 149°, inc. 15°, de la Constitución Provincial el Señor Gobernador se encuentra facultado constitucionalmente para: «Celebrar y firmar tratados con la Nación, las provincias, municipios de otras jurisdicciones, entes de derecho público o privado, nacionales o extranjeros y entidades internacionales para fines de utilidad común, los que deberán contar con aprobación legislativa». Asimismo, del convenio suscripto, se desglosa que La Provincia de Catamarca y la Universidad Nacional de Catamarca se comprometen a la creación de un Centro de Desarrollo Científico y Tecnológico productivo, para el cumplimiento de los siguientes objetivos propuestos: 1) Consolidar una infraestructura centralizada a fin de desarrollar actividades de investigación científico técnicas para garantizar el desarrollo local de las industrias que se radiquen en nuestro territorio; 2) Potenciar las economías regionales, la economía social y la capacidad emprendedora mediante el desarrollo de tecnologías innovadoras que se ajusten a las características demográficas, climáticas y socio productivas locales; 3) Fomentar, orientar y apoyar la instalación de actividades industriales, que tengan un alto componente de tecnología e innovación, que generen empleo y promuevan el desarrollo local; 4) Impulsar y fortalecer las economías regionales, la agroindustria y el agregado de valor a los sectores produc tivos de la provincia me diante la implementación de políticas educativas que impulsen la formación académica y mejoras en las prácticas de expertos locales; 5) Establecer políticas estrictas de preservación de la calidad ambiental y uso responsable de los recursos naturales. Por lo expuesto, considera pertinente la emisión del acto administrativo (Decreto) por parte del Poder Ejecutivo de la Provincia, por el cual, se crea la Comisión Ejecutiva del Centro de Desarrollo Científico y Tecnológico Productivo (CCTP) en el marco del Convenio de Cooperación suscripto con fecha 23 de Febrero de 2022 entre la Universidad Nacional de Catamarca y el Gobierno de la Provincia de Catamarca.
Que a orden 10/11, obra Copia Digitalizada N° COPDI-2022-00425168-CAT-MIDSP de fecha 23 de Marzo de 2022 y Convenio Firma Ológrafa N° CONVE-2022-00425079-CAT-MIDSP de fecha 23 de Marzo de 2022, por el cual se adjunta copia fiel del Convenio Marco para la creación del Centro de Desarrollo Científico y Tecnológico Productivo Provincial celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Catamarca y la Universidad Nacional de Catamarca; y copia fiel de la Adenda al Convenio Marco de Cooperación Científica y Técnica celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Catamarca y la Universidad Nacional de Catamarca.
Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial.
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Créase la Comisión Ejecutiva del Centro de Desarrollo Científico y Tecnológico Productivo (CCTP) en el marco del Convenio de Cooperación suscripto con fecha 23 de Febrero de 2022 entre la Universidad Nacional de Catamarca y el Gobierno de la Provincia de Catamarca.
ARTÍCULO 2°.- La Comisión Ejecutiva tendrá la misión de realizar todas las acciones necesarias para la puesta en marcha del Centro de Desarrollo Científico y Tecnológico Productivo, llevar adelante todas las gestiones para la colaboración y/o fínanciamiento ante cualquier organismo, nacional, provincial o municipal para lograr la concreción del CCTP. Realizar convenios de colaboración con organismos internacionales o nacionales y con diferentes entidades siempre que los mismas tengan el sentido del objeto del convenio marco. Proponer la creación de consejos asesores, académicos y científicos. Invitar a participar en el Centro, a sectores públicos de distinta jurisdicción o sectores privados. Proponer al Poder Ejecutivo Provincial y a la Universidad Nacional de Catamarca el reglamento de funcionamiento del Centro y cualquier otra acción tendiente a poner en marcha el Centro Científico y Tecnológico Productivo.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que la Comisión Ejecutiva estará conformada de la siguiente manera: cuatro (4) representantes por parte de la Universidad Nacional de Catamarca y cuatro (4) representantes por el Gobierno de la Provincia.
ARTÍCULO 4°.- Desígnase como integrantes de la Comisión Ejecutiva del Centro de Desarrollo Científico y Tecnológico Productivo (CCTP), por parte del Gobierno de la Provincia: Natalia Zaida Anahí PEREA, D.N.I. N° 25.184.491. Támara SACABA CAMAÑO, D.N.I. N° 30.504.958. Susana Beatriz PERALTA MOLINA, D.N.I. N° 29.963.402. Dalmacio Enrique MERA, D.N.I. N° 21.633.671.
ARTÍCULO 5°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Inclusión Digital y Sistemas Productivos quien mediante Nota de Estilo notificara del presente instrumento legal a la Universidad Nacional de Catamarca y Ministerio de Educación.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, Publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: JALIL-Mera
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil
Observaciones: