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Detalle del Decreto Acuerdo 1744
  

 

Título: Decreto Acuerdo N° 1744 MODIFICASE LA ESTRUCTURA ORGANICA DEL MINISTERIO DE AGUA, ENERGIA Y MEDIO AMBIE

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 1 Set. 2021

Fecha de publicacion: 17 Set. 2021

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Decreto Acuerdo N° 1744
MODIFICASE LA ESTRUCTURA ORGANICA DEL MINISTERIO DE AGUA, ENERGIA Y MEDIO AMBIE
NTE

San Fernando del Valle de Catamarca, 01 de Septiembre de 2021.

VISTO:

El Expediente EX-2021-00131627-CATMAEMA mediante el cual, el Ministerio de Agua,
Energía y Medio Ambiente, solicita la modificación de su estructura orgánica aprobada por Decreto
Acuerdo N° 35 de fecha 09 de Diciembre de 2019; la Ley de Ministerios N° 4.693 modificada por Ley
N° 5.635, y el Decreto Acuerdo N° 1544 de fecha 30 de Octubre de 2007; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2° de la Ley N° 5.635 faculta al Poder Ejecutivo a establecer mediante Decreto las
misiones y funciones, ámbitos de competencia y estructuras orgánicas de los Ministerios, como así
mismo lo relacionado con las Secretarías de Estado y Subsecretarías, y demás organismos y entes que
dependen directamente del Poder Ejecutivo, de los Ministerios o que integren la Administración
Central o Descentralizada del Gobierno Provincial.

Que por el Decreto Acuerdo N° 35/2019 se aprobó la estructura orgánica del Ministerio de
Agua, Energía y Medio Ambiente y sus Anexos. 

Que en virtud de la Ley de Ministerio N° 5.635 que crea el Ministerio de Agua, Energía y Medio Ambiente, se unificaron las unidades orgánicas que
lo componen en un único, el S.A.F. 31, reuniendo así parte del S.A.F. 29 perteneciente al Ministerio
de Servicios Públicos, S.A.F. 31 a la Secretaría de Estado del Ambiente y Desarrollo Sustentable y
parte del S.A.F. 10 del Ministerio de Obras Públicas (Secretaría de Agua).

Que por Decreto Acuerdo N° 652 de fecha 23 de Abril de 2020 se dispuso el traslado funcional y
orgánico del departamento Brigada de Lucha Contra Incendios Forestales que dependía de la Secretaríade Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentablepasando a depender de la Dirección Provincial deDefensa Civil del Ministerio de Seguridad,
realizándose el pase presupuestario del personal yla trasferencia de bienes.

Que por Ley N° 5.681 de fecha 09 de Diciembrede 2020, aprobada por Decreto N° 2515 de fecha28 de Diciembre de 2020, se creó la Agencia deResiduos Sólidos Urbanos Catamarca en el ámbitodel Ministerio de Agua, Energía y Medio Ambiente.

Que por Decreto Acuerdo N° 803 del 29 de Abril
de 2021 se dispuso la vinculación de la empresaCatamarca Telecomunicaciones Sociedad Anónimacon participación Estatal Mayoritaria con el PoderEjecutivo a través del Ministerio de Agua, Energíay Medio Ambiente.

Que a orden 03, obra Nota N° NO-2021-00132010-CAT-MAEMA de fecha 25 de Febrerode 2021, suscripta por el Ministro de Agua, Energíay Medio Ambiente dirigida al Señor Gobernadorsolicitando la reestructuración del Ministerio a sucargo, por lo abarcativo y complejo que es en cuantoal desarrollo de funciones, manejo de un grannúmero de personal y administración de recursos ybienes, y así lograr mayor eficiencia y premura enlas acciones a desarrollar, ya que se conformó unamplio Ministerio para atender servicios esencialesde agua, energía y preservación del medio ambiente.

Que para cumplir los objetivos se requieremodificar la jerarquía de la Dirección Provincial de Administración a Secretaría de Administración.
A su vez crear e incorporar en el nivel de DirecciónProvincial, a la Dirección Provincial de Contable, Dirección Provincial de Tesorería y DirecciónProvincial de Licitaciones y Compras, comodependientes de la Secretaría de Administración,
además de crear e incorporar la Dirección dePatrimonio, dependiente de la Dirección Provincial de Contable; obedeciendo ello a la envergadura yvolumen de las actividades que se realizarán en laSecretaría de Administración, que se apoya ycomplementa con las funciones de las áreas aincorporar, considerando el patrimonio con el quecuenta el Ministerio de Agua, Energía y MedioAmbiente, la participación y cumplimiento de lonormado por la Ley de Administración Financierade los Bienes y Sistemas de Control del Sector
Publico N° 4.938 y su modificatoria Ley N° 5.636 y demás concordantes; y Ley de Obras Públicas N°
2.730 y la ejecución del Sistema E-Sidif.

Que asimismo se requiere modificar la jerarquía de la Dirección de Asuntos Jurídicos que pasará a
ser Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, con dependencia directa del titular de la jurisdicción
ministerial, siendo el principal objetivo asesorar legalmente al Ministro de Agua, Energía y Medio
Ambiente, interviniendo en todos los proyectos de Leyes, Decretos, Resoluciones y supervisando
acciones de servicios jurídicos pertenecientes al Ministerio y a organismos descentralizados.

Que también se propone modificar la jerarquía de la Dirección de Recursos Humanos y Control
de Gestión que pasará a ser Dirección Provincial de Recursos Humanos y Control de Gestión, con
dependencia directa del titular de la jurisdicción ministerial, siendo el principal objetivo asistir al
Ministro coordinando la aplicación de la política de recursos humanos y organización, coordinar la
relación entre las áreas del Ministerio, articular las relaciones con otras jurisdicciones del Gobierno
Provincial, Municipal y Nacional, así como también gestionar los recursos humanos del Ministerio. Y
la creación e incorporación de la Dirección de Personal, dependiente de la Dirección Provincial
de Recursos Humanos y Control de Gestión, siendo su principal objetivo administrar los recursos
humanos del Ministerio, tanto técnicos como administrativos, identificando su demanda de
capacitación y atendiendo a su satisfacción a través de las instancias competentes.

Que también se requiere la creación en la estructura orgánica del Ministerio de Agua, Energía
y Medio Ambiente de la Dirección de Servicios Generales, con dependencia de la Secretaría de
Administración, siendo su principal objetivo brindar apoyo logístico a las necesidades del Ministerio y
sus respectivas dependencias, administrando y controlando los equipamientos.

Que el presente trámite cumple con lo requerido por el artículo 4° y demás concordantes del Decreto
Acuerdo N° 1544 de fecha 30 de Octubre de 2007 sobre el Régimen para la Elaboración, Tramitación
y Financiamiento de las Estructuras Orgánicas de la Administración Pública Provincial.

Que en el Anexo II sobre Objetivos y Accionesse corrige las denominaciones del Decreto AcuerdoN° 35/19 en la que sólo referenciaba objetivos(fines) en su titulado, sin separar en el texto lasacciones (vías de ejecución); a la vez se reestructuray se redistribuyen acciones, al surgir nuevasunidades orgánicas como dependientes de unasuperior, siendo estas: Dirección Provincial deContable, Dirección Provincial de Tesorería,
Dirección Provincial de Licitaciones y Compras, Dirección de Patrimonio, Dirección de Personal, yDirección de Servicios Generales; y se reformulanobjetivos y acciones en las áreas que se jerarquizancomo la Secretaría de Administración, DirecciónProvincial de Asuntos Jurídicos, DirecciónProvincial de Recursos Humanos y Control deGestión.

Que a orden 06, obra Dictamen D.A.J. -M.A.E.M.A. N° 086/202 - IF-2021-00141283-CAT-DAJ#MAEMA, de fecha 01 de Marzo de 2021de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministeriode Agua, Energía y Medio Ambiente manifestandoque resultan aplicables los artículos 4° y 6° del
Decreto Acuerdo N° 1544/07 sobre «Régimen parala Elaboración, Tramitación y Financiamiento delas Estructuras Orgánicas de la AdministraciónPública Provincial, y agrega que en que en el
presente trámite se da cabal cumplimiento a loexigido por la normativa citada en los Anexos queacompañan, por lo que, de esta manera se encuentracumplimentado lo que exige el Anexo II objetivosy acciones, y el Anexo III del total de cargos fuerade nivel en el Ministerio de Agua, Energía y MedioAmbiente. Concluyendo que debe darse continuidada la presente gestión.

Que a orden 08, obra Informe N° IF-2021 -00143829-CAT-DPD#MTRH, de fecha 02 deMarzo de 2021, de la Dirección Provincial deDespacho del Ministerio de Trabajo y RecursosHumanos, manifestando que analizada ladocumentación obrante y sin observaciones queformular al proyecto de Decreto Acuerdo y susAnexos, se debe dar continuidad al trámitepertinente de acuerdo a lo pautado en el DecretoAcuerdo N° 1544/07.

Que a orden 12, obra Informe N° IF-2021 -00203887-CAT-SSP#MHF, de fecha 17 de Marzode 2021, de la Subsecretaría de Presupuesto del
Ministerio de Hacienda Pública manifestando que la Planta de Personal aprobada por Ley N° 5.684
de Presupuesto del Sector Público Provincial no Financiero para el Ejercicio 2021, promulgada
mediante Decreto N° 2530 de fecha 30 de Diciembre de 2020, del Ministerio de Agua, Energía
y Medio Ambiente, contempla una Planta Permanente de Dos Mil Ciento Sesenta y Cinco
(2.165) cargos, y una de Planta No Permanente de Doscientos Veintisiete (227) cargos. Agrega que es
facultad del Poder Ejecutivo disponer las reestructuraciones de cargos que considere
necesarias con la única limitación de no alterar los totales fijados por el artículo 5°, y con la excepción
del artículo 6°, según el artículo 7° de la Ley N° 5.684 de Presupuesto del Sector Público Provincial
no Financiero para el Ejercicio 2021.

Que a orden 23, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno mediante
Dictamen de Firma Conjunta N° IF-2021- 00274746-CAT-AGG de fecha 07 de Abril de 2021,
manifestando que la reestructuración del Ministerio de Agua, Energía y Medio Ambiente, se realizará
en función de la Ley de Ministerios N° 5.635 promulgada por Decreto N° 2744 de fecha 06 de
Diciembre de 2019, que estableció la nueva estructura orgánica del Poder Ejecutivo Provincial,
modificándose la Ley de Ministerios N° 4.693, y del artículo 149° de la Constitución Provincial.
Asimismo, se encuentra facultado el Poder Ejecutivo Provincial para establecer y modificar
mediante acto administrativo, las misiones y funciones del mencionado organismo, y para la
modificación de su organigrama donde se establecerán los cambios en organismos existentes
y los nuevos organismos que pasarán a formar parte del citado Ministerio. Agrega que la modificación
pretendida, se presenta como una modificación de naturaleza técnica administrativa, que pretende un
mejor funcionamiento y coordinación del Estado. Además el Decreto Acuerdo N° 1544/07 que aprobó
el «Régimen para Elaboración, Tramitación y Financiamiento de las estructuras orgánicas de la
Administración Pública Provincial»..., que en su artículo 6° establece que los proyectos de estructuras
orgánicas o de sus modificaciones que requieran aprobación por Decreto Acuerdo del Poder
Ejecutivo Provincial o por Resolución en lostérminos de los artículos 4° y 5° precedentes,
deberán ser elevadas a la Subsecretaría de RecursosHumanos y Gestión Pública dependiente de laSecretaría General de la Gobernación, la que losanalizará y evaluará en cuanto a su adecuación alas disposiciones del presente Decreto y remitirálas actuaciones posteriormente a la Subsecretaríade Presupuesto del Ministerio de Hacienda yFinanzas (actualmente Ministerio de HaciendaPública). Así la presente gestión a dado cabal
cumplimiento con todo lo establecido por el mencionado Decreto Acuerdo. Concluyendo que el
trámite se encuentra en la esfera decisoria del PoderEjecutivo Provincial, pudiendo emitir el actoadministrativo (Decreto) puesto a consideración.

Que el presente acto se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el Artículo 149° de laConstitución de la Provincia.

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LAPROVINCIA DE CATAMARCAEN ACUERDO DE MINISTROSDECRETA 
ARTÍCULO 1°.- Modifícase la estructuraorgánica del Ministerio de Agua, Energía y MedioAmbiente y sus Anexos, que fuere aprobada porDecreto Acuerdo N° 35 de fecha 09 de Diciembrede 2019, a partir de la fecha del presente instrumentolegal.

ARTÍCULO 2°.- Modificase la jerarquía de laDirección Provincial de Administración, que pasaráa ser Secretaría de Administración, con dependenciadirecta del titular del Ministerio, la que tendrávigencia a partir de la fecha del presente instrumentolegal.

ARTÍCULO 3°.- Créase la Dirección Provincial Contable, Dirección Provincial Tesorería, DirecciónProvincial de Licitaciones y Compras, dependientesde la Secretaría de Administración, la que tendrávigencia a partir de la fecha del presente instrumentolegal.

ARTÍCULO 4°.- Créase la Dirección de Patrimonio, con dependencia directa de la Dirección
Provincial de Contable del Ministerio de Agua, Energía y Medio Ambiente, la que tendrá vigencia
a partir de la fecha del presente instrumento legal 

ARTÍCULO 5°.- Jerarquízase a la Dirección de Asuntos Jurídicos, que pasará a ser Dirección
Provincial de Asuntos Jurídicos, con dependencia directa del titular del Ministerio, la que tendrá
vigencia a partir de la fecha del presente instrumento legal.

ARTÍCULO 6°.- Jerarquízase la Dirección de Recursos Humanos y Control de Gestión, que
pasará a ser Dirección Provincial de Recursos Humanos y Control de Gestión, con dependencia
directa del titular del Ministerio, la que tendrá vigencia a partir de la fecha del presente instrumento
legal.

ARTÍCULO 7°.- Créase la Dirección de Personal con dependencia de la Dirección
Provincial de Recursos Humanos y Control de Gestión, la que tendrá vigencia a partir de la fecha
del presente instrumento legal.

ARTÍCULO 8°.- Créase la Dirección de Servicios Generales con dependencia de la
Secretaría de Administración, la que tendrá vigencia a partir de la fecha del presente instrumento legal.

ARTÍCULO 9°.- Apruébase la nueva Estructura Orgánica del Ministerio de Agua, Energía y Medio
Ambiente, la que como Anexo I forma parte integrante del presente instrumento legal.

ARTÍCULO 10°.- Apruébanse los Objetivos y Acciones del Ministerio de Agua, Energía y Medio
Ambiente, el que como Anexo II forma parte integrante del presente instrumento legal.

ARTÍCULO 11°.- Apruébense la Planta de Dotación de Personal Superior y de Gabinete del
Ministerio de Agua, Energía y Medio Ambiente, el que como Anexo III forma parte integrante del
presente instrumento legal.

ARTÍCULO 12°.- Facúltase al Ministerio de Agua, Energía y Medio Ambiente a efectuar las
reestructuraciones de las áreas y reafectación del personal que resulten necesarios para laimplementación de la nueva estructura organizativaaprobada, y todas aquellas acciones y medidas quepermitan el mejor funcionamiento y operatividadde la organización dispuesta en el presente actoadministrativo.

ARTÍCULO 13°.- Manténgase vigente laestructura orgánica del Ministerio de Agua, Energíay Medio Ambiente que fuera aprobada por DecretoAcuerdo N° 35/2019 y que no haya sido modificadapor el presente instrumento legal.

ARTÍCULO 14°.- Transfiérase al Ministerio deAgua Energía y Medio Ambiente, la Planta deDotación de Personal (Personal de PlantaPermanente y No Permanente); los bienes,
mobiliarios, vehículos, trámites, contratos y obrasen curso de ejecución del ex Ministerio de ServiciosPúblicos, ex Secretaría de Agua del Ministerio deObras Públicas y ex Secretaría de Estado deAmbiente y Desarrollo Sustentable, que pasarán adepender del citado Ministerio; y que tendrávigencia a partir de la fecha del presente instrumentolegal.

ARTÍCULO 15°.- Facúltase al Ministerio deHacienda Pública a través de la Subsecretaría dePresupuesto a adoptar las medidas pertinentes y aefectuar las adecuaciones y reasignacionespresupuestarias que resultaren necesarias, a fin deponer en inmediata ejecución lo dispuesto en el
presente instrumento legal.

ARTÍCULO 16°.- Tomen conocimiento a susefectos: Ministerio de Gobierno, Justicia y DerechosHumanos, Ministerio de Comunicación; Ministeriode Infraestructura y Obras Civiles; Ministerio deHacienda Pública; Ministerio de Trabajo y RecursosHumanos; Ministerio de Vivienda y Urbanización;
Ministerio de Salud; Ministerio de Desarrollo Social
y Deporte; Ministerio de Educación; Ministerio deIndustria, Comercio y Empleo; Ministerio deAgricultura y Ganadería; Ministerio de Agua,
Energía y Medio Ambiente; Ministerio de Cienciae Innovación Tecnológica; Ministerio de Inversióny Desarrollo: Ministerio de Minería; Ministerio deSegundad; Ministerio de Cultura y Turismo.

ARTÍCULO 17°.- Comuníquese, publíquese, dése al Archivo Oficial y Archívese.

 

Firmantes: JALIL - Moreno

Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 75/2021

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  • Sin decretos modificadas

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