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Título: Decreto IyOC. (VP.) Nº 116 APRUEBASE EL LLAMADO A LICITACION PUBLICA 02/2020 PARA LA EJECUCION DE LA OBRA: EMP. RUTA NACIONAL 38, EMP. RUTA PROVINCIAL Nº 48, Nº 18 SINGUIL, LOMA LARGA Y LAS CHACRITAS
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 15 Enero 2021
Fecha de publicacion: 29 Enero 2021
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Decreto IyOC. (VP.) Nº 116
APRUEBASE EL LLAMADO A LICITACION PUBLICA 02/2020 PARA LA EJECUCION DE LA OBRA: EMP. RUTA NACIONAL 38, EMP. RUTA PROVINCIAL Nº 48, Nº 18 SINGUIL, LOMA LARGA Y LAS CHACRITAS
San Fernando del Valle de Catamarca, 15 de Enero de 2021.
VISTO:
El Expediente EX-2020-00670365-CAT-AGDVP, mediante el cual la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD CATAMARCA, tramita el llamado a LICITACIÓN PÚBLICA N° 02/2020, para la ejecución de la Obra: «RUTA PROVINCIAL N° 1 - TRAMO: EMP. RUTA NACIONAL 38 - EMP. RUTA PROVINCIAL N° 48- SECCIÓN: EMP. RUTA PROVINCIAL N° 18 - SINGUIL - SUBSECCIÓN: PUENTE SOBRE RÍO SINGUIL - SINGUIL, 2- SECCIÓN: PROG. 10.900,00 - LOMA LARGA (15.820,40) 3-SECCIÓN: LOMA LARGA - LAS CHACRITAS OBRA: CONSTRUCCIÓN DE OBRA BÁSICA Y PAVIMENTACIÓN; y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones, la Dirección Provincial de Vialidad Catamarca gestiona la ejecución de la obra: «RUTA PROVINCIAL N° 1 - TRAMO: EMP. RUTA NACIONAL 38 - EMP. RUTA PROVINCIAL N° 48 - SECCIÓN: EMP. RUTA PROVINCIAL N° 18 - SINGUIL - SUBSECCIÓN: PUENTE SOBRE RÍO SINGUIL - SINGUIL, 2- SECCIÓN: PROG. 10.900,00 - LOMA LARGA (15.820,40) 3-SECCIÓN: LOMA LARGA -LAS CHACRITAS OBRA: CONSTRUCCIÓN DE OBRA BÁSICA Y PAVIMENTACIÓN», a través del procedimiento de Licitación Pública.
Que a orden 03, obra Nota N° NO-2020-00688355- CAT-DIV#MIOC de fecha 14 de Octubre de 2020, en la que se adjunta Memoria Descriptiva, Pliego General de Condiciones, Pliego Particular de Condiciones, Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares, Cómputos Métricos, Presupuestos Oficial, Planos y Memoria Técnica.
Que a orden 05, obra Copia Digitalizada N° COPDI2020-00702428-CAT-AGDVP de fecha 20 de Octubre de 2020, en la cual el Consejo Técnico de VialidadProvincial a través del Acta N° 1220 de fecha 19 de Octubre de 2020, recomendó aprobar la documentación para el llamado a licitación pública para la ejecución de la obra: «RUTA PROVINCIAL N° 1 - TRAMO: EMP. RUTA NACIONAL 38 - EMP. RUTA PROVINCIALN° 48 - SECCIÓN: EMP. RUTA PROVINCIAL N° 18- SINGUIL - SUBSECCIÓN: PUENTE SOBRE RÍOSINGUIL -SINGUIL, 2-SECCIÓN: PROG. 10.900,00- LOMA LARGA (15.820,40) 3-SECCIÓN: LOMA LARGA - LAS CHACRITAS OBRA:CONSTRUCCIÓN DE OBRA BÁSICA Y PAVIMENTACIÓN» en el Departamento Ambato de la Provincia de Catamarca con un presupuesto oficial de PESOS QUINIENTOS SESENTA Y TRES MILLONESTRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO CON 40/100($ 563.351.535,40) y un plazo de obra de dieciocho (18)meses; y que se llame a licitación pública.
Que a orden 07, obra Copia Digitalizada N° COPDI2020-00712496-CAT-AGDVP de fecha 22 de Octubrede 2020, en la que se adjunta Resolución V.P. N° 1088 de fecha 21 de Octubre de 2020 por medio de la cual la Dirección Provincial de Vialidad Catamarca aprobó el Acta N° 1220 de fecha 19 de Octubre de 2020 del Consejo Técnico; aprueba la documentación destinada a regir el llamado a licitación, autorizó la realización del llamado, determinó el PRESUPUESTO OFICIAL en la suma de PESOS QUINIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MILQUINIENTOS TREINTA Y CINCO CON 40/100($ 563.351.535,40) y autoriza al Departamento de Licitaciones y Compras a realizar el llamado a licitación.
Que a orden 12, interviene Contaduría General de la Provincia, mediante Informe N° IF-2020-00729500-CAT-CGP#MHF de fecha 27 de Octubre de 2020, expresando que el presente trámite de contratación se encuentra encuadrado en el Artículo 2°, inciso b) del Decreto Acuerdo N° 151/2020, modificado por Decreto Acuerdo N° 1760 de fecha 30 de Septiembre de 2020, que prevé el procedimiento de Licitación Pública.
Que a orden 18, mediante Copia Digitalizada N°COPDI-2020-00741202-CAT-JI#AGVP de fecha 31 de Octubre de 2020, se incorpora Informe de Pertinencia Técnica N° 18/19.
Que a orden 23, obra Copia Digitalizada N° COPDI2020-00745035-CAT-DCV#MIOC de fecha 03 de Noviembre de 2020, por la cual la Dirección de Construcciones dependiente de Vialidad Provincial, adjunta formularios de Autorización para Gastar de fecha 03 de Noviembre de 2020 - Ejercicio 2020.
Que a orden 26, obra Copia Digitalizada N° COPDI2020-00744350-CAT-AGDVP, en la cual se incorpora Resolución V.P. N° 1156/2020 de fecha 03 de Noviembre de 2020, mediante la cual se subsana error involuntario de redacción, modificando los términos del Art. 3° de Resolución V.P. N° 1088/2020, consignando la Licitación Pública de manera correcta.
Que a orden 28, mediante Informe N° IF-2020- 00745286-CAT-AGDVP de fecha 03 de Noviembre de 2020, interviene la Dirección de Administración de la Administración General de Vialidad Provincial, en la que da respuesta a las observaciones formuladas por la Contaduría General de la Provincia y remite las actuaciones al Departamento de Licitaciones y Compras a fin de ratificación de lo manifestado y posterior sugerencia de fecha y hora de Apertura de Ofertas.
Que a orden 30, mediante Copia Digitalizada N° COPDI-2020-00745332-CAT-DAV#MIOC de fecha 03 de Noviembre de 2020, se procede a agregar Pliego de Condiciones, Especificaciones y Planos de la Licitación Pública N° 02/2020.
Que a orden 35, obra Copia Digitalizada N° COPDI00746040-CATA-DAV#MIOC de fecha 04 de Noviembre de 2021, adjuntando Solicitud de Gasto para la OBRA: CONSTRUCCIÓN DE OBRA BÁSICA Y PAVIMENTACIÓN TRAMO: EMPALME R.N. N° 38 - EMPALME R.P. N° 48. 4-SECCION: LAS CHACRITAS - PIEDRA DE NIVEL. 5-SECCION: PIEDRA DE NIVEL - EMPALME R.P.N° 48.
Que a orden 37, interviene el Departamento Asuntos Jurídicos de la Administración General de Vialidad Provincial, mediante Dictamen N° IF-2020-00746538- CAT-AGDVP de fecha 04 de Noviembre de 2020, en el que expresa que la gestión se adecúa a las facultades que el Artículo 9° de la Ley N° 1.864 (Orgánica de Vialidad), reconoce al Directorio. Asimismo, se observa que, en cuanto al objeto del trámite venido a consideración, el mismo encuadra en las disposiciones que la Ley de Obras Públicas N° 2.730/74 contempla en sus Artículos 1° y 2°. Por lo tanto, el marco legal regulado por la citada norma, resulta el adecuado para regir las relaciones entre la administración y los oferentes, adjudicatarios y contratista. Por todo lo antes expresado, sugiere, salvo superior criterio, otorgar continuidad al trámite administrativo a los fines de autorizar el llamado a Licitación Pública, de acuerdo a los antecedentes de sucaso particular y al derecho que corresponde aplicar, debiendo precederse al dictado del instrumento legalpertinente, por el Poder Ejecutivo Provincial.
Que a orden 46, obra Resolución N° RESOL-2020-426-E-CAT-MIOC de fecha 05 de Noviembre de 2020 emitida por el Ministro de Infraestructura y Obras Civiles, por la cual se aprueba todo lo actuado por laDirección Provincial de Vialidad Catamarca correspondiente al llamado a LICITACIÓN PUBLICAN° 02/2020, con el objeto de contratar la Ejecución de la Obra: «RUTA PROVINCIAL N° 1 - TRAMO: EMP. RUTA NACIONAL 38 - EMP. RUTA PROVINCIALN° 48- SECCIÓN: EMP. RUTA PROVINCIAL N° 18- SINGUIL -SUBSECCIÓN: PUENTE SOBRE RÍOSINGUIL - SINGUIL, 2-SECCIÓN: PROG. 10.900,00- LOMA LARGA (15.820,40) 3-SECCIÓN: LOMA LARGA - LAS CHACRITAS OBRA:CONSTRUCCIÓN DE OBRA BÁSICA Y PAVIMENTACIÓN», con un PRESUPUESTO OFICIAL de PESOS QUINIENTOS SESENTA YTRES MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA YUN MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO CON40/100 ($563.351.535,40); se autoriza a la Dirección Provincial de Vialidad Catamarca a realizar el llamado a Licitación Pública N° 02/2020, para la obra: «RUTA PROVINCIAL N° 1 - TRAMO: EMP. RUTANACIONAL 38 - EMP. RUTA PROVINCIAL N° 48-SECCIÓN: EMP. RUTA PROVINCIAL N° 18 -SINGUIL - SUBSECCIÓN: PUENTE SOBRE RIOSINGUIL - SINGUIL, 2- SECCIÓN: PROG. 10.900,00- LOMA LARGA (15.820,40) 3-SECCIÓN: LOMA LARGA -LAS CHACRITAS OBRA:CONSTRUCCIÓN DE OBRA BÁSICA Y PAVIMENTACIÓN», con un PRESUPUESTO OFICIAL de PESOS QUINIENTOS SESENTA Y TRESMILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO CON CUARENTA CENTAVOS ($563.351.535,40), para el día 04 de Diciembre de 2020 a horas 09,00, a realizarseen Sala de Situación de la Dirección Provincial de Vialidad Catamarca, sita en calle San Martín N° 57; y se delega en la Dirección Provincial de Vialidad Catamarca para la ejecución de la obra mencionada, las facultades de diferir el inicio de los trabajos de ejecución cuando para ello existan motivos debidamente fundados, de otorgar ampliaciones de plazo de obra, de disponer modificaciones de obra, la de disponer y aprobar neutralizaciones de obra y limitaciones a la ejecución del contrato, la de suscribir actas compromiso para la finalización de los trabajos, la de tramitar redeterminaciones de precios del contrato (Provisorias y Definitivas), como así también todas aquellas que resulten inherentes a la ejecución del contrato y las que la Inspección de Obra deba realizar respecto de las tareas desarrolladas por la Contratista.
Que a orden 53, obra Copia Digitalizada N° COPDI2020-00882046-CAT-DAV#MIOC de fecha 17 de Diciembre de 2020, en la cual se adjunta la Nota N° 817 de fecha 10 de Noviembre de 2020 del Departamento de Licitaciones y Compras dirigida a la Dirección del Registro de Consultores y Contratistas, sobre la realización de la presente Licitación Pública.
Que a orden 54, obra obran Copia Digitalizada N° COPDI-2020-00882054-CAT-DAV#MIOC de fecha 17 de Diciembre de 2020, por la que se adjunta publicaciones en el Boletín Oficial N° 91 y 92 de fecha 13 y 17 de Noviembre de 2020 respectivamente.
Que a orden 55, obra Copias Digitalizadas N° COPDI-2020-00882072-CAT-DAV#MIOC de fecha 17 de Diciembre de 2020, por la que se adjunta publicaciones en los Diarios El Esquiú y EL Ancasti, los días 10, 13 y 17 de Noviembre del corriente año.
Que a orden 56, obra Copia Digitalizada N° COPDI2020-00882116-CAT-DAV#MIOC de fecha 17 de Diciembre de 2020, se adjuntan invitaciones a firmas del rubro. Que a orden 57, obra Copia Digitalizada N° COPDI2020-00882126-CAT-DAV#MIOC de fecha 17 de Diciembre de 2020, en la cual se adjunta recibo de entrega de la documentación de la Licitación Pública N° 02/2020 a las firmas invitadas.
Que a orden 58, obra Copia Digitalizada N° COPDI2020-00882082-CAT-DAV#MIOC en la cual se adjunta Circular N° 1, referida a la modificación de los Art. 16, 26, 27 y 28 del Pliego Particular de Condiciones.
Que a orden 59, obra Copia Digitalizada N° COPDI2020-00882102-CAT-DAV#MIOC, en la que se adjunta RESOLUCIÓN V.P. N° 1382 de fecha 30 de Noviembre de 2020, mediante la cual se conforman las Comisiones de Apertura y de Preadjudicación de la Licitación Pública N° 02/2020.
Que a orden 61, obra Copia Digitalizada N° COPDI2020-00882133-CAT-DAV#MIOC de fecha 17 de Diciembre de 2020, en la cual se adjunta Acta de Apertura de fecha 04 de Diciembre de 2020, en la que consta lapresentación de una única propuesta, correspondienteal Oferente N° 1 «ÁRIDOS DEL VALLE S.R.L.».
Que a orden 62 y 63, obran Copias Digitalizadas N°COPDI-2020-00882174-CAT-DAV#MIOC y COPDI2020-00882197-CAT-DAV#MIOC de fecha 17 deDiciembre de 2020, adjuntando la documentaciónpresentada por el Oferente: ÁRIDOS DEL VALLE S.R.L.
Que a orden 66, obra Copia Digitalizada N° COPDI2020-00885786-CAT-DAV#MIOC de fecha 17 de Diciembre de 2020, en la que se adjunta informe elaborado por el Departamento Licitaciones y Compras de Vialidad Provincial en el que consta que al acto de apertura se presentó el oferente Áridos del Valle SRL que cotiza enforma total por la suma de $ 7.02.797.547,60.- y observa con respecto a la oferta presentada que la misma es total y superior en un 24,75% al presupuesto oficial.
Que a orden 69, obra Dictamen N° IF-2020-00886022-CAT-AGDVP de fecha 17 de Diciembre de 2020 emitido por el Jefe de Departamento de la Dirección Provincial de Vialidad, en el que manifiesta que analizada la oferta desde el aspecto netamente jurídico, no se advierten cuestiones que puedan constituirse en un óbice que ponga en riesgo la posibilidad de que la proponente se constituya en contratista del Estado. En el ánimo de no extender innecesariamente el detalle del análisis realizado, sucintamente destaco que la firma ha dado cabal cumplimiento a la totalidad de las exigencias requeridas por la Ley de Obras Públicas de la Provincia Nro. 2730/74 y los Pliegos de bases y condiciones, armonizando en particular con lo previsto por el artículo 8° del Pliego Particular de Condiciones. En mérito de lo anterior entiende que se encuentran dadas las condiciones para, desde el punto de vista jurídico, considerar admisible la propuesta presentada por la firma ÁRIDOSDEL VALLE S.R.L. y ser eventualmente adjudicataria de la obra de que tratan las presentes actuaciones. De entenderse pertinente la conclusión del párrafo que precede, debe tenerse en consideración que la oferta en análisis supera el monto del presupuesto oficial, por lo que devendría necesario autorizar y realizar el reajuste presupuestario correspondiente. Se pone de relieve que atendiendo al monto que involucra el trámite, de entenderse la continuidad del mismo, es el Poder Ejecutivo Provincial quien debe emitir el acto administrativo de adjudicación y su posterior remisión a control de Contaduría General y del Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Que a orden 70, obra Informe N° IF-2020- 00887485-CAT-DAV#MIOC de fecha 17 de Diciembre de 2020, de la Dirección de Administración de Vialidad Provincial expidiéndose sobre informe contable: Informe Contable: Oferente N° 1: ÁRIDOS DEL VALLE S.R.L.: La oferta Presentada por la firma asciende a la suma de Pesos Setecientos Dos Millones Setecientos Noventa y Siete Mil Quinientos Cuarenta y Siete con Sesenta Centavos ($ 702.797.547,60). Del análisis de la documentación presentada, en el ámbito de las incumbencias de esta Dirección de Administración, surge como observación que el monto de la Propuesta Difiere en un Centavo respecto del Monto Cotizado, debiéndose considerar como monto de la misma la suma de Pesos Setecientos Dos Millones Setecientos Noventa y Siete Mil Quinientos Cuarenta y Siete con Cincuenta y Nueve Centavos ($ 702.797.547,59). Salvo la mencionada observación, no existe otra a realizar desde el punto de vista contable que impidan la consideración de la Propuesta. Es menester destacar el mayor valor económico de la propuesta respecto del Presupuesto Oficial, el cual se establece en un 24,75 %:
Que a orden 75, obra Informe N° IF-2020- 00905954-CAT-CGP#MHF de fecha 23 de Diciembre de 2020, de la Contaduría General de la Provincia.
Que a orden 80, obra Copia Digitalizada N° COPDI2021-00000818-CAT-AGDVP de fecha 04 de Enero de 2021, en la cual se incorpora Solicitud de Gastos de fecha 03 de Noviembre de 2020 conforme observaciones que se realizaron por la Contaduría General de la Provincia.
Que a orden 81, obra Copia Digitalizada N° COPDI2021-00001025-CAT-AGDVP de fecha 04 de Enero de 2021, en la cual se incorpora Autorización para Gastar de fecha 03 de Noviembre de 2020 - Ejercicio 2020 y Nota de Pedido y Entrega N° 7 de fecha 03 de Noviembre de 2020. Que a orden 83, obra Copia Digitalizada N° COPDI2020-00786769-CAT-AGDVP, adjuntando la Resolución V.P. N° 1278 de fecha 16 de Noviembre de 2020 de Vialidad de la Provincia, por la cual modifica la exigencia del Artículo 16° del Pliego Particular de Condiciones, modifica el Artículo 26° del Pliego Particular de Condiciones, modifica el Artículo 27 del Pliego Particular de Condiciones y modifica el Artículo 28° del Pliego Particular de Condiciones.
Que a orden 87, obra Dictamen Nº IF-2021- 00000732-CAT-AGVP de fecha 04 de Enero de 2021, del Jefe de Departamento de la Direccion Provincial Vialidad, en el que expresa que la normativa que integralos pliegos de bases y condiciones es un conjunto de normas que han de ser correlacionadas o coordinadas entre sí. En otras palabras, esa normativa debe entenderse de modo integral y no como constituida por compartimientos estancos. Por los tanto, el análisis de cada disposición debe efectuarse tomando en consideración las demás normas contenidas en los pliegos. Por ello considera que no existen objeciones a la continuidad del trámite.
Que a orden 90, obra Resolución N° RESO-2021-8-E-CAT-MIOC de fecha 04 de Enero de 2021, del Ministerio de Infraestructura y Obras Civiles mediante la cual aprueba lo actuado en la documentación confeccionada por Vialidad Provincial en la Licitación Pública N° 02/2020, para la ejecución de la obra:«TRAMO: EMP. RUTA NACIONAL 38 - EMP. RUTA PROVINCIAL N° 48- SECCIÓN: EMP. RUTA PROVINCIAL N° 18- SINGUIL -SUBSECCIÓN:PUENTE SOBRE RÍO SINGUIL - SINGUIL, 2-SECCIÓN: PROG. 10.900,00 - LOMA LARGA(15.820,40) 3- SECCIÓN: LOMA LARGA - LAS CHACRITAS OBRA: CONSTRUCCIÓN DE OBRABÁSICA Y PAVIMENTACIÓN»; y aprueba el Acta de Apertura y Pre adjudicación correspondiente a la Licitación Pública N° 02/2020, para la ejecución de la obra: «TRAMO: EMP. RUTA NACIONAL 38 - EMP. RUTA PROVINCIAL N° 48-SECCIÓN: EMP. RUTA PROVINCIAL N° 18- SINGUIL - SUBSECCIÓN:PUENTE SOBRE RÍO SINGUIL - SINGUIL, 2-SECCIÓN: PROG. 10.900,00 - LOMA LARGA(15.820,40) 3-SECCIÓN: LOMA LARGA - LAS CHACRITAS OBRA: CONSTRUCCIÓN DE OBRA BÁSICA Y PAVIMENTACIÓN», el cual sugiere adjudicar a la firma ÁRIDOS DEL VALLE S.R.L. por la suma de PESOS SETECIENTOS DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MILQUINIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 59/100($ 702.797.547,59).
Que a orden 98, obra Copia Digitalizada N° COPDI2021-00005554-CAT-AGDVP de fecha 05 de Enero de2021, en la cual se incorpora Certificado de Capacidad N° 080/2020 definitivo del oferente ÁRIDOS DELVALLE S.R.L.
Que a orden 100, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen de Firma Conjunta N° IF-2021-00007668-CAT-AGG de fecha 07 de Enero de 2021, manifestando que la contratación de marras se rige por la Ley de Obras Públicas N° 2730 y su Decreto. Reglamentario N° 1697/74, Decreto Acuerdo N° 151/20, modificado por Decreto Acuerdo N° 1760, de fecha 30 de Septiembre de 2020.
Que el presente llamado a licitación se está dando cumplimiento a la manda constitucional del Art. 174° de la Constitución de la Provincia, que dispone: «Toda enajenación de bienes de la Provincia, compras, suministros y demás contratos realizados por la misma, se harán mediante subasta o licitación pública bajo pena de nulidad y sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles y penales de los funcionarios que autoricen, ejecuten, o consientan la transgresión de estas normas.
Quedan exceptuados los casos que expresamente prevea la ley de la materia». Dicho ello, en la presente intervención, se analizará el cumplimiento de las formalidades inherentes a la observancia de los requisitos legales para la presente modalidad de contratación, como también las formalidades exigidas por la documentación contractual para las propuestas presentadas. En esa inteligencia, atento al monto de la presente contratación, conforme lo establecido por Decreto Acuerdo N° 151/2020 y su modificación por Decreto Acuerdo 1760/2020, la Autoridad competente para adjudicar la presente contratación, es el Señor Gobernador de la Provincia de Catamarca. Por lo antes expuesto, y en orden al cumplimiento de los recaudos legales exigidos por la normativa aplicable, subsanadas las observaciones formuladas precedentemente, esta Asesoría sugiere salvo mejor criterio de la superioridad, que se proceda a la emisión del acto administrativo por medio del cual se adjudique la Licitación Pública N° 02/ 2020, a la firma ÁRIDOS DEL VALLE S.R.L para la ejecución de la obra: RUTA PROVINCIAL N° 1. TRAMO: EMPALME RN 38-EMPALME R.P. NRO. 48. SECCIÓN 1: EMPALME RUTA PROVINCIAL 48-SINGUIL, SUBSECCIÓN: PUENTE SOBRE RÍO SINGUIL (PROG. 0,00)-SINGUIL; SECCIÓN 2: PROGRESIVA 10.900-LOMA LARGA (PROGRESIVA 15.820,40); SECCIÓN 3: LOMA LARGA LAS CHACRITAS. OBRA: CONSTRUCCIÓN DE OBRA BÁSICA Y PAVIMENTACIÓN, por la suma de PESOS SETECIENTOS DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 60/100, (702.797.547,60) con un plazo de ejecución de diciocho (18) meses.
Que a orden 103, obra nueva intervención de Contaduría General de la Provincia, mediante Informe N° IF-2021-00014387-CAT-CGP#MHF de fecha 08de Enero de 2021.
Que a orden 108, obra Nota N° NO-2021-00017086-CAT-DAV#MIOC de fecha 11 de Enero de 2021, de la Dirección de Administración de Vialidad Provincial, por la cual informa la partida en la que se debe imputar el gasto: PROGRAMA 17-CONSTRUCCIÓN DE RUTAS POR TERCEROS, PROYECTO: 2 - OBRAS POR TERCEROS; Obra N°65, denominada: Convenio Entre Vialidad Nacional y laDirección Provincial de Vialidad Catamarca, para laConstrucción de Obra Básica y Pavimentación de la R.P. N° 1 ; Tramo: Empalme R.N. 38 -Empalme con la R.P. N° 48 ; Sección: 1 Empalme R.P. N° 18 - Singuil;Subsección: Puente sobre Río Singuil ( 0,00) - Singuil;Sección 2: Progresiva 10.900,00 - Loma Larga(15.820,40), Sección 3: Loma Larga - Las Chacritas;Sección 4: Las Chacritas - Piedra Nivel ; Sección 5: Piedra Nivel - Empalme con la R.P. N° 48., IPP: 422-CONSTRUCCIÓN DE BIENES EN DOMINIO PUBLICO, E. Dest:. 421, FTE. FTO.:1.4- CONVENIO CON VIALIDAD NACIONAL, UG: 798, dispone al día de la fecha de Crédito presupuestario para el ejercicio Financiero 2021 la suma de Pesos Ochocientos Treinta y Cuatro Millones Quinientos Treinta y Tres MilNovecientos Setenta y Ocho Con 00/100($ 834.533.978,00).
Que a orden 112, obra Copia Digitalizada Firma Conjunta N° COPDI-2021-00017647-CATDAV#MIOC de fecha 11 de Enero de 2021, en la cual se adjunta Autorización para Gastar - Ejercicio 2021.
Que a orden 114, obra Copia Digitalizada N°COPDI-2021-00017649-CAT-DAV#MIOC de fecha 11 de Enero de 2021, en la cual se adjunta Solicitud de Gastos – Ejercicio 2021.
Que a orden 115, obra Copia Digitalizada N°COPDI-2021-00017670-CAT-DAV#MIOC de fecha 11 de Enero de 2021, en la cual se adjunta Dictamen de la Comisión de Preadjudicación.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LAPROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA
ARTICULO 1°.- Apruébase lo actuado por Resolución N° RESO-2021-8-E-CAT-MIOC de fecha 04 de Enero de 2021, del Ministerio de Infraestructura y Obras Civiles mediante la cual aprueba lo actuado en la documentación confeccionada por Vialidad Provincial en la Licitación Pública N° 02/2020, para la ejecución de la obra: «TRAMO: EMP. RUTA NACIONAL 38 - EMP. RUTA PROVINCIAL N° 48- SECCIÓN: EMP. RUTA PROVINCIAL N° 18- SINGUIL - SUBSECCIÓN: PUENTE SOBRE RÍO SINGUIL - SINGUIL, 2-SECCIÓN: PROG. 10.900,00 - LOMA LARGA (15.820,40) 3- SECCIÓN: LOMA LARGA - LAS CHACRITAS OBRA: CONSTRUCCIÓN DE OBRA BÁSICA Y PAVIMENTACIÓN», que fuera aprobada y autorizada mediante Resolución N° RESOL2020-426-E-CAT-MIOC de fecha 05 de Noviembre de 2020.
ARTICULO 2°.- Adjudícase a la firma ÁRIDOS DEL VALLE S.R.L., por ser único oferente y por cumplir con la totalidad de los requisitos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 02/ 2020, la ejecución de la obra «RUTA PROVINCIAL N° 1 - TRAMO: EMP. RUTA NACIONAL 38 - EMP. RUTA PROVINCIAL N° 48- SECCIÓN: EMP. RUTA PROVINCIAL N° 18 - SINGUIL - SUBSECCIÓN: PUENTE SOBRE RÍO SINGUIL -SINGUIL, 2- SECCIÓN: PROG. 10.900,00 - LOMA LARGA (15.820,40) 3-SECCIÓN: LOMA LARGA -LAS CHACRITAS OBRA: CONSTRUCCIÓN DE OBRA BÁSICA Y PAVIMENTACIÓN», con un PRESUPUESTO OFICIAL de PESOS SETECIENTOS DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 60/100 ($ 702.797.547,60), con un plazo de ejecución de dieciocho (18) meses.
ARTICULO 3°.- Delégase, en la Dirección Provincial de Vialidad Catamarca para la ejecución de la obra mencionada en el artículo precedente, las facultades de diferir el inicio de los trabajos de ejecución cuando para ello existan motivos debidamente fundados, de otorgar ampliaciones de plazo de obra, de disponer modificaciones de obra, la de disponer y aprobar neutralizaciones de obra y limitaciones a la ejecución del contrato, la de suscribir actas compromiso para la finalización de los trabajos, la de tramitar redeterminaciones de precios del contrato (Provisorias y Definitivas), como así también todas aquellas que resulten inherentes a la ejecución del contrato y las quela Inspección de Obra deba realizar respecto de las tareas desarrolladas por la Contratista.
ARTICULO 4°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda Pública, a realizar las readecuaciones presupuestarias correspondientes para el cumplimiento de los fines de la presente gestión.
ARTICULO 5°.- Tomen conocimiento a sus efectos:Contaduría General de la Provincia, Tesorería Generalde la Provincia, Tribunal de Cuentas de la Provincia, Ministerio de Hacienda Pública, Ministerio de Infraestructura y Obras Civiles y Dirección Provincial de Vialidad Catamarca.
ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: JALIL-Niederle
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil
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