Inicio / Decreto /
Título: Decreto GJyDH. N° 1701 CONFIRMASE EL CONVENIO DE COLABORACION ELECCIONES PROVINCIA DE CATAMARCA, L
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 27 Ago. 2021
Fecha de publicacion: 14 Set. 2021
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
Decreto GJyDH. N° 1701
CONFIRMASE EL CONVENIO DE COLABORACION ELECCIONES PROVINCIA DE CATAMARCA, LEY NACIONAL N° 15.262
San Fernando del Valle de Catamarca, 27 de Agosto de 2021.
VISTO:
El Expediente EX 2021-00627785-
CAT#MGJDH, por el cual el Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, gestiona
los fondos para proporcionar colaboración material en el marco del Convenio de
Colaboración Elecciones Provincia de Catamarca (Ley N° 15.262) suscripta con fecha 22 de Junio
de 2021; y
CONSIDERANDO:
Que por el convenio de Colaboración Elecciones Provincia de Catamarca, celebrado
entre el Gobierno de la Provincia de Catamarca y el Juzgado Federal con Competencia Electoral
de Catamarca, ad-referéndum de la Excma.
Cámara Nacional Electoral acordaron que el Gobierno de la Provincia de Catamarca prestará
colaboración material al Juzgado Federal con competencia Electoral con motivo del incremento
de las tareas pre y post comiciales que ocasiona la realización en forma simultánea de las
elecciones nacionales con los comicios convocados por la Provincia de Catamarca en el
marco de la Ley Nacional N° 15.262 y su Decreto Reglamentario N° 17.265.
Que el Juzgado Federal con Competencia Electoral realizará todas las tareas de
organización, ejecución y fiscalización de las elecciones de su competencia, asimismo para la
efectiva realización del acto eleccionario simultáneo, a requerimiento del Tribunal
Electoral Provincial expedirá certificaciones einformes pertinentes para la oficialización de laslistas de candidatos locales. Así también quedaráa cargo de la Justicia Federal Electoral las tareasque demanden la oficialización de las boletas, el
armado de las urnas, su llenado, supervisión, control y entrega a la entidad que se encargará desu traslado a la autoridad de mesa.
Que a orden N° 03, obra Nota de FirmaOlógrafa N° NO-2021 -00627751 -CAT-MGJDHen la cual se adjunta nota de fecha 05 de Julio de2021, suscripta por el Juez Electoral Federal, Dr.
Miguel Ángel Contreras, dirigida al SeñorMinistro de Gobierno, Justicia y DerechosHumanos, con el objeto de iniciar el trámite deacreditación de fondos conforme al Convenio deColaboración Electoral que fuera oportunamentesuscripto entre el Gobierno de la Provincia deCatamarca y el Juzgado Federal con CompetenciaElectoral de Catamarca.
Que el mencionado Convenio, tiene por objetoproporcionar colaboración material al JuzgadoFederal con competencia Electoral de Catamarca, por las tareas de pre y post comicialescorrespondiente a las elecciones primarias,
abiertas, simultáneas y obligatorias -P.A.S.O-,
que se llevarán a cabo el día 12 de Septiembredel corriente año, mientras que el día 14 deNoviembre de corriente año se convocó aelecciones generales, que se realizarán en formasimultánea a las Elecciones Nacionales.
Que el Decreto G.J. y D.H. N° 1102 de fecha11 de Junio de 2021, el Señor Gobernador de laProvincia de Catamarca, Lic. Raúl A. Jalil,
convocó para el día 12 de Septiembre de 2021 aElecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas yObligatorias (P.A.S.O) y para el 14 de Noviembre2021 Elecciones Generales.
Que para la elección de las CámarasLegislativas, la convocatoria debe hacerse paraelegir (21) candidatos y candidatas a Diputadosy Diputadas Provinciales y seis (6) Suplentes,
ochos (8) candidatos y candidatas a Senadores y Senadoras Provinciales Titulares y ocho (8) candidatos y candidatas a Senadores y Senadoras
Provinciales Suplentes.
Que a orden N° 08, obra Informe de Firma Conjunta N° IF-2021-00648543-CAT-SSP#MHP de fecha 12 de Julio de 2021 de la Subsecretaría
de Presupuesto, mediante el cual informa la partida presupuestaria y así también que mediante
el Artículo N° 7, del Decreto Acuerdo N° 01/ 2021, se establecen las competencias para efectuar las modificaciones presupuestarias
correspondiente, conforme a lo detallado en su Anexo IV.
Que a orden N° 16, interviene Contaduría General de la Provincia, mediante Informe N° IF2021-00721490-CAT-SCGC#CGP de fecha 26 de
Julio de 2021.
Que a orden 20, interviene Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, mediante Dictamen A.L.G.J. y D.H.
N° 049-NO-2021-00978737-CAT-MGJDH de fecha 24 de Agosto 2021, expresando que el mencionado Convenio de Colaboración Electoral
que fuera oportunamente suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Catamarca y el Juzgado Federal con competencia Electoral, se
encuentran los aspectos formales debidamente contemplados.
Que a orden 25, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno, mediante
Dictamen de Firma Conjunta N° IF-2021- 00985651-CAT-AGG de fecha 24 de Agosto de
2021, manifestando que sobre el Acuerdo obrante en autos cabe destacar que tiene como objeto
proporcionar colaboración material al Juzgado Federal con Competencia Electoral de Catamarca,
por la suma de Pesos Dos Millones Cuatrocientos Noventa y Ocho Mil Seiscientos Con 00/100
($ 2.498.600,00), para las tareas pre y post comiciales correspondiente a las elecciones
Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (P.A.S.O), que se llevarán a cabo el día 12 deseptiembre del corriente año, mientras que el día14 de noviembre del 2021 se convocó a eleccionesgenerales, que se realizarán en forma simultáneacon las Elecciones Nacionales, bajo el régimende la Ley N° 15.262 y su Decreto ReglamentarioN° 17.265. Dicho Convenio se formaliza deacuerdo a las facultades previstas en el CapítuloV Distribución de Elementos para el ActoElectoral Artículo 44°.- El Poder Ejecutivo y laautoridad municipal competente en su casoadoptará las providencias que fueran necesariaspara remitir con la debida antelación las urnas,
los formularios, sobres, papeles especiales ysellos que ésta debe hacer llegar a los presidentesde los comicios -ley electoral de la provincia deCatamarca-. Por todo lo expuesto, encontrándoseacreditada la intervención de los órganoscompetentes, conforme al análisis desarrolladout supra, y de acuerdo a las consideracionesfácticas y jurídicas integrantes del mismo,
considera que corresponde que el Sr. Gobernadorde la Provincia proceda a la emisión del actoadministrativo pertinente.
Que el presente acto se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el Artículo 149° de laConstitución de la Provincia.
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LAPROVINCIA DE CATAMARCADECRETA
ARTÍCULO 1°.- Confírmase en todas suspartes el Convenio de Colaboración EleccionesProvincia de Catamarca, Ley Nacional N° 15.262,
suscripto con fecha 22 de Junio de 2021, entre el Gobierno de la Provincia de Catamarca y el
Juzgado Federal con Competencia Electoral dela Provincia de Catamarca.
ARTÍCULO 2°.- Autorízase a la Secretaría deGestión Administrativa del Ministerio deGobierno, Justicia y Derechos Humanos a realizar
los trámites correspondientes a los fines de efectivizar la acreditación de fondos que se
gestiona en cumplimiento del Convenio de Colaboración Electoral, que tiene como objeto
proporcionar colaboración material al Juzgado Federal con competencia Electoral de Catamarca,
por las tareas de pre y post comiciales correspondiente a las Elecciones Primarias,
Abiertas, Simultáneas y Obligatorias -P.A.S.O-, que se llevarán a cabo el día 12 de Septiembre
del corriente año, mientras que el día 14 de Noviembre de corriente año se convocó a
elecciones generales, que, se realizarán en forma simultánea a las Elecciones Nacionales.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande lo establecido en el presente Decreto será imputado a las partidas del Presupuesto Vigente.
ARTÍCULO 4°.- Con nota de estilo, cúrsese copia certificada del presente instrumento legal
al Juzgado Federal con competencia Electoral de Catamarca.
ARTÍCULO 5°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos y Secretaría de Gestión
Administrativa.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, Publíquese,dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: JALIL - Moreno
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil
Observaciones: