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Título: Dcto. Acdo. Nº 710
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 31 Marzo 2022
Fecha de publicacion: 22 Abril 2022
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Acuerdo – Sustitúyase el texto del Art. 1° del Dcto. Acdo. N° 1575/21. el que quedará redactado de la siguiente manera: «ARTICULO 1°.- Autorízase al Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos en forma excepcional a efectuar las contrataciones directas dispuestas en el inciso a) punto 2 del Artículo 31° del Anexo I del Reglamento Parcial N° 02 de la Ley N° 4.938, aprobado por Decreto Acuerdo N° 1127/2020 y sus modificatorios hasta la suma equivalente a UN MIL CIEN MÓDULOS (1100 M), para la contratación de servicios de publicidad, propaganda y promoción en periódicos, radios, plataformas de soportes digitales y materiales de difusión masiva; Campañas de Turismo y Marketing; Servicios de impresión y publicaciones de carácter informativo y de gestión; Servicios técnicos y profesionales de: marketing, auditorías de medios de comunicación y contenidos específicos» y el texto del Art. 2° del Dcto. Acdo. N° 2459/21, el que quedará redactado de la siguiente manera: «ARTÍCULO 2°.- Exceptúase al Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos o quien haga sus veces, de lo establecido en los artículos 16°, 200° y lo dispuesto en el cuarto párrafo del Artículo 150° del Reglamento Parcial N° 02 de la Ley N° 4.938 aprobado por Decreto Acuerdo N° 1127/2020 y sus modificatorios, para las contrataciones directas efectuadas en el marco del Decreto Acuerdo 1575/2021, y de lo dispuesto en la Circular N° 05 de fecha 06 de Agosto de 2021 emitida por Contaduría General de la Provincia». Establézcase que las contrataciones directas previstas en el presente instrumento legal, se efectuarán a través del procedimiento de adjudicación simple. Apruébase lo actuado con anterioridad al dictado del presente, por el Mtrio. de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, en las contrataciones mencionadas.
Firmantes: JALIL-Soria-Moreno-Niederle-Nazareno-Sáenz-Ávila-Rivera Villalba-Centurión-Álvarez-Mera-Kozicki-Murúa Palacio-Aguirre-Brunello-Molina-Chico
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil
Observaciones: