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Detalle del Decreto Acuerdo 1429
  

 

Título: Decreto Acuerdo N° 1429 MODIFÍCASE EL CALCULO DE RECURSOS Y LOS CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS INCLUIDAS EN EL ANEXO DEL DECRETO ACUERDO N° 1/2019 A LOS FINES DE ATENDER SITUACIONES DE DESEQUILIBRIOS FINANCIEROS

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 19 Ago. 2020

Fecha de publicacion: 4 Set. 2020

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Decreto Acuerdo N° 1429

MODIFÍCASE EL CALCULO DE RECURSOS Y LOS CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS INCLUIDAS EN EL ANEXO DEL DECRETO ACUERDO N° 1/2019 A LOS FINES DE ATENDER SITUACIONES DE DESEQUILIBRIOS FINANCIEROS

San Fernando del Valle de Catamarca, 19 de Agosto de 2020.

VISTO:
El Expediente EX-2019-0061-043-7-CATTGP#MHF, mediante el cual se tramita la incorporación presupuestaria de Aportes del Tesoro Nacional destinados a cubrir Desequilibrios Financieros de la Provincia de Catamarca; y

CONSIDERANDO:
Que a orden 2, obra Nota N° NO-2019-00608798- CAT-TGP#MHF de fecha 16 de Diciembre de 2019, en la cual Tesorería General de la Provincia informa sobre recursos transferidos a la provincia a través de los Ministerios del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, mediante el dictado de las Resoluciones N° 2019- 361-APN-MI (ATN- Municipalidad de San Fdo. del Valle de Catamarca) de fecha 29 de Agosto de 2019, N° 2019-577-APN-MI (ATN- Municipalidad de Tapso) de fecha 26 de Noviembre de 2019, N° 2019-607-APNMI (ATN- Municipalidad de San Fdo. del Valle de Catamarca) y N° 2019-609-APN-MI (ATNMunicipalidad de Villa Vil) ambas de fecha 03 de Diciembre de 2019, por la cual los citados Ministerios otorgaron en concepto de Aportes del Tesoro Nacional (A.T.N.) a la Provincia de Catamarca, la suma total de PESOS TREINTA Y UN MILLONES CON 00/100 ($ 31.000.000,00), a los fines de atender situaciones de desequilibrios financieros.
Que corresponde dar tratamiento presupuestario a los recursos transferidos por la Nación en concepto de Aporte del Tesoro Nacional, mediante la incorporación de las partidas de Recursos y Gastos al Presupuesto del Ejercicio Financiero 2019, prorrogado para el ejercicio 2020, Decreto Acuerdo N° 65/2020, en orden a posibilitar el otorgamiento de dichos aportes.
Que el Artículo 11° de la Ley N° 5586, de Presupuesto de la Administración Pública Provincial para el Ejercicio 2019, autoriza al Poder Ejecutivo y a los Ministros y/o Secretarios de Estado de dicho Poder que mediante Decreto Acuerdo les sea delegada dicha facultad, a modificar el Presupuesto General incorporando las partidas específicas necesarias o incrementando las ya previstas, cuando deba realizar gastos originados por la adhesión a Leyes Nacionales y/o Decretos del Poder Ejecutivo Nacional y/o Resoluciones de Jurisdicciones o Entidades del Sector Público Nacional y/o Convenios con la Nación o con otras Provincias a desarrollarse en al ámbito provincial. Dicha autorización estará limitada a los aportes que a tal efecto se establezcan.
Que a orden 13, interviene Asesoría Legal del Ministerio de Hacienda Pública mediante Dictamen N°18 - IF-2020-00112824-CAT-MHP de fecha 21 de Febrero 2020, expresando que corresponde el dictado del instrumento legal (Decreto Acuerdo) que modifique el Decreto Acuerdo N° 1/2019, con destino a paliar situaciones de emergencia y desequilibrios financieros de la provincia.
Que a orden 19, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen de Firma Conjunta N° IF-2020-00162597-CAT-AGG de fecha 10 de Marzo de 2020, manifestando que ante los fundamentos expuestos, podrá darse continuidad al presente trámite, siendo facultad del Poder Ejecutivo el dictado del acto administrativo pertinente (DecretoAcuerdo) que modifique el Cálculo de Recursos y los Créditos Presupuestarios especificados en las planillas incluidas en el Anexo del Decreto Acuerdo N° 1 de fecha 11 de Enero de 2019, conforme se indica en la Propuesta de Modificación Presupuestaria N° 622, generada por el Sistema e-Sidif.
Que los Aportes del Tesoro Nacional constituyenuna respuesta del Gobierno Federal, al requerimiento de asistencia financiera realizado por el Gobierno de la Provincia, a los fines indicados en el presente instrumento Legal idamente justificadas, brindar asistencia financiera.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTICULO 1°.- Modifícase el Cálculo de Recursos y los Créditos Presupuestarios especificados en las planillas incluidas en el Anexo del Decreto Acuerdo N° 1 de fecha 11 de Enero de 2019, conforme se indica en la Propuesta de Modificación Presupuestaria N° 622 generada por el Sistema e-Sidif.

ARTICULO 2°.- Delegúese facultades al Ministerio de Hacienda Pública a los fines de la imputación de los montos transferidos que corresponden al Gobierno Provincial, por la suma de PESOS TREINTA Y UN MILLONES CON 00/100 ($ 31.000.000,00).

ARTICULO 3°.- La erogación resultante de lo dispuesto por el Artículo 2° del presente instrumento Legal se imputará a las partidas del Presupuesto de Recursos y Gastos Vigente de conformidad a lo enunciado en la Propuesta de Modificación Presupuestaria N° 622 generada por sistema e-Sidif.

ARTICULO 4°.- Con nota de estilo remítase copia del presente instrumento legal al Poder Legislativo de la Provincia.

ARTICULO 5°.- Tomen conocimiento a sus efectos: MINISTERIO DE HACIENDA PUBLICA, SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO, TESORERÍA GENERAL DE LA PROVINCIA, DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA SECRETARIA DE FINANZAS PUBLICAS, CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA y TRIBUNAL DE CUENTAS.

ARTICULO 6°.- Comuniqúese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: JALIL-Molina-Andrada-Moreno-Niéderle- Veliz-Sáenz-Rivera-Centurión-Alvarez-Sarquis-Kozicki-Matienzo- Avila-Aguirre-Maubecín

Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil

Observaciones:

   
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