Digesto Legislativo Provincial

Encuentre las leyes y otras normativas que se publican en el Boletín Oficial
de la Provincia de Catamarca

  
  

Inicio / Decreto Acuerdo /

Decreto Acuerdo
  
    

  
Detalle del Decreto Acuerdo 1350
  

 

Título: Decreto Acuerdo Nº 1350 CREASE LA MESA PROVINCIAL DE PRODUCCION ORGANICA Y AGROECOLOGICA (POA)

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 6 Ago. 2020

Fecha de publicacion: 25 Ago. 2020

Cuerpo de Decreto Acuerdo:   |       Descargar PDF

  

Decreto Acuerdo Nº 1350

CREASE LA MESA PROVINCIAL DE PRODUCCION ORGANICA Y AGROECOLOGICA (POA)

San Fernando del Valle de Catamarca, 06 de Agosto de 2020

VISTO:
El Expediente D-9450/2019, por el cual la Dirección Provincial de Agro industria, dependiente de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Agroindustria del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO, mediante el cual solicita la institucionalización de la MESA PROVINCIAL DE PRODUCCIÓN ORGÁNICA Y AGROECOLOGICA (POA); y

CONSIDERANDO:
Que a fs. 01, obra nota de la Directora Provincial de Agroindustria, Ing. Qca. Rocío Leiva Rodríguez, ratificada por el Secretario de Agricultura, Ganadería y Agroindustria, Sr. Hugo Alejandro Corpacci, dirigida al Sr. Ministro de Producción y Desarrollo, Ing. Daniel Zelarayan, a efectos de informarle que el 12 de marzo de 2019 se llevó a cabo la 7° Reunión de la Mesa Provincial POA, previéndose realizar cuatro (4) encuentros más durante el presente año, además de otras actividades como: campañas de comunicación y difusión, muestras de productos, plan estratégico provincial, entre otros. En este contexto se plantea la necesidad de un reconocimiento oficial de la Mesa, es decir la institucionalización de la misma, de modo que cada representante pueda ser designado oficialmente por la institución que representa. Además, la Directora de Agroindustria aclara que, desde el año 2017 se ha conformado una Mesa de Trabajo a nivel provincial con la participación del sector públicoy el sector privado. Que en su persona se encuentra actualmente la representación de Catamarca en la Comisión Asesora para la Producción Orgánica a nivel nacional y también la Coordinación del trabajo de la Mesa Provincial. Que debido a la importancia que alcanza el tema de referencia a nivel nacional e internacional, en esta Provincia se está trabajando en algunas localidades del interior provincial que cuenta con condiciones naturales de clima y suelo que favorecen el desarrollo de POA de nuestra Economía Regional (miel, uvas, nueces, olivas y frutihorticola en general, ganadería y los productos que de esta actividad derivan), señalando que hay productores dispuestos a incursionar formalmente en algún eslabón de la cadena POA, con el apoyo de las autoridades/instituciones y asistencia técnica de recursos humanos en producción y comercialización de PO.

Que a fs. 02, toma conocimiento el Señor Ministrode Producción y Desarrollo.

Que a fs. 04/52, obran copias certificadas de las siete (7) Actas de Reunión de la Mesa de Trabajo de producción orgánica, llevadas a cabo desde el año 2017, hasta el día de la fecha. Cabe resaltar que en las reuniones de la MESA PROVINCIAL DE PRODUCCIÓN ORGÁNICA Y AGROECOLOGICA (POA), se deja plasmado como necesidad y objetivo institucionalizar la Mesa POA de la provincia, a los fines de organizar y formalizar el funcionamiento y con ello, el compromiso de los actores que la conforman.

Que a fs. 56/56 vta., interviene Asesoría Legal del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO, mediante Dictamen N° 729/19, por el que considera que es procedente el dictado del acto administrativo (decreto)que cree la Mesa Provincial de Producción Orgánica y Agroecológica.

Que a fs. 61/63, la Subsecretaría de Presupuesto emite Informe N° IF-2019-00355992-CAT-SSP#MHF de fecha 16 de Septiembre de 2019.

Que a fs. 77/78, obra intervención de Asesoría Legalde la Secretaría de Programas Especiales y Desarrollo Productivo, mediante Dictamen N° IF-2020-00360487-CAT-SPEDP#MAG de fecha 18 de Junio de 2020, expresando en su conclusión que actualizado el proyecto de decreto presentado, el mismo cumple con los requisitos exigidos por el Art. 27 del Código de Procedimiento Administrativo.

Que a fs. 65/69 y 85, toma intervención que le compete la Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N° 1429 de fecha 25 de Septiembre de 2019 y Dictamen A.G.G. N° 313 de fecha 04 de Agosto de 2020, manifestando que puede el Poder Ejecutivo Provincial emitir el acto administrativo (Decreto) puesto a consideración.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 149° de la Constitución de la Provincia de Catamarca.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTICULO 1°.- Créase la «MESA PROVINCIAL DE PRODUCCIÓN ORGÁNICA Y AGROECOLOGICA (POA)», la que estará integrado por representantes del Ministerio de Agricultura y Ganadería; Ministerio de Educación, Ministerio de Ciencia e Innovación, Ministerio de Desarrollo Social y Deporte, Ministerio de Salud, Ministerio de Agua, Energía y Medio Ambiente, Ministerio de Cultura y Turismo, Ministerio de Seguridad, Ministerio de Inversión y Desarrollo, Ministerio de Industria Comercio y Empleo, Ministerio de Planificación y Modernización, SENASA, INTA, INTI, Universidad Nacional Catamarca, Colegios Profesionales a fines; y todas aquellas áreas y/o reparticiones públicas, privadas, nacionales, provinciales, municipales, organización y/o institución que por la naturaleza de la actividad así lo amerite, previa autorización de la Coordinadora de la Mesa.

ARTICULO 2°.- La COORDINACIÓN de la MESA PROVINCIAL DE PRODUCCIÓN ORGÁNICA Y AGROECOLOGICA (POA) estará a cargo de la Dirección Provincial de Agroindustria perteneciente a la Secretaría de Políticas Agrícolas y Ganaderas del Ministerio de Agricultura y Ganadería de la Provincia de Catamarca. Los integrantes de la MESA PROVINCIAL POA. no percibirán retribución algunapor dicha función, siendo su intervención y participación «Ad Honorem»

ARTICULO 3°.- Serán funciones de esta MESA PROVINCIAL DE PRODUCCIÓN ORGÁNICA Y AGROECOLOGICA (POA), asesorar y sugerir la actualización de las normas vinculadas a la producción ecológica, biológica, orgánica, o agroecológica, sin perjuicio de otras que en el futuro se le atribuyan por vía resolutiva. Establecer convenios con entidades y/o empresas privadas y/o públicas y/o mixtas, a los efectos de contribuir al cumplimiento de la Mesa.

ARTICULO 4°.- Autorizar a la MESA PROVINCIAL DE PRODUCCIÓN ORGÁNICA Y AGROECOLOGICA (POA), a instrumentar la reglamentación de los objetivos y el funcionamiento de la misma, la que deberá ser aprobada mediante resolución emitida por el Sr. Ministro de Agricultura y Ganadería.

ARTICULO 5°.- Autorizar a los Organismos del Poder Ejecutivo integrantes de la MESA PROVINCIAL DE PRODUCCIÓN ORGÁNICA Y AGROECOLOGICA (POA), a contribuir y/o colaborarcon recursos humanos y financieros tendientes a atenderlas circunstancias y/o necesidades que surjan de las actividades.

ARTICULO 6°.- Autorizar al Ministerio de Hacienda y Finanzas a adoptar las medidas pertinentes y efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias de créditos que resulten necesarias.

ARTICULO 7°.- La Dirección Provincial de Agroindustria perteneciente a la Secretaría de Políticas Agrícolas y Ganaderas del Ministerio de Agricultura y Ganadería de la Provincia de Catamarca, representará a la Provincia como miembro de la Comisión Asesora para la Producción Orgánica creada por la Ley Nacional N°25.127.

ARTICULO 8°.- Tomen conocimiento a sus efectos:MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA;MINISTERIO DE EDUCACIÓN, MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN, MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTE, MINISTERIO DE SALUD, MINISTERIO DE AGUA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE, MINISTERIO DE CULTURA Y TURISMO, MINISTERIO DE SEGURIDAD, MINISTERIO DE. INVERSIÓN Y DESARROLLO, MINISTERIO DE INDUSTRIA COMERCIO Y EMPLEO, MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y MODERNIZACIÓN, SENASA, INTA, INTI, UNIVERSIDAD NACIONAL DE CATAMARCA, COLEGIOS PROFESIONALES A FINES, CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA y TESORERÍA GENERAL DE LA PROVINCIA.

ARTICULO 9°.- Comuniqúese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: JALIL-Molina-Andrada-Moreno-Niéderle- Veliz-Sáenz-Rivera-Centurión-Alvarez-Sarquis-Kozicki-Matienzo- Avila-Aguirre-Maubecín

Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 68/2020

  • Sin temas relacionados

  • Este decreto no ha sido derogado

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin temas relacionados

  • Sin archivos relacionados

Lo estamos haciendo entre todos
Si tienes alguna duda, dato o sugerencia para este Decreto Acuerdo, envianos tu comentario: