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Detalle del Decreto Acuerdo 955
  

 

Título: Decreto Acuerdo Nº 955 MODIFICASE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA PUBLICA

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 11 Junio 2020

Fecha de publicacion: 30 Junio 2020

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Decreto Acuerdo Nº 955

MODIFICASE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA PUBLICA

San Fernando del Valle de Catamarca, 11 de Junio de 2020.

VISTO:
El Expte EX-2020-00339972-CAT-CGP#MHF, mediante el cual se tramita la modificación del Decreto Acuerdo N° 21 de fecha 09 de diciembre de 2019 que aprueba la estructura orgánica del Ministerio de Hacienda Pública; y

CONSIDERANDO:
Que el Artículo 2° de la Ley N° 5635 promulgada mediante Decreto Acuerdo N° 2744 de fecha 6 de diciembre de 2019, faculta al Poder Ejecutivo Provincial a establecer mediante Decreto las Misiones y Funciones, ámbitos de competencias y estructuras orgánicas, en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial.

Que el Decreto Acuerdo N° 1544 de fecha 30 de octubre de 2007, dispone que serán aprobadas por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial en acuerdo de Ministros, las estructuras orgánicas hasta nivel de dirección.

Que por Decreto Acuerdo N° 21 de fecha 09 de diciembre de 2019, se aprobó la nueva estructura orgánica y funcional del Ministerio de Hacienda Publica la cual requiere una adecuación en virtud de la sanción de la Ley N° 5636 que modifica la Ley N° 4938 de Administración de los Bienes, Contrataciones y Sistemas de Control del Sector Público.

Que la Ley N° 5636 introduce cambios sobre el Título VI de la Ley N° 4938, en el marco de la política de modernización de la Administración Pública Provincial, facultando a la Contaduría General de la Provincia como Órgano Rector del Sistema de Contrataciones, a la informatización de los trámites, actuaciones, procedimientos y contrataciones de la Administración Pública, destacándose, entre otros, la implementación de un sistema transaccional de contrataciones electrónicas.

Que asimismo, la mencionada Ley modifica la estructura del Sistema de Control Interno, contenido en el Título VIII de la Ley N° 4938, bajo la dirección, supervisión y coordinación de la Contaduría General, con el fin de dotar a las unidades periféricas de ejecución del control de herramientas apropiadas para el logro de sus objetivos.

Que la conducción de cualquier Organismo debe incluir el control como medio para determinar si los resultados obtenidos concuerdan con lo planeado, organizado, dirigido y ejecutado, con el fin de identificar desvíos y actuar en consecuencia.

Que en razón de lo expuesto el Ministerio de Hacienda Pública tramita la aprobación de la estructura orgánica.

Que ha tomado intervención de su competencia la Secretaría de Capital Humano y Organización, la Subsecretaría de Presupuesto dependiente de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Hacienda Pública y Asesoría General de Gobierno.

Que por lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149º de la Constitución Provincial; resulta procedente el dictado del presente instrumento legal.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA:

ARTICULO 1°.- MODIFICASE la estructura orgánica del Ministerio de Hacienda Pública aprobada por Decreto Acuerdo N° 21 de fecha 09 de diciembre de 2019, la que como Anexos I a y I b, forman parte del presente Instrumento Legal.

ARTICULO 2°.- CREASE la Dirección de Legal y Técnica con dependencia directa de la Secretaría de Compras y Abastecimiento del Ministerio de Hacienda Pública.

ARTICULO 3°. - CREASE la Dirección de Auditoría Interna con dependencia directa de la Subcontaduría General de Control de la Contaduría General de la Provincia, del Ministerio de Hacienda Pública.

ARTICULO 4°.- CREASE la Dirección de Autorizaciones de Pago, con dependencia directa de la Subcontaduría General de Registro en Información Financiera de la Contaduría General de la Provincia, del Ministerio de Hacienda Pública.

ARTICULO 5°. - APRUEBANSE los objetivos y acciones de los Organismos creados por el presente instrumento, las que como Anexo II, forman parte del mismo.

ARTICULO 6°. - FACULTASE a Subsecretaría de Presupuesto del Ministerio de Hacienda Pública a adoptar las medidas pertinentes y realizar las adecuaciones y reasignaciones necesarias presupuestarias de créditos y planta de personal que resulten innecesarias, a fin de poner en ejecución lodispuesto en el presente Instrumento Legal.

ARTICULO 7°.- Comuníquese, Publíquese, déseal Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: JALIL-Molina-Andrada-Moreno-Niéderle-Veliz-Sáenz-Palladino-Rivera-Centurión-Alvarez-Sarquis-Tobías-Kozicki-Matienzo-Avila-Aguirre-Maubecín

Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil

Observaciones:

   
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