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Decreto Acuerdo
  
    

  
Detalle del Decreto Acuerdo 531
  

 

Título: Decreto Acuerdo Nº 531 APRUEBASE NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 14 Mayo 2018

Fecha de publicacion: 5 Junio 2018

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Decreto Acuerdo Nº 531
APRUEBASE  NUEVA  ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL  MINISTERIO  DE OBRAS  PUBLICAS

San Fernando del Valle de Catamarca, 14 de Mayo de 2018.

VISTO:
El Expediente M-6092/2018, y el Decreto Acuerdo N° 266/2011, su modificatorio Decreto Acuerdo N° 86/ 2012, Decreto Acuerdo 228/2013, Decreto Acuerdo 1798/2015, Decreto Acuerdo 410/2015, y Decreto Acuerdo N° 199/17, por el cual se aprueba la nueva Estructura Orgánica, Competencias, Misiones y Funciones del Ministerio de Obras Públicas y el Decreto Acuerdo N° 1544/2007, y

CONSIDERANDO:
Que el Artículo 2° de la Ley 4.693 faculta al Poder Ejecutivo a establecer mediante Decreto las misiones y funciones, ámbitos de competencia y estructuras orgánicas de los Ministerios, como así mismo lo relacionado con las Secretarías de Estado y Subsecretarías, y demás organismos y entes que dependen directamente del Poder Ejecutivo, de los Ministerios o que integren la administración central o descentralizada del Gobierno Provincial.
Que la propuesta que se tramita reúne los requisitos y condiciones técnicas exigidas por Nuevo Régimen de Elaboración, Tramitación y Financiamiento de las Estructuras Orgánicas de la Administración Pública Provincial, aprobado por Decreto Acuerdo N° 1544/ 2007.
Que por razones de orden funcional se ha fijado como objetivo reformular la estructura organizacional, a fin de posibilitar el logro de las nuevas metas y políticas en materia de Obras de Infraestructura, Hídricas, Agua Potable, Desagües Cloacales, Viales y Ferroviaria.
Que el Artículo 4° del Decreto Acuerdo N° 1544/ 2007, dispone que, serán aprobadas por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial en Acuerdo de Ministros, las estructuras orgánicas hasta nivel de Dirección.
Que a fs. 46, obra Dictamen O.P. N° 048 de fecha 09 de Abril de 2018, emitido por Asesoría Legal del Ministerio de Obras Públicas.
Que a fs. 48/49, obra informe de la Coordinadora del Pro.Se.y Ev., organismo dependiente de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública.
Que a fs. 51/54, obra Nota S. de P.-N° 966/18 de la Subsecretaría de Presupuesto, adjunta copia de Resumen Consolidado por Programa, Planta real del citado Organismo, aprobada por Ley N° 5534 de Presupuesto del sector Público Provincial No Financiero para el Ejercicio 2018.
Que a fs. 57/58. toma Intervención que le compete Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N° 336/18, manifestando que podrá darse continuidad al presente trámite correspondiendo, de conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 4° del Decreto Acuerdo N° 1544/2007, la emisión del decreto pertinente.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.

Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTICULO 1°.- Suprímase la Subsecretaría de Agua y Saneamiento y sus dependencias (Dirección de Agua y Saneamiento del interior y Dirección de Estudios, Proyecto y Obras), dependiente del Ministerio de Servicios Públicos.

ARTICULO 2°.- Transfíérase la Subsecretaría de Agua y Saneamiento y sus dependencias (Dirección de Agua y Saneamiento del Interior y Dirección de Estudios, Proyecto y Obras), los Objetivos, Acciones, Planta de Dotación de Personal (Funcionarios, Personal de Planta Permanente y No Permanente), Bienes, Mobiliarios, vehículos, trámites, contratos y obras en curso de ejecución, al Ministerio de Obras Públicas.

ARTICULO 3°.- Apruébase la nueva estructura orgánica del MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS, el que como el Anexo I forma parte del presente Instrumento Legal.

ARTICULO 4°.- Apruébase los Objetivos y Acciones del MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS, el que como el Anexo II forma parte del presente Instrumento Legal.

ARTICULO 5°.- Apruébase la Planta de Dotación de Personal Superior y de Gabinete del MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS, el que como el Anexo III forma parte del presente Instrumento Legal.

ARTICULO 6°.- Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a adoptar las medidas pertinentes y a efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias que resulten necesarias, a fin de poner en ejecución lo dispuesto en el presente Instrumento Legal.

ARTICULO 7°.- Derógase toda otra norma que se oponga al presente Instrumento Legal.

ARTICULO 8°.-Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Obras Públicas, Ministerio de Hacienda y Finanzas, Subsecretaría de Presupuesto, Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública y Dirección Provincial de Recursos Humanos.

ARTICULO 9°.-Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Oficial y Archívese.

 

 

Firmantes: CORPACCI-Rivera-Veliz-Zelarayán-Figueroa Castellanos-Gutiérrez-Dusso-Menecier-Dalla Lasta

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2016-2019)

Observaciones:

   
Complementos

 

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