Digesto Legislativo Provincial

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de la Provincia de Catamarca

  
  

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Detalle del Decreto 2349
  

 

Título: Dcto. GJyDH. N° 2349

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 10 Dic. 2020

Fecha de publicacion: 5 Enero 2021

Cuerpo de Decreto:   |       Descargar PDF

  

Gobierno, Justicia y Derechos Humanos — Otórganse a las Municipalidades de la Pcia. de Catamarca: Aconquija por $ 717.500,00, Ancasti $ 1.057.000,00, Andalgalá $ 3.899.000,00, Antofagasta de la Sierra $ 931.000,00, Belén $ 2.894.500,00, Capayán $ 2.821.000,00, San Femando del Valle de Catamarca $ 12.635.000,00, Corral Quemado $448.000,00, El Alto $ 938.000,00, El Rodeo $ 465.500,00, Fiambalá $ 2.065.000,00, Fray Mamerto Esquiú $ 2.439.500,00, Hualfin $ 437.500,00, Huillapima $1.792.000,00, Icaño $ 1.442.000,00, Las Juntas $ 455.000,00, La Puerta $ 504.000,00, Puerta de Corral Quemado $619.500,00, Puerta de SanJosé $ 455.000,00, Londres $ 532.000,00, Los Altos $ 1.260.000,00, Los Varela $ 738.500,00, Mutquín $ 553.000,00, Paclín $ 1.011.500,00, Pomán $ 2.000.000,00, Pozo de Piedra $ 644.000,00, Recreo $ 3.412.500,00, San Fernando $ 780.500,00, San José $ 815.500,00, Santa María $ 3.958.500,00, Santa Rosa $ 770.000,00, Saujil $ 1.211.000,00, Tapso $ 385.000,00, Tinogasta $ 2.831.500,00, Valle Viejo $ 5.474.000,00, Villa Vil $ 633.500,00, en concepto de aporte extra no reintegrable de carácter excepcional, la suma total de $ 64.027.000,00, conforme Anexo I que forma parte del presente, destinado al pago del Bono de Fin de Año que otorga el Gobierno de la Provincia, para todo el personal Municipal que cumpla funciones en cada Jurisdicción. Informase a las Municipalidades que tienen el compromiso de adjuntar la documentación referida al destino del dinero otorgado para la oportuna rendición de cuenta. La erogación se imputará a la partida del presupuesto vigente: SAF.006- Ju.020 — Prog.97 — Fi.1 - Fu.1.5 - Inc.5 —PP.7 —pp.6 —FFin.1.1 —M.1 —U.Geog.04901 — Unidad Ejecutora: Mtrio. de Gobierno y Justicia y Derechos Humanos.

 

Firmantes: JALIL-Moreno

Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil

Observaciones:

   
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