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Título: Decreto Acuerdo N° 1031 AMPLIASE EL AREA DE COBERTURA DEL REGIMEN DEL BOLETO ESTUDIANTIL GRATUITO
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 24 Ago. 2018
Fecha de publicacion: 31 Ago. 2018
Cuerpo de Decreto Acuerdo: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 24 de Agosto de 2018.
VISTO:
El Expediente D-l 0339/2018, por el cual la Dirección Provincial de Transporte dependiente del Ministerio de Servicios Públicos, tramita la aplicación del Boleto Estudiantil Gratuito y financiamiento del mismo para, Ciudad de Belén, Londres de Belén, Ciudad de Santa María, San José de Santa María, Tinogasta y Fiambalá; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 01, obra Nota DPT N° 288 de fecha 28 de Mayo de 2018, de la Dirección Provincial de Transporte dependiente del Ministerio de Servicios Públicos, por la cual solicita se disponga el inicio de las actuaciones administrativas correspondientes para la aplicación del Boleto Estudiantil Gratuito y Financiamiento del mismo para el Interior de la Provincia de Catamarca.
Que a fs. 04, obra copia certificada de la Nota de fecha 20 de Abril de 2018 de la Dirección Provincial de Transporte Director Provincial de Transporte dependiente del Ministerio de Servicios Públicos, por la cual solicita al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, información sobre la cantidad de estudiantes de la Ciudad de Belén, Londres de Belén, Ciudad de Santa María, San José de Santa María, Tinogasta y Fiambalá.
Que a fs. 05/12, obra copia certificada de informe de la Dirección de Información y Evaluación de la Calidad Educativa, dependiente de la Subsecretaría de Planeamiento Educativo del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, referido a la cantidad de estudiantes de los Departamentos Belén, Santa María y Tinogasta.
Que a fs. 14, obra planilla confeccionada por la Dirección Provincial de Transporte dependiente del Ministerio de Servicios Públicos, brindando un cálculo aproximado de boletos estudiantiles y el gasto que ocasionará la implementación del mismo en los Departamentos Tinogasta, Belén y Santa María.
Que a fs. 18/18 vta., toma intervención Asesoría Legal de la Dirección Provincial de Transporte dependiente del Ministerio de Servicios Públicos, mediante Dictamen N° 14/2018.
Que como lo establece la Constitución de la Provincia de Catamarca, la educación pública provincial se basa en la igualdad de oportunidades y posibilidades para todos sin discriminación de ninguna naturaleza para el acceso al sistema educativo; y para la permanencia y egreso del mismo, el carácter gratuito de la enseñanza en los establecimientos estatales; la asistencialidad de la enseñanza; la gradualidad de la enseñanza y su articulación entre los diferentes ciclos, como así también la educación será obligatoria para todos los habitantes de la Provincia a partir del nivel primario y hasta completar el ciclo básico del nivel medio.
Que por Decreto Acuerdo N° 792 de fecha 29 de Mayo de 2015, se implementa el Régimen del Boleto Estudiantil Gratuito, para los alumnos que se encuentran en el área comprendida en los Departamentos Capital, Valle Viejo, Fray Mamerto Esquiú y parte de Capayán (hasta la localidad de San Pedro).
Que por Decreto Acuerdo N° 70/2015, se amplía el área de cobertura de la implementación del Régimen del Boleto Estudiantil Gratuito al Departamento Andalgalá.
Que a fs. 23/24, Dirección de Servicios Legales del Ministerio de Servicios Públicos, mediante Dictamen D.S.L.-M.S.P. N° 447/18, manifiesta que se de continuidad a las actuaciones dictándose el pertinente acto administrativo que contemple la ampliación del área de cobertura del «Régimen del Boleto Estudiantil Gratuito» creado por Decreto Acuerdo N° 792/15, implementándose el mismo en los Departamentos de Belén, Tinogasta y Santa María de la Provincia de Catamarca.
Que a fs. 55/59, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N° 729/18, manifestando que esta Asesoría considera que podrá el Poder Ejecutivo emitir el acto administrativo (Decreto) por el que se disponga la ampliación del área de cobertura de la implementación del Régimen del Boleto Estudiantil Gratuito, establecido en el Art. 1° del Decreto Acuerdo N° 792/2015, incluyendo los departamentos Belén, Tinogasta y Santa María de la Provincia de Catamarca.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
ARTICULO 1°.- Amplíase el área de cobertura del REGIMEN DEL BOLETO ESTUDIANTIL GRATUITO, establecido en el ARTICULO 1°, del Decreto Acuerdo N° 792 de fecha 29 de Mayo de 2015; a los Departamentos Belén, Tinogasta y Santa María, de la provincia de Catamarca.
ARTICULO 2°.- La presente erogación será imputada a las Partidas Presupuestarias correspondientes del presupuesto vigente.
ARTICULO 3°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a adoptar las medidas pertinentes y a efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias de créditos que resulten necesarios a fin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto en el presente Instrumento Legal.
ARTICULO 4°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Servicios Públicos, Ministerio de Hacienda y Finanzas, Dirección Provincial de Transporte, Subsecretaría de Presupuesto, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Tribunal de Cuentas de la Provincia.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CORPACCI-Rivera-Veliz-Zelarayán-Figueroa Castellanos-Gutiérrez-Dusso-Menecier-Dalla Lasta
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2016-2019)
Observaciones: