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Detalle del Decreto 186
  

 

Título: Decreto ECyT. Nº 186 CREASE ESCUELA PRIMARIA Nº 193 EN LA ZONA DE VALLE CHICO, DEPARTAMENTO CAPITAL A PARTIR DEL PERIODO LECTIVO 2018

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 23 Feb. 2018

Fecha de publicacion: 30 Marzo 2018

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Decreto ECyT. Nº 186
CREASE ESCUELA PRIMARIA Nº 193 EN LA  ZONA  DE VALLE CHICO, DEPARTAMENTO CAPITAL  A  PARTIR DEL PERIODO LECTIVO 2018

San Fernando del Valle de Catamarca, 23 de Febrero de 2018.

VISTO:
El Expediente D - N° 7165/2017, por el que se tramita la creación de una Escuela Primaria en la zona de Valle Chico, Departamento Capital; y

CONSIDERANDO:
Que a fs. 01, la Dirección de Educación Primaria dependiente de la Subsecretaría de Educación del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, solicita la asignación de CUE y número que le corresponderá a la creación de una Escuela Primaria en la zona de Valle Chico, Departamento Capital, a fin de brindar educación a los niños residentes de la zona.
Que a fs. 08/10, se incorpora Informe producido por las Supervisoras Pedagógicas de la Dirección de Educación Primaria el que se describe el estado edilicio de la nueva escuela, y los servicios con los que cuenta. Respecto a la población en edad escolar, determina que es de casi quinientos (500) niños, por lo que considera conveniente implementar el servicio educativo con una ampliación de jornada, por la disposición edilicia que se presenta.
Que a fs. 12/13, obra Informe de Competencia emitido por la Dirección de Educación Primaria, dependiente de la Subsecretaría de Educación del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en el que detalla los horarios y Turnos de funcionamiento de la nueva escuela. También especifica los cargos a contemplar para la POF y el procedimiento para la cobertura de los mismos.
Que a fs. 14, la Dirección de Información y Evaluación de la Calidad del Sistema Educativo de la Subsecretaría de Planeamiento Educativo del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, informa respecto al CUE reservado para asignarle a la Escuela Primaria N° 193.
Que a fs. 15, obra POF de la Escuela Primaria N° 193 donde se describe que la misma será de 1° Categoría, Zona Urbana, Período Común, y funcionará bajo la modalidad de Jornada Extendida. Que de acuerdo con los preceptos establecidos en la Ley 5381 de Educación de la Provincia de Catamarca, en sus Artículos 1°, 2° y 29° en el acápite de tratamiento de la Educación Primaria y sus conc. de la Ley de Educación Nacional 26.206 es facultad del Estado disponer las medidas necesarias y conducentes para la extensión de la educación sistemática a todos los grupos humanos que lo necesiten y que, en este caso, alcanzaría a una población estimada de quinientos niños; siendo una zona del Departamento Capital en la que se han relevado necesidades de educación, agregado al creciente flujo poblacional y contando con la infraestructura correlativa para ello, resulta necesario viabilizar la creación de la nueva escuela.
Que es propósito de este gobierno realizar los esfuerzos tendientes a garantizar una mejor educación a los niños y jóvenes que viven en las zonas más aisladas de nuestra provincia.
Que la Ley de Educación Provincial 5.381 en su Artículo 2° establece que «la educación y el conocimiento son un bien público y su acceso constituye un derecho humano, garantizados por el Estado Provincial».
Que asimismo, en su Artículo 3° señala que «la Educación es de interés prioritario y es política de Estado Provincial para construir una sociedad justa e igualitaria, reafirmar la soberanía e identidad provincial, respetando la identidad de los Pueblos Originarios, formar ciudadanía democrática, participativa y solidaria, basada en el respeto y realización efectiva de los derechos humanos y las libertades fundamentales».
Que a fs. 18, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en Informe N° 370/2017, expresa que cumplido los recaudos legales necesarios para la creación de la Escuela Primaria N° 193, de la zona de Valle Chico, Departamento Capital, de 1° Categoría, Ubicación Urbana, Período Común, con Modalidad de Jornada Extendida, para el período lectivo 2018, es procedente se instrumente el acto administrativo que así lo disponga. 
Que a fs. 24/26, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen A.G.G. N° 057/2018, en el que considera que de acuerdo con la normativa contenida en la Ley de Educación Nacional 26.206, en la Ley Provincial 5.381 y demás legislación concordante, es viable la instrumentación del Decreto que apruebe la creación de la institución educativa mencionada.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial.

Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA  DE CATAMARCA DECRETA

ARTICULO 1º.- Créase la Escuela Primaria N° 193, de 1° Categoría, Zona Urbana, Jornada extendida, Período Común, de la zona de Valle Chico, Departamento Capital, la que funcionará a partir del período lectivo 2018.

ARTICULO 2°.- Apruébase la Planta Orgánica Funcional de la Escuela Primaria N° 193, según detalle del Anexo I que forma parte del presente Decreto, a efectos de que se proceda a la designación del personal docente, según lo previsto en la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Financiero 2018.

ARTICULO 3°.- Facúltase al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, a través de sus organismos competentes, a realizar todas aquellas gestiones conducentes a la concreción de lo dispuesto en el Artículo 1°.

ARTICULO 4°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a adoptar las medidas pertinentes y efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias de créditos que resulten necesarias, a fin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto en el presente Decreto.

ARTICULO 5°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Jefatura de Gabinete de Educación, Ciencia y Tecnología, Subsecretaría de Educación, Dirección de Educación Primaria, Subsecretaría de Coordinación Administrativa, Subsecretaría de Planeamiento Educativo, Dirección Provincial de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, y Ministerio de Hacienda y Finanzas.

ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial, Archívese.

Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletin Oficial.

 

Firmantes: CORPACCI-Gutiérrez

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2016-2019)

Observaciones:

   
Complementos

 

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