Digesto Legislativo Provincial

Encuentre las leyes y otras normativas que se publican en el Boletín Oficial
de la Provincia de Catamarca

  
  

Inicio / Decreto Acuerdo /

Decreto Acuerdo
  
    

  
Detalle del Decreto Acuerdo 129
  

 

Título: REGLAMENTASE EN FORMA PARCIAL LA LEY Nº 5540, QUE RATIFICA EL «CONVENIO FISCAL MUNICIPAL», EN RELACION AL PUNTO I «COMPROMISOS COMUNES», TITULO «MODIFICACION DEL REGIMEN DE REGALIAS MINERAS»

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 8 Feb. 2019

Fecha de publicacion: 26 Feb. 2019

Cuerpo de Decreto Acuerdo:   |       Descargar PDF

  

Decreto Acuerdo Nº 129

REGLAMENTASE EN FORMA PARCIAL LA LEY Nº 5540, QUE RATIFICA EL «CONVENIO FISCAL MUNICIPAL», EN RELACION AL PUNTO I «COMPROMISOS COMUNES», TITULO «MODIFICACION DEL REGIMEN DE REGALIAS MINERAS»


San Fernando del Valle de Catamarca, 08 de Febrero de 2019

VISTO:
El Expediente «C» N° 23575/2018, «Comisión de Participación Municipal, referente a la Solicitud de Reglamentación del Fondo de Regalías Mineras» y el Convenio Fiscal Municipal» celebrado entre representantes de los Municipios y el Poder Ejecutivo Provincial con fecha 09 de Marzo de 2017, y ratificado por Ley Provincial N° 5540; y

CONSIDERANDO:
Que a fs. 01/08, los Señores miembros de la Comisión de Participación Municipal manifiestan la inquietud respecto al efectivo cumplimiento de lo dispuesto en el Convenio Fiscal Municipal, ratificado por la Ley Provincial N° 5540, en cuanto a la modificación del régimen de regalías mineras, solicitando al Poder Ejecutivo «... la reglamentación de dicho apartado a fin de efectivizar lo oportunamente convenio, otorgándosele una dinámica análoga a la utilizada en el Fondo de Desarrollo Municipal.
Que con fecha 09 de  Marzo de 2018, el Poder Ejecutivo Provincial celebró con los representantes de los Municipios, un «Convenio  Fiscal  Municipal» aprobado por ley N° 5540, mediante el cual, en su Capítulo I «COMPROMISOS COMUNES: MODIFICACION DEL REGIMEN DE REGALIAS MINERAS» las partes se comprometieron a impulsar la modificación del régimen de Regalías Mineras siguiendo una metodología similar a la del Fondo de Desarrollo Municipal, en cuanto a la presentación, aprobación y rendición de cuentas de los proyectos.
Que asimismo, se estableció que el nuevo régimen funcionaría en la órbita del Ministerio de Gobierno y Justicia, y se respetarían las finalidades previstas por Ley N° 5128. Asegurando la efectiva percepción, quedando el depósito de los montos correspondientes a los proyectos a cargo del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Por último, se acordó que el incumplimiento a la normativa autoriza a la Provincia a administrar e invertir los fondos correspondientes a la jurisdicción Incumplidora, siempre destinados a dicho municipio y dentro de las finalidades y objetivos de la normativa.
Que a los fines de hacer frente a los compromisos asumidos, y establecer un régimen con mayor celeridad, transparencia y efectividad en el proceso de distribución de los fondos recaudados por regalías mineras resulta necesario adecuar la reglamentación a tales objetivos, permitiendo a su vez una activa participación de los Municipios como órgano de contralor y evaluación de los proyectos.
Que a fs. 25/27, interviene Asesoría  Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas mediante Dictamen N° 139 /2018, IF-2018-00302302-CATR-MHF de fecha 14 de Diciembre de 2018, expidiéndose de manera favorable a la continuidad del presente trámite.
Que a fs. 30/31, toma intervención Asesoría General de Gobierno, mediante Informe A.G.G N° 424/18, solicitando que se de cumplimiento con el Memorándum N° 006/2012.
Que a fs. 32/34, obra Dictamen S.A.M N° 129/18 de la Subsecretaría de Asuntos Municipales, expresando que corresponde dar continuidad al presente trámite.
Que a fs. 3742, vuelve a intervenir Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N° 030/18, manifestando que podrá el Poder Ejecutivo emitir el acto administrativo (Decreto) que reglamenta en forma parcial la Ley N° 5540, que Ratifica el «Convenio Fiscal Municipal», en relación al Punto I «COMPROMISOS COMUNES», Título: «MODIFICACION DEL REGIMEN DE REGALIAS MINERAS».
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial.

Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
EN ACUERDO DE MINISTROS
DECRETA

ARTICULO 1°.- Reglaméntese en forma parcial la Ley N° 5540, que ratifica el «Convenio Fiscal Municipal», en relación al Punto I «COMPROMISOS COMUNES», Título «MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN DE REGALÍAS MINERAS».

ARTICULO 2°.- Para la utilización de los recursos provenientes del Fondo de Regalías Mineras los Municipios deberán presentar proyectos de inversión en el marco de las finalidades previstas en el art. 5° primer párrafo de la ley 5128. Dichos proyectos deberán presentarse por ante la Subsecretaría de Asuntos Municipales, dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia, para su evaluación y control, previo a su elevación a la Comisión de Participación Municipal, debiendo ser tratados con una metodología análoga a la establecida mediante Ley N° 5174 y del Decreto GJ. y HF. N° 77/07 para el Fondo de Desarrollo Municipal, instrumentos estos que serán de aplicación supletoria
en todo aquello que no estuviera expresamente dispuesto y no contradiga el presente decreto.

ARTICULO 3°.- Facúltase a la COMISION DE PARTICIPACION MUNICIPAL a aprobar los proyectos de inversión y rendiciones de cuentas presentados por los municipios conforme lo dispuesto en el artículo precedente, sin perjuicio del contralor oportuno del Tribunal de Cuentas de la Provincia.

ARTICULO 4°.- La Comisión de Participación Municipal informará en forma fehaciente al Ministerio de Hacienda y Finanzas, los montos de los proyectos aprobados y los municipios destinatarios, para el trámite de su competencia.

ARTICULO 5°.- Desígnese al Ministerio de Gobierno y Justicia, como autoridad de aplicación, con atribuciones para dictar normas reglamentarias e interpretativas que resulten necesarias para la correcta implementación y funcionamiento de lo dispuesto en el presente instrumento.

ARTICULO 6°.- Se considera incumplimiento por parte de los municipios:
a) La falta de cumplimiento a las obligaciones asumidas en el Convenio Fiscal Municipal aprobado por Ley N° 5.540; debiendo presentar los municipios la Ordenanza de Ratificación del «Convenio Fiscal Municipal» o ratificación de la misma por parte de la Subsecretaría de Asuntos Municipales, según corresponda.
b) La falta de remisión en tiempo y forma de la información que requiera el Ministerio de Gobierno y Justicia, conforme a la reglamentación que a tal efecto se dicte;
c) La utilización de fondos para gastos corrientes.

ARTICULO 7°.- Los recursos provenientes de las regalías mineras estarán destinados a financiar los conceptos que a continuación se detallan:
1) Obras de infraestructura para saneamiento urbano (provisión de agua potable, desagües cloacales o fluviales, repositorio de residuos sólidos).
2) Construcción o acueductos. Construcción y mejora de sistema de riego y drenaje.
3) Construcción de gasoductos para el transporte y distribución de gas.
4) Obras de generación y transporte de energía eléctrica. Provisión de energía eléctrica a zonas rurales.
5) Obras de infraestructura que posibiliten nuevas actividades productivas o emprendimientos industriales.
6) Obras de infraestructura para el desarrollo del turismo.

ARTICULO 8°.- Deróguese el Decreto Acuerdo N° 202/2013 y toda otra norma que se contraponga a la presente.

ARTICULO 9°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Hacienda y  Finanzas, Ministerio  de Gobierno y Justicia, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Tribunal de Cuentas.

ARTICULO 10°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

 

Firmantes: CORPACCI-Rivera-Veliz-Menecier-Zelarayán-Figueroa Castellanos-Dusso-Dalla Lasta

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2016-2019)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 17/2019

  • Sin temas relacionados

  • Este decreto no ha sido derogado

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin temas relacionados

  • Sin archivos relacionados

Lo estamos haciendo entre todos
Si tienes alguna duda, dato o sugerencia para este Decreto Acuerdo, envianos tu comentario: