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Título: Decreto GJ.yDH. – DSyD. Nº 2189 DECLARASE DUELO PROVINCIAL POR EL TERMINO DE TRES DIAS, A PARTIR DEL DIA DE LA FECHA, CON MOTIVO DEL FALLECIMIENTO DE DIEGO ARMANDO MARADONA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 25 Nov. 2020
Fecha de publicacion: 27 Nov. 2020
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Decreto GJ.yDH. – DSyD. Nº 2189
DECLARASE DUELO PROVINCIAL POR EL TERMINO DE TRES DIAS, A PARTIR DEL DIA DE LA FECHA, CON MOTIVO DEL FALLECIMIENTO DE DIEGO ARMANDO MARADONA
San Fernando del Valle de Catamarca, 25 de Noviembre de 2020.
VISTO:
El Decreto Nacional N° 936 /2020; y
CONSIDERANDO:
Que Diego Armando MARADONA se destacó como deportista, representando a nuestro país y, consagrándose como el mejor futbolista mundial.
Que abrazó con pasión y entrega total el fútbol generando triunfos que llenaron de alegría a los Argentinos y Argentinas.
Que la obtención del Mundial de fútbol, sus goles y el carisma que lo caracterizó hicieron de él un ícono inigualable del deporte nacional.
Que su extraordinaria destreza futbolística lo transformó en una de las personas más conocidas del mundo, traspasando las fronteras y siendo reconocido unánimemente como el Mejor Jugador del mundo.
Que el 25 de octubre de 1997 Diego Armando MARADONA jugó su último partido oficial, habiendo obtenido en su inmensa trayectoria numerosos títulos, galardones y homenajes.
Que en el día de hoy se conoció la triste noticia de su fallecimiento que enluta y entristece a todas y todos los argentinos y argentinas.
Que en virtud de ello, resulta un deber del GOBIERNO PROVINCIAL honrar la memoria de Diego Armando MARADONA, con motivo de su fallecimiento.
Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.
Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento, conforme lo previsto por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Adhiérase el Poder Ejecutivo de la Provincia de Catamarca al Decreto Nacional N° 936 de fecha 25 de Noviembre de 2.020.
ARTÍCULO 2º.- Declárase Duelo Provincial por el término de tres (3) días, a partir del día de la fecha, con motivo del fallecimiento de Diego Armando Maradona.
ARTÍCULO 3°.- Durante los días de duelo la Bandera Nacional permanecerá izada a media asta en todos los edificios públicos.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.-
Firmantes: JALIL - Moreno- Rivera
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil
Observaciones: