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Detalle del Decreto 1303
  

 

Título: Decreto Seg. N° 1303 DESIGNASE A PARTIR DEL 1 DE AGOSTO DE 2020, EN LA POLICÍA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA CON EL GRADO DE AGENTE EN EL AGRUPAMIENTO POLICIAL – CUERPO DE SEGURIDAD – PERSONAL SUBALTERNO –ESCALAFÓN GENERAL UNICO

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 30 Julio 2020

Fecha de publicacion: 14 Ago. 2020

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Decreto Seg. N° 1303

DESIGNASE A PARTIR DEL 1 DE AGOSTO DE 2020, EN LA POLICÍA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA CON EL GRADO DE AGENTE EN EL AGRUPAMIENTO POLICIAL – CUERPO DE SEGURIDAD – PERSONAL SUBALTERNO –ESCALAFÓN GENERAL UNICO

San Fernando del Valle de Catamarca, 30 de Julio de 2020.

VISTO:
El Expediente EX-2020-413108-CAT-PC # SSD, por el cual Jefatura de Policía de la Provincia, solicita la designación como agentes en el agrupamiento Policial - Cuerpo Seguridad - Personal Subalterno - Escalafón General (Único), la cantidad de Cincuentas nuevos (50) postulantes; y

CONSIDERANDO:
Que a orden 02, obra Nota J.P N° 74/20 - NO-2020- 00413125-CAT-PC#SSD de fecha 08 de Julio de 2020, por la cual el Jefe de Policía de la Provincia, solicita la designación como Agentes de Policía - Agrupamiento Policial - Cuerpo Seguridad - Personal Subalterno - Escalafón General (Único), dando continuidad a la petición original solicitada mediante expediente identificado como EX – 2020-00263539-CAT-PC#SSD, quinientos ocho (508) aspirantes, solo cincuenta (50) de ellos fueron designados por intermedio de Decreto M. Seg. N° 1099/2020, por lo que en la oportunidad se requiere idéntico trámite con los Cincuenta (50) postulantes que le siguen en orden de mérito original que se confeccionará en la Escuela de Sub Oficiales y Agentes.

Que a orden 03, obra Informe Externo N° IF-2020- 00413093-CAT-PC#SSD de fecha 08 de Julio de 2020, en el cual se adjunta nómina de los 50 aspirantes a designar como agentes en el Agrupamiento Policial - Personal Subalterno - Cuerpo de Seguridad Escalafón General Único, que siguen el orden de mérito obtenido durante el cursado en Escuela de Sub Oficiales y Agentes «Fray Mamerto Esquiú».

Que a orden 04, obra Nota N° NO-2020-00397483- CAT-DDRO#SEG de fecha 01 de Julio de 2020, en la cual se adjunta copia de Decreto Ministerio de Seg. N° 1099, de fecha 30 de Junio de 2020, en el cual se designó a los primeros 50 Agentes de Policía.

Que a orden 05, pág. 01/100, en IF-2020-00413095- CAT-PC#SSD, obran copias del Documento Nacional de Identidad y constancias de CUIL de los aspirantes a designar como Agentes de Policía - Agrupamiento Policial - Cuerpo Seguridad - Personal Subalterno - Escalafón General (Único).

Que a orden 06, interviene Asesoría Letrada General de la Policía de la Provincia, mediante Dictamen N° 339/ 2020 - IF-2020-00413098-CAT-PC#SSD, de fecha 12 de Mayo de 2020.

Que a orden 07, obra nueva intervención de AsesoríaLetrada General de la Policía de la Provincia mediante Dictamen N° 532/2020 - IF-2020-00413103-CATPC#SSD, por el que sugiere dar continuidad al trámite administrativo, conforme lo normado por el Artículo 27° inc. b) de la Ley Orgánica Policial 4663/91 y Artículo 54° inc. f) de la Ley de Seguridad Pública N° 5429, teniendo en cuenta que esa División ya valoró y emitió opinión legal al respecto, en Dictamen N° 339/2020.

Que a orden 10, interviene Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad, mediante Dictamen A.L M. Seg N° 213/2020 - IF-2020-00414047-CAT-MSEG, expresando que, salvo el elevado criterio del Sr. Ministro de Seguridad, no existe objeción alguna al pedido efectuado por el Sr. Jefe de Policía de la Provincia, debiéndose en consecuencia dictar el acto administrativo correspondiente que disponga el ALTA de los mencionados Aspirantes a Agentes de Policía.

Que a orden 14, mediante Providencia N° PV-2020-00423739-CAT-DDRH#MPM, la Señora Ministra de Planificación y Modernización, da conformidad para la continuidad del trámite conforme lo previsto en el Art. 3° del Decreto Acuerdo N° 42/2020.

Que a orden 20, la Subsecretaría de Presupuesto, mediante Informe N° IF-2020-00442062-CAT-DECP# SSP, se informa que la presente gestión se encuentra comprendida en las previsiones de la Norma II. a) delAnexo II del Decreto Acuerdo N° 83/2020, que disponeque el Titular del Poder Ejecutivo Provincial a través del dictado del pertinente instrumento legal (Decreto), es la única autoridad competente para la incorporación y restructuración de los cargos comprendidos en el Artículo7° de la ley de presupuesto.

Que a orden 30, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen de Firma Conjunta N° IF-2020-00455197-CAT-AGG de fecha 28 de Julio de 2020, manifestando que por lo expuesto, esta Asesoría sugiere dar continuidad al presente trámite tendiente a la emisión del acto administrativo pertinente (Decreto) que disponga el Alta con el grado de Agentes en el Agrupamiento Policial -Personal Subalterno - Cuerpo Seguridad -Escalafón General Único, al personal que se detalla en el Anexo I del Proyecto de Decreto, a partir del 01 de Agosto de 2020; todo ello sujeto a la efectiva correspondencia del orden de mérito obtenido con la nómina de cadetes aquí adjunta, y también a viabilidad presupuestaria.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA

ARTICULO 1°. - Desígnase a partir del 01 de Agosto de 2020, en la Policía de la Provincia de Catamarca, con el grado de Agentes en el Agrupamiento Policial - Cuerpo Seguridad -Personal Subalterno - Escalafón General (Único), al personal que se detalla en el Anexo I, que pasa a formar parte integrante del presente Decreto.

ARTICULO 2°. - Autorízase al Ministerio de Hacienda Pública a adoptar las medidas pertinentes y efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias de créditos que resulten necesarias, a fin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto por el presente instrumento legal.

ARTICULO 3°. - Tome conocimiento a sus efectos: Ministerio de Seguridad, Ministerio de Hacienda Pública, Policía de la Provincia, Dirección Provincial de Gestión de la Información.

ARTICULO 4°. - Comuníquese. Publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: JALIL-Martel

Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil

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