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Título: Decreto Acuerdo Nº 469 CONSTITUYASE UN FONDO PERMANENTE ESPECIAL EN FORMA EXCEPCIONAL Y POR UNICA VEZ, EN LA DIRECCION DE ADMINISTRACION SAF.001 DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 22 Mayo 2017
Fecha de publicacion: 2 Junio 2017
Cuerpo de Decreto Acuerdo: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 22 de Mayo de 2017.
VISTO:
El Expediente S N° 7237/17, a través del cual la Secretaría General de la Gobernación gestiona la constitución de un Fondo Permanente o Rotatorio Especial por única vez, para solventar los gastos que demande la realización de las «XII Jornadas Infraestructura de Datos Espaciales de la República Argentina (IDERA)»; y
CONSIDERANDO:
Que obra copia del Decreto G y J. (S.G.G) N° 2169 de fecha 21 de Noviembre de 2016, por el cual se crea la Infraestructura de Datos Espaciales de Catamarca (IDECAT), la cual se tiene participación activa en los equipos que integran la Infraestructura de Datos Espaciales de la República Argentina (IDERA), designándose en el mismo instrumento a la Dirección Provincial de Planificación como dependencia a cargo de ia coordinación general de la IDECAT.
Que en Asamblea Plenaria de IDERA, celebrada en -el año 2016 en la Provincia de Neuquén, la postulación efectuada por los miembros integrantes de la Provincia de Catamarca, resultó seleccionada para la organización de las «XII Jornadas Infraestructura de Datos Espaciales de la República Argentina (IDERA)», a celebrarse durante los días 14, 15 y 16 del mes de Junio de 2017.
Que de conformidad a la designación referida en el párrafo anterior, resulta necesario arbitrar los medios, a fin de contar con los recursos económicos que permitan solventar los gastos que demande a la Secretaría General de la Gobernación, a través de la Dirección Provincial de Planificación, para la realización de las «XII Jornadas Infraestructura de Datos Espaciales de la República Argentina (IDERA)».
Que a fs. 01/02 y 14/15, obran notas de fecha 12 de Abril de 2017, suscripta por el Señor Secretario General de la Gobernación y la Directora de Administración de la citada Secretaría, mediante las cuales solicitan la Constitución de un Fondo Permanente o Rotatorio Especial, por única vez, en la Dirección de Administración - SAF 001 (Jurisdicción 015), para la Secretaría General de la Gobernación, por un monto de PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 ( $ 933.855,00), Fuente de Financiamiento 111, asimismo requiere: se autorice a la Secretaría General de la Gobernación, en forma excepcional, y por única vez para atender los gastos que demande la realización de las «XII Jornadas Infraestructura de Datos Espaciales de la República Argentina (IDERA)», a contratar bajo la modalidad de Contratación Directa por Significación Económica, art 98° inciso c) de la ley 4938, hasta la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL CON 00/100 (S 600.000,00), siendo requisito indispensable la realización de dos (2) o más pedidos de cotización de precios a firmas inscriptas en el rubro correspondiente, como así también la publicidad por un día (1) en uno (1) de los diarios de circulación local y publicación de las bases de contratación en el sitio web de la Contaduría General de la Provincia; se exceptúe por única vez a la Secretaría General de la Gobernación al cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 69° inciso a) apartado 5) del Reglamento Parcial N° 1 de la Ley N° 4938, aprobado por el Decreto Acuerdo N° 907/98, hasta la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL CON 00/ 100 ($ 600.000,00), se autorice a la Dirección de Administración de la Secretaría General de la Gobernación, a efectivizar los pagos resultantes de las erogaciones que se realicen con motivo de las «XII Jornadas Infraestructura de Datos Espaciales de la República Argentina (IDERA)», con recursos del Tesoro Provincial - FF 111- de la Secretaría General de la Gobernación; se exceptúe por única vez a la Secretaría General de la Gobernación, a lo establecido por los Art. 23° inciso a) Contrataciones Directas por Significación Económica y Art. 51° inciso a) - Autoridades Competente - del Reglamento Parcial N° 2 de la Ley N° 4938, aprobado por el Decreto Acuerdo N° 2248/08 - Modificado por el Decreto Acuerdo 1348/ 12; se exceptúe por única vez, a la Secretaría General de la Gobernación del alcance de lo dispuesto por el Art. 19° del Reglamento parcial de la Ley N° 4938 aprobado por el Decreto Acuerdo N° 2248/08 - Modificado por el Decreto Acuerdo 1348/12; se faculte en forma excepcional al titular de la Secretaría General de la Gobernación a Autorizar, Aprobar y Adjudicar las Contrataciones Directas por Significación Económica que se realicen con motivo del mencionado evento; que los gastos que demande la realización de las «XII Jomadas Infraestructura de Datos Espaciales de la República Argentina (IDERA)», según el régimen de excepción que se solicita, se imputen a las partidas presupuestarias correspondientes del presupuesto vigente y que los pagos de las contrataciones que se realicen mediante las excepciones que se solicitan, serán atendidas con el Fondo Permanente o Rotatorio Especial, FF 111peticionado a tal efecto.
Que a fs. 08, interviene la Subsecretaría de Presupuesto mediante Nota S. de P. N° 596 de fecha 21 de Abril de 2017, informando sobre la disponibilidad de créditos en las partidas presupuestarias a las que se imputarán las erogaciones.
Que a fs. 09, corre intervención del Señor Subsecretario de Finanzas e Ingresos Públicos, disponiendo pase a Contaduría General de la Provincia, a los fines pertinentes.
Que a fs. 11/13 y 25/26, interviene Contaduría General de la Provincia mediante Informe N° 976 de fecha 09 de Mayo de 2017, e Informe N° 1059 de fecha 17 de Mayo de 2017.
Que a fs. 27/30, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N° 348 de fecha 22 de Mayo de 2017, manifestando que por los motivos y razones expuestas, puede el Poder Ejecutivo Provincial dictar el acto administrativo (Decreto Acuerdo) pertinente.
Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento, conforme lo previsto por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia y el Artículo 8° de la Ley 5128.
ARTICULO 1°.- Constitúyase un Fondo Permanente Especial, en forma excepcional y por única vez, en la Dirección de Administración - SAF 001, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, por la suma de PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 933.855,00), destinado a solventar las erogaciones que demande la realización de las «XII Jornadas Infraestructura de Datos Espaciales de la República Argentina (IDERA)», con Fuente de Financiamiento 111.
ARTICULO 2°.- Autorízase a la Secretaría General de la Gobernación por intermedio de la Dirección de Administración - SAF 001 de la Secretaría General de la Gobernación, en forma excepcional, a administrar el Fondo Permanente cuya creación se autoriza en el presente Instrumento Legal, a fin de efectivizar los pagos resultantes de las erogaciones que se realicen con motivo de las «XII Jornadas Infraestructura de Datos Espaciales de la República Argentina (IDERA)», con recursos del Tesoro Provincial - FF 111- de la Secretaría General de la Gobernación.
ARTICULO 3°.- Autorízase a la Secretaría General de la Gobernación, en forma excepcional, y por única vez, a contratar bajo la modalidad de Contratación Directa por Significación Económica, art. 98° inciso c) de la ley 4938, hasta la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 600.000,00), siendo requisito indispensable la realización de dos (2) ó más pedidos de cotización de precios a firmas inscriptas en el rubro correspondiente, como así también la publicidad por un día (1) en uno (1) de los diarios de circulación local y publicación de las bases de contratación en el sitio web de la Contaduría General de la Provincia por los términos de los Artículos 54° y 55° del Reglamento Parcial N° 2 del Decreto Acuerdo N° 2248/08.
ARTICULO 4°.- Exceptúase por única vez a la Secretaría General de la Gobernación al cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 69° inciso a) apartado 5) del Reglamento Parcial N° 1 de la Ley N° 4938 aprobado por el Decreto Acuerdo N° 907/98; hasta la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 600.000,00).
ARTICULO 5°.- Conforme lo normado por el Artículo 51°, Inciso a) del Reglamento Parcial N° 2 de la Ley N° 4938, aprobado por Decreto Acuerdo N° 84 - 21/10/2014 BOLETÍN OFICIAL Y JUDICIAL Pag. 3111 N° 2248/08 - Modificado por el Decreto Acuerdo 1348/12, facúltese a la Secretaria General de la Gobernación como autoridad competente para autorizar, aprobar y adjudicar los procedimientos de Contratación Directa por Significación Económica que se efectúen en virtud del presente Instrumento Legal.
ARTICULO 6°.- Exceptúase por única vez, a la Secretaría General de la Gobernación del alcance de lo dispuesto por el Art. 19° del Reglamento Parcial N° 2 de la Ley N° 4938 aprobado por el Decreto Acuerdo N° 2248/08 - Modificado por el Decreto Acuerdo 1348/12.
ARTICULO 7°.- Exceptúase por única vez a la Secretaría General de la Gobernación, del alcance de lo dispuesto por el Decreto Acuerdo N° 252/09, en el marco de las actividades que se realicen con motivo de las «XII Jornadas Infraestructura de Datos Espaciales de la República Argentina (IDERA)»
ARTICULO 8°.- Los gastos que demande la realización de las «XII Jornadas Infraestructura de Datos Espaciales de la República Argentina (IDERA)»; se imputarán a las partidas presupuestarias correspondientes del Presupuesto vigente.
ARTICULO 9°.- Los pagos de las contrataciones que se realicen mediante la excepción de que se solicitan, serán atendidos con el Fondo Permanente o Rotatorio Especial, FF 111solicitado a tal efecto con recursos de la Secretaría General de la Gobernación.
ARTICULO 10°.- Los fondos que transfiera la Tesorería General de la Provincia a la Dirección de Administración S.A.F. 001, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, en virtud de lo dispuesto por el Artículo N° 1 del presente Instrumento Legal, serán administrados a través de una Cuenta Corriente del Banco de la Nación Argentina, Sucursal San Fernando del Valle de Catamarca, que deberá habilitarse al efecto bajo la denominación las «XII Jornadas IDERA».
ARTICULO 11°.- El gasto emergente que surge del Artículo 1° se imputará a Jurisdicción: 015Secretaría General de la Gobernación- Categoría Programática 017: Secretaría General de la Gobernación-, con las partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio vigente. A tal efecto se generarán los incrementos y/o modificaciones presupuestarias que resulten necesarias.
ARTICULO 12°.- Tomen conocimiento a sus efectos, Secretaría General de la Gobernación, Dirección de Administración de la Secretaría General de Gobernación - SAF 001, Ministerio de Hacienda y Finanzas, Subsecretaría de Presupuesto, Subsecretaría de Finanzas e Ingresos Públicos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Tribunal de Cuenta de la Provincia.
ARTICULO 13°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CORPACCI-Saadi-Aredes-Chico-Figueroa Castellanos-Gutiérrez-Dusso-Barros-Dalla Lasta
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2016-2019)
Observaciones: