Digesto Legislativo Provincial

Encuentre las leyes y otras normativas que se publican en el Boletín Oficial
de la Provincia de Catamarca

  
  

Inicio / Decreto /

Decreto
  
    

  
Detalle del Decreto 106
  

 

Título: Decreto GJyDH. - HP. N° 106 APRUEBASE LA CONTRATACION DIRECTA N° 03/2021 Y EL DECRETO ACUERDO N° 09/2020 PARA LA ADQUISICION DIRECTA DE SU FABRICANTE UNA AERONAVE CON EQUIPAMIENTO SANITARIO

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 12 Enero 2021

Fecha de publicacion: 29 Enero 2021

Cuerpo de Decreto:   |       Descargar PDF

  

Decreto GJyDH. - HP. N° 106

APRUEBASE LA CONTRATACION DIRECTA N° 03/2021 Y EL DECRETO ACUERDO N° 09/2020 PARA LA ADQUISICION DIRECTA DE SU FABRICANTE UNA AERONAVE CON EQUIPAMIENTO SANITARIO

San Fernando del Valle de Catamarca, 12 de Enero de 2021.

VISTO:
El Expediente EX-2020-00917119-CATSA#MGJDH, por el cual la Secretaría de Aeronáutica dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos solicita la adquisición directamente al fabricante de una aeronave nueva con capacidad de traslado sanitario, y el Decreto Acuerdo N° 09 de fecha 04 de Enero de 2020; y

CONSIDERANDO:
Que a orden 02, obra Nota N° NO-2020-00851943-CAT-SA#MGJDH de fecha 09 de Diciembre de 2020, suscripta por el Secretario de Aeronáutica dirigida alMinistro de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, solicitando se inicie el procedimiento administrativo parala adquisición de un avión nuevo reactor moderno conequipamiento sanitario para el Estado Provincial, conforme a las características que obran en estosactuados.

Que a orden 03, obra Informe Gráfico N° IF-2020-00851651-CAT-SA#MGJDH de fecha 09 de Diciembrede 2020, de la Dirección Provincial de Aviación Civilinformando sobre el estado de las aeronavespertenecientes al parque aeronáutico del EstadoProvincial. Que a orden 08, obra Informe Gráfico N° IF-2020-00917421-CAT-SA#MGJDH de fecha 29 de Diciembrede 2020, suscripto por el Ing. Aeronáutico Pablo Babich Representante Técnico - Dirección Provincial de Aviación Civil, en el cual se especifica el detalle técnico y los requisitos de equipamiento para la adquisición de la aeronave.

Que a orden 12, obra Providencia N° PV-2020-00917758-CAT-MGJDH de fecha 29 de Diciembre de 2020, con el visto bueno del Ministerio de Gobierno Justicia y Derechos Humanos al trámite solicitado.

Que a orden 13, obra Nota N° NO-2020-00919234-CAT-SCA#MHP de fecha 30 de Diciembre de 2020 de la Secretaría de Compras y Abastecimiento dirigida a la Contaduría General de la Provincia, solicitándole que en carácter de órgano ejecutor del sistema de contrataciones, determine el procedimiento a seguir motivado en el requerimiento efectuado por la Secretaría de Aeronáutica del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, para la adquisición de una aeronave nueva con equipamiento sanitario, con la fundamentación de la necesidad de hacer uso de un procedimiento que implique el menor tiempo administrativo posible y el máximo beneficio financiero para la Provincia, tomando en cuenta la documentación respaldatoria presente en estas actuaciones respecto del bien a adquirir.

Que a orden 16, obra Dictamen N° IF-2020-00922737-CAT-CGP#MHF - Dictamen C.G.P. N° 133 de fecha 30 de Diciembre de 2020 de la Dirección de Servicio Jurídico Permanente de la Contaduría Generalde la Provincia, expresando que «...resulta pertinente emitir un acto administrativo del mismo rango (Decreto Acuerdo) que fije un procedimiento específico de contratación para la adquisición de la aeronave que cumpla con las especificaciones técnicas precisadas por la Secretaría de Aeronáutica, apartándose del régimen de contratación aprobado por el Decreto Acuerdo N° 1127/ 2020 y sus modificatorios. Por lo que sugiere elaborar un proyecto de Decreto Acuerdo que establezca un régimen específico de contratación para la adquisición de la aeronave conforme las facultades conferidas a la Contaduría General de la Provincia por el artículo 89° de la Ley N° 4.938 t.o. y que cumpla con los principios establecidos en el artículo 91° de la Ley N° 4.938 t.o.».

Que a orden 29, obra Decreto Firma Ológrafa DECRE-00005949-CAT-DDRO#SEG de fecha 05 de Enero de 2021 de la Dirección de Despacho y Registro Oficiales adjuntado el Decreto Acuerdo N° 09 de fecha 04 de Enero de 2020, por el cual se autoriza la convocatoria mediante el procedimiento de Contratación Directa previsto en el Artículo 98° inciso c) de la Ley N° 4.938 t.o., para la adquisición directa a su fabricante de una aeronave nueva con equipamiento sanitario, con un presupuesto oficial de DOLARES ESTADOUNIDENSES NUEVE MILLONES CON 00/ 100 (U$S 9.000.000,00). Asimismo aprueba el procedimiento administrativo específico de contratación y dispone que el mismo será llevado a cabo por la Secretaría de Compras y Abastecimiento quien deberá fijar la fecha límite para la presentación de ofertas y la fecha de apertura de oferta; designa la Comisión Evaluadora; delega en los titulares de los Ministerios de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos y de Hacienda Pública respectivamente la suscripción del contrato emergente de la presente contratación, previa aprobación y adjudicación del procedimiento y designa como responsable de la recepción definitiva del bien a adquirir al Secretario de Aeronáutica del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos.

Que a orden 33, obra Nota N° NO-2021-00010766- CAT-DPAD-MGJ por la cual se adjunta nota de la Dirección Provincial de Gestión Administrativa del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos con Nota de Pedido N° 1 y Autorización para Gastar.

Que a orden 34, obra Resolución N° RESOL-2021 - 2-E-CAT-SCA#MHP de fecha 06 de Enero de 2021 de la Secretaría de Compras y Abastecimientos, por la cual se establece la fecha límite para la presentación de la oferta de la Contratación Directa N° 03/2021, prevista en el Artículo 98° inciso c) de la Ley N° 4938 t.o y el Decreto Acuerdo N° 09/2021 para la adquisición directamente al fabricante de una aeronave nueva con equipamiento sanitario, el día Viernes 08 de Enero de 2021, a horas 10:00 AM (UTC -3), en el domicilio especial electrónico fijado por la Secretaría de Compras y Abastecimiento: contrataciones.secya@catamarca. gov.ar con copia a compras.secya@catamarca.gov.ar, en la forma establecida en el Procedimiento Específico de Contratación (ANEXO II - Decreto Acuerdo N°09/2021); fijando fecha y hora de Apertura de Ofertas para la Contratación Directa N° 03/2021, para la adquisición directamente al fabricante de una aeronave nueva con equipamiento sanitario, el día Viernes 08 de Enero de 2021 a horas 11:00 AM (UTC -3) en la Secretaría de Compras y Abastecimiento, la cual se efectuará por acto público, en presencia de las autoridades respectivas y de todas aquellas personas que deseen presenciarlo.

Que a orden 35, obra Informe Gráfico N° IF-2021-00012486-CAT-DPCBS#MHP por el que se adjunta correo electrónico de la Dirección Provincial de Contrataciones, Bienes y Servicios de la Secretaría de Compras dirigido a Bombardier, Embraer Defensa & Seguranca y Cessna Sales Form de fecha 07 de Enero de 2021, y se cursa invitación a cotizar en la Contratación Directa N° 3 - Aeronave Nueva.

Que a orden 36, obra Informe Gráfico N° IF-2021-00015976-CAT-DPCBS#MHP por el cual se adjunta Acuse de Recibo - Pliegos de Contrataciones de la Contaduría General de la Provincia para publicación enla página oficial.

Que a orden 37, obra Resolución N° RESOL-2021-3-E-CAT#MHP de fecha 07 de Enero de 2021 de la Secretaría de Compras y Abastecimiento, por la cual prorroga la fecha límite para la presentación de la oferta de la Contratación Directa N° 03/2021 prevista en el Artículo 98° inciso c) de la Ley N° 493 8 t.o y el Decreto Acuerdo N° 09/2021, para la adquisición directamente al fabricante de una aeronave nueva con equipamiento sanitario, para el día Lunes 11 de Enero de 2021, a horas13:00 (UTC -3), en el domicilio especial electrónico fijado por la Secretaría de Compras y Abastecimiento:contrataciones.secya@catamarca.gov.ar con copia acompras.secya@catamarca.gov.ar, en la forma establecida en el Procedimiento Específico de Contratación (ANEXO II - Decreto Acuerdo N°09/2021); fijando fecha y hora de Apertura de Ofertas para la Contratación Directa N° 03/2021 prevista en el Artículo 98° inciso c) de la Ley N° 4938 t.o y el Decreto Acuerdo N° 09/2021, para la adquisición directamente al fabricante de una aeronave nueva con equipamiento sanitario, el día Lunes 11 de Enero de 2021 a horas 14:00 (UTC -3) en la Secretaría de Compras y Abastecimiento, la cual se efectuará por acto público, en presencia de las autoridades respectivas y de todas aquellas personas que deseen presenciarlo.

Que a orden 38, obra Informe Gráfico N° IF-2021- 00012499-CAT-DPCBS#MHP de fecha 08 de Enero de 2021, por el que se adjunta correo electrónico de la Dirección Provincial de Contrataciones, Bienes y Servicios de la Secretaría de Compras y Abastecimiento dirigido a Bombardier, Embraer Defensa & Seguranca y Cessna Sales Form, informando Prórroga de Presentación de Ofertas - Contratación Directa N° 3/2021.

Que a orden 39, obra Informe Gráfico N° IF-2021- 00016460-CAT-DPCBS#MHP de fecha 11 de Enero de 2021, por el que se adjunta Acuse de Recibo - Pliego de Contrataciones de la Contaduría General de la Provincia para publicación en la página oficial. Que a orden 40, obra Informe Gráfico N° IF-2021- 00017440-CAT-DPCBS#MHP de fecha 11 de Enero de 2121, por el que se adjunta recepción de oferta en la casilla de correo contrataciones.scya@catamarca.gov.ar.

Que a orden 42, obra Informe Gráfico N° IF-2021- 00017545-CAT-DPCBS#MHP de fecha 11 de Enero de 2021, por el que se anexa Oferta presentada por la empresa LEARJET Inc. por una aeronave nueva Learjet 75 Liberty con equipo de traslado sanitario y evacuación médica y cuyo monto ofertado asciende a la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 (U$S 8.950.000,00). Que a orden 43, obra Acta de Firma Conjunta N° ACTA-2021-00017586-CAT-SCA#MHP de fecha 11 de Enero de 2021, donde se constata la presentación de una oferta por parte de un único proveedor de todos los invitados (Cessna Textron Aviation, Embraer y Learjet Inc. de Bombardier). Asimismo, se agrega que la misma ingresó a hora 11:39 del día 11 de Enero de 2021 a la casilla de correo contrataciones.scya@catamrca.gov.ar y contiene la oferta de la Firma comercial «LEARJET INC.» adjuntando documentación firmada por AARON DISNEY (mediante firma digital) en su carácter de Secretario/Apoderado de LEARJET INC.

Que a orden 44, obra Informe Gráfico N° IF-2021- 00017614-CAT-DPCBS#MHP de fecha 11 de Enero de 2021, por el que se adjunta correo electrónico remitido por la Dirección Provincial de Contrataciones, Bienes y Servicios de la Secretaría de Compras a la firma LearjetInc., solicitando remita reposición de la tasa impositiva provincial para contrataciones directas.

Que a orden 45, obra Informe Gráfico N° IF-2021-00017643-CAT-DPCBS#MHP de fecha 11 de Enero de 2021, por el que se adjunta Certificado de Validación de entidad de negocios emitida por la página oficial del Estado de Kansas.

Que a orden 46, obra Informe Gráfico N° IF-2021-00017667-CAT-DPCBS#MHP de fecha 11 de Enero de 2021, por el que se adjunta Informe Técnico de la Dirección Provincial de Aviación de la Secretaría de Aeronáutica con relación a la aeronave ofertada.

Que a orden 47, obra Informe Gráfico N° IF-2021-00017666-CAT-DPCBS#MHP de fecha 11 de Enero de 2021, adjuntando constatación de precio de mercado de la Aeronave.

Que a orden 48, obra Informe Gráfico N° IF-2021-00017665-CAT-DPCBS#MHP de fecha 11 de Enero 2021, por el que se adjunta cotización oficial del Dólaral 08 de Enero de 2021 del Banco de la Nación Argentina.

Que a orden 49, obra Informe Gráfico N° IF-2021-00017669-CAT-DPCBS#MHP de fecha 11 de Enero de 2021, por el que se adjuntan comprobantes de pago- tasa retributiva abonado por la empresa a la Dirección General de Rentas - ARCA.

Que a orden 50, obra Dictamen de Evaluación de Firma Conjunta N° IF-2021-00017682-CATDPCBS#MHP de fecha 11 de Enero de 2021, suscripto por la Secretaría de Compras y Abastecimiento del Ministerio de Hacienda Pública, la Secretaría de Asistencia en Salud Pública del Ministerio de Salud y el Secretario de Aeronáutica del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, en el que «... sugiere, salvo superior criterio, considerar admisible la oferta y adjudicar la Contratación Directa N° 003/2021 prevista en el Artículo 98° inc. c) de la Ley 4938 t.o., y Decreto Acuerdo N° 009/2021 a la Empresa LEARJET INC. por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES OCHO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTAMIL (U$S 8.950.000,00) correspondiente a la«adquisición directamente al fabricante de una aeronave LEARJET 75 nueva con EQUIPO DE TRASLADO SANITARIO Y EVACUACIÓN MEDICA», por resultar esta propuesta técnicamente apta y económicamente beneficiosa, implicando por lo tanto esta oferta conveniente para los intereses del Estado Provincial».

Que a orden 53, obra Informe Gráfico N° IF-2021- 00017814-CAT-DPGA#MGJDH de fecha 11 de Enero de 2021, por el que la Dirección Provincial de Gestión Administrativa del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos adjunta Solicitud de Gasto N° 02/ 2021.

Que a orden 55, obra Informe N° IF-2021- 00017816-CAT-CGP#MHF de fecha 11 de Enero de 2021 de la Contaduría General de la Provincia, en el que manifiesta que, es facultad del Poder Ejecutivo Provincial, aprobar lo actuado y adjudicar la Contratación de conformidad a lo normado por el Artículo 7° del Decreto Acuerdo N° 9 de fecha 04 de Enero de 2021. Agrega que luego de dictado el acto administrativo señalado en el punto anterior y previo a la suscripción del contrato o emisión de la orden de compra o provisión o venta, corresponde se eleven las actuaciones al Tribunal de Cuentas de la Provincia, conforme lo dispuesto por Acordada T.C. N° 1790/91 y su modificatoria Acordada T.C. N° 2394/96.

Que a orden 58, toma intervención la Dirección Legal y Técnica de la Secretaría de Compras y Abastecimiento mediante Dictamen N° IF-2021-00018843-CATDLT#MHP de fecha 12 de Enero de 2021, en el que manifiesta que la presente contratación se rige por la Ley Provincial N°4938 que establece y regula «La Administración Financiera, las Contrataciones, la Administración de los Bienes y los Sistemas de Control del Sector Público Provincial» y su modificatoria Ley N°5636. Agrega que de las constancias de autos se observa que por Decreto Acuerdo N° 09 de fecha 04 de enero de 2021 el Sr. Gobernador de la Provincia en Acuerdo de Ministros autoriza la convocatoria mediante el procedimiento de Contratación Directa previsto en el Artículo 98° inciso c) de la Ley N° 4.938 t.o., para la adquisición directa a su fabricante de una aeronave nueva con equipamiento sanitario conforme se detalla en Anexo I, exceptúa al procedimiento de contratación tramitado por los presentes autos del alcance de lo dispuesto en el Reglamento Parcial N° 2 aprobado por Decreto Acuerdo N° 1127/2020 y modificatorios. Aprueba un procedimiento administrativo especifico de contratación, dispone que este estará a cargo de la Secretaría de Compras y Abastecimiento del Ministerio de Hacienda Pública, delegando a la Secretaría de Compras y Abastecimiento la facultad de fijar la fecha y hora término para la presentación y apertura de las ofertas que recibanen el marco de la presente contratación y designa losintegrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas. Expresa que teniendo en cuenta que el PresupuestoOficial aprobado asciende a la suma de DOLARESESTADOUNIDENSES NUEVE MILLONES CON 00/100 (U$S9.000.000,00) y que la oferta presentada ypor el ítems que se detalla en el Dictamen de Evaluaciónde Ofertas obrante a orden 50, es por la suma total de DOLARES ESTADOUNIDENSES OCHOMILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL(U$S 8.950.000,00), resultando menor al monto del Presupuesto Oficial y que es la sugerida a adjudicar porla Comisión Evaluadora por resultar esta propuesta técnicamente apta y económicamente beneficiosa y ser conveniente para los intereses del Estado Provincial, no encuentra ningún impedimento en llevar adelante la presente contratación. Por todo lo analizado, y atento que en el presente se han observado las formalidades exigibles para el tipo de contratación y en virtud de lo expuesto precedentemente, no encuentra impedimento alguno a que el Sr. Gobernador en virtud de las facultades conferidas proceda a aprobar y adjudicar la presente Contratación Directa, si así lo considera conveniente, conforme lo previsto en el artículo 7° del Decreto AcuerdoN° 09/2021.

Que a orden 63, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen de Firma Conjunta N° IF-2021-00020107-CAT-AGG de fecha 12 de Enero de 2021, manifestando que en el marcode la presente contratación se emitió Decreto AcuerdoN° 09 de fecha 04 de enero de 2021, por medio del cualel Poder Ejecutivo autoriza la convocatoria mediante el procedimiento de Contratación Directa previsto en elArtículo 98° inciso c) de la Ley N° 4.938 t.o., exceptuando a dicho procedimiento de contratación del alcance de lo dispuesto en el Reglamento Parcial N°2,aprobado por Decreto Acuerdo N° 1127/2020 y modificatorios, aprobando en consecuencia un procedimiento administrativo específico de /contratación. Agrega que la presente intervención analizará el cumplimiento de las formalidades inherentesa la observancia de los requisitos legales para la presente modalidad de contratación, como también las formalidades exigidas por la documentación contractual para la propuesta presentada. En relación a lo sostenido por la Comisión de Evaluación, dado que excede a la competencia de esta Asesoría, adentrarse en aspectos técnicos de la propuesta presentada, desde este punto de vista, procedería la Adjudicación como lo sugieren los órganos intervinientes. Es sostenido por la doctrina que «...la administración está obligada a adjudicar a la oferta más conveniente, no a la más barata o la de mejor canon. Si bien comporta el ejercicio de una atribución discrecional, debe ser razonable y debidamente fundada. (Martínez, Patricia Raquel «La adjudicación,» cap. X, en Farrando (H.), Contratos administrativos, op. cit., esp. pp. 341-70) Asimismo respecto a las razones de la oportunidad, mérito y conveniencia de adjudicar al oferente preadjudicado, así como al monto de la contratación, cabe resaltar que tales extremos resultan ajenos a las competencias asignadas a esta Asesoría. Corresponde en esta instancia resaltar que al momento de la apertura se dejó constancia la presentación de una oferta por parte de un único proveedor de todos los invitados a la contratación de marras (Cessna Textron Aviation, Embraer y Learjet Inc. de Bombardier: cuyas constancias de invitación se encuentran en el expediente de referencia en Orden N° 35). En ese orden de ideas debemos mencionar además conforme surge del Acta de Apertura de ofertas la firma oferente solicita un anticipo de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES CON 00/100 (U$S 2.000.000,00). Repárese que, tal solicitud encuentra su justificación legal en las previsiones establecidas en el Artículo 16° del Anexo II del Decreto Acuerdo N° 09/2021, en cuanto las partes podrán acordar el pago de un anticipo financiero de hasta el TREINTA POR CIENTO (30%) del total adjudicado, resulta por lo tanto la suma requerida por el oferente en concepto de anticipo financiero, menor al tope establecido por la normativa que rige la contratación de referencia. Desde la óptica de la aptitud formal para asumir el compromiso requerido por la Administración, por el oferente preadjudicado, el mismo ha demostrado a prima facie el cumplimiento de los requisitos instrumentales requeridos por la documentación contractual y haber dado cumplimiento a los extremos exigidos en el Decreto Acuerdo N° 09/21. Es sostenido por la Procuración del Tesoro de la Nación respecto al acto de adjudicación que «Establecer que la adjudicación debe recaer sobre la oferta más conveniente no implica investir a los órganos administrativos de facultades omnímodas sino darles mayor, amplitud de apreciación de los distintos elementos de aquella, más allá del precio, lo que no excluye sino que exige una motivación más cuidadosa y precisa en el acto respectivo, que objetive la ponderación que se realice (Dictámenes, 146: 451) y que la apreciación de la oferta más conveniente es una facultad que, si bien discrecional, en manera alguna puede quedar exenta del sello de razonabilidad que debe ostentar toda actividad administrativa para producir efectos jurídicos válidos (Dictámenes 114: 124).» En esta instancia, conforme surge del Decreto Acuerdo N° 09/2021, en su artículo 5° se establece la delegación de facultades por el Poder Ejecutivo en los titulares de los Ministerios de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos y de Hacienda Pública, respectivamente, la suscripción del contrato emergente de la presente contratación, previa aprobación y adjudicación del procedimiento. Al decirde Julio Pablo Comadira en su publicación -La delegación administrativa [2018] - (01/12/2017, nro 14.320)-: «La delegación es definida como la transferencia parcial del ejercicio de la competencia de un ente u órgano a otro ente u órgano de donde se genera, respectivamente, la delegación intersubjetiva e interorgánica. Como tal, constituye una excepción a uno de los carácteres de la competencia, que es la improrrogabilidad. En este sentido, no es ocioso recordar que la competencia -entendida como el conjunto de poderes, facultades y atribuciones que el ordenamiento jurídico otorga a unente u órgano del Estado- se caracteriza por su improrrogabilidad, dado que se halla establecida en interés público por una norma estatal. En esa inteligencia, debe quedar claro que aquello que se transfiere es el ejercicio de una determinada competencia y no su titularidad, con las consecuencias que, como veremos, tal circunstancia supone. Su fundamento debe buscarse en la necesidad de optimizar la dinámica de la organización administrativa para una mejor satisfacción del interés público involucrado y, por ende, de los derechos de los particulares. En el esquema que se sigue, entonces, la delegación administrativa constituye una técnica o un medio técnico de distribución o redistribución de competencias sin que ello implique alterar la estructura administrativa sino, como recuerda Escola, tan solo su dinámica para una mejor organización de la Administración pública». En cuanto a la forma cómo debe efectuarse la delegación, destacada doctrina sos tieneque la misma puede estar autorizada por una norma legalo reglamentaria u obviamente constitucional. Siendo ello así, el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para delegar sus competencias en los funcionarios de su cartera todo aquello que estime procedente. Finalmente en relación al proyecto de decreto obrante en estas actuaciones resta exponer que encuentra su encuadre legal en los términos del art. 27 inc. a) del CPA, en tanto establece como requisito esencial del acto administrativo «ser dictado por autoridad competente». Por lo antes expuesto, y en orden al cumplimiento de los recaudos legales exigidos por la normativa aplicable, sugiere salvo mejor criterio de la superioridad, que se proceda a la emisión del acto administrativo por medio del cual se adjudique la Contratación Directa N° 03/2021 conforme procedimiento de selección previsto por el Artículo 98° inc. c) de la Ley 4938 t.o., y Decreto Acuerdo N° 09/ 2021, a la firma LEARJET Inc. por una suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL (U$S 8.950.000,00), por la adquisición directamente al fabricante de una aeronave LEARJET 75 nueva con equipo de traslado sanitario y evacuación médica, por resultar la propuesta formulada técnicamente apta y económicamente beneficiosa y conveniente para los intereses del Estado Provincial, conforme lo sugiere la Comisión de Evaluación.

Que el presente instrumento legal se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial.

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA

ARTICULO 1°.- Apruébase la Contratación Directa N° 03/2021, prevista en el Artículo 98° inciso c) de la Ley N° 4.938 t.o., y en el Decreto Acuerdo N° 09 de fecha 04 de Enero de 2020, para la adquisición directa a su fabricante de una aeronave nueva con equipamiento sanitario, con un presupuesto oficial de DOLARES ESTADOUNIDENSES: NUEVE MILLONES CON 00/ 100 (U$S 9.000.000,00).

ARTICULO 2°.- Adjudíquese la Contratación Directa N° 03/2021 para la adquisición de una aeronave nueva Learjet 75 Liberty con equipamiento de traslado sanitario y evacuación médica a la Razón Social LEARJET INC. - N° de Identificación de la Sociedad 4473922- Employer Identificación Number 13-3567473 - por un monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 (U$S 8.950.000,00) por ajustarse a lo solicitado y resultar la oferta técnicamente apta y económicamente beneficiosa a los intereses del Estado Provincial.

ARTICULO 3°.- Autorízase a la Dirección Provincial de Gestión Administrativa y Recursos Humanos del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanosa gestionar a través de la Tesorería General de la Provincia el pago del Anticipo Financiero, solicitado por la empresa LEARJET INC. por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES CON 00/100(U$S 2.000.000,00). La empresa LEARJET INC. deberá presentar Póliza de caución o Aval Bancario (emitido por una sucursal bancaria en la República Argentina)que garantice el 100% del importe anticipado en la moneda que se adjudica, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 16 y 17 del Anexo II del Decreto Acuerdo N° 09/2021.

ARTICULO 4°.- Autorízase a la Dirección Provincial de Gestión Administrativa y Recursos Humanos del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos a emitir las correspondientes Ordenes de Pago a nombre de la firma LEARJET INC.

ARTICULO 5°.- El gasto emergente será imputadoa las partidas presupuestarias vigentes del organismo solicitante.

ARTICULO 6°.- Tomen conocimiento a sus efectos:Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, Dirección Provincial de Gestión Administrativa y Recursos Humanos del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, Secretaría deAeronáutica dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, Ministerio de Hacienda Pública, Secretaría de Aeronáutica, Secretaría de Compras y Abastecimiento, Contaduría General de laProvincia, Tesorería General de la Provincia y Tribunal de Cuentas.

ARTICULO 7°.- Notifíquese, Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

 

Firmantes: JALIL-Moreno-Veliz

Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 9/2021

  • Sin temas relacionados

  • Este decreto no ha sido derogado

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin temas relacionados

  • Sin archivos relacionados

Lo estamos haciendo entre todos
Si tienes alguna duda, dato o sugerencia para este Decreto, envianos tu comentario: