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Título: Dcto. Acdo. Nº 2262
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 1 Nov. 2021
Fecha de publicacion: 26 Nov. 2021
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Autorízase a la Obra Social de los Empleados Públicos, OSEP., a contratar, en forma excepcional, mediante el procedimiento de Contratación Directa previsto por el Art. 98° inciso a) de la Ley N° 4.938, hasta la suma equivalente a 1.000 Módulos en las contrataciones dispuestas en el Art. 31° inciso a) punto 1) del Anexo I, Reglamento Parcial N° 2 de la Ley N° 4.938, aprobado por Dcto. Acdo. N° 1127/20 y modificatorios. Exceptúase a dicha Obra Social, de lo establecido en los Arts. 16°, 29°, 50°, 200°, y lo dispuesto en el cuarto párrafo del Art. 150° del Reglamento Parcial N° 02 de la Ley y Decreto mencionados y sus modificatorios, para las contrataciones directas efectuadas en el marco del presente y a las contrataciones llevadas adelante por la Obra Social en el marco de lo aquí establecido, del alcance dispuesto por el Dcto. Acdo. N° 751/18, y lo previsto en las Resol-2020-23-E-CAT-CGP#MHF, Resol-202024-E-CAT-CGP#MHF y Resol-2020-26-E-CATCGP#MHF y sus modificatorias. Establézcase que la autoridad competente para autorizar, aprobar y adjudicar los procedimientos de Contratación Directa, será el Titular de OSEP.
Firmantes: JALIL-Peralta Molina-Andrada-Moreno-Niéderle-Nazareno-Sáenz-Palladino-Rivera Villalba-Centurión-Alvarez-Tobias-Kozicki-Matienzo-Sarquis-Ávila-Brunello-Aguirre-Luna-Dalla Lasta
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil
Observaciones: