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Título: Decreto Acuerdo Nº 2425 CREASE EL CONSEJO GENERAL DE EDUCACION Y LOS CONSEJOS EDUCATIVOS REGIONALES, EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGIA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 16 Dic. 2014
Fecha de publicacion: 3 Feb. 2015
Cuerpo de Decreto Acuerdo: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 16 de Diciembre de 2014.
VISTO:
El Expediente S - N° 17385/2014, la Ley Provincial de Educación N° 5381, el Decreto Acuerdo N° 744/2012, el Decreto Acuerdo N° 1412/2012 por los cuales se aprueba el Organigrama Básico del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y el Decreto Acuerdo Nº 1544/2007; y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Acuerdo N° 744/2012 se aprueba el Organigrama Básico del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología.
Que por Decreto Acuerdo N° 1412/2012 se crea en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología la Dirección Provincial de Educación Agropecuaria y se aprueba el nuevo Organigrama Básico del mencionado Ministerio.
Que a fs. 02 y 16/17, el Subsecretario de Gestión Educativa del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, solicita la incorporación a la Estructura Orgánica del precitado Ministerio, del Consejo General de Educación y los Consejos Educativos Regionales creados por Ley Provincial Nº 5381.
Que, resulta necesario modificar la denominación asignada mediante Decreto Acuerdo N° 744/12 y Decreto Acuerdo N° 1412/2012 a la Subsecretaría de Gestión Educativa del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología por la denominación Subsecretaría de Educación.
Que en consecuencia surge la necesidad de adecuar la estructura organizacional del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología a la reforma educativa implementada por Ley Provincial de Educación N° 5381, estableciendo las áreas que atienda los distintos niveles y modalidades de la educación como así también facilitar las tramitaciones administrativas en atención a la extensión demográfica de la Provincia, a los fines de optimizar los procesos administrativos, suprimiendo áreas que no se ajusten a las necesidades.
Que por ello, se considera conveniente modificar la jerarquía y dependencia de la Dirección Provincial de Educación Rural y de la Dirección Provincial de Educación Agropecuaria, a efectos de pasar a depender de la Subsecretaría de Educación como el resto de las direcciones de los distintos niveles educativos.
Que estas razones de índole legal, operativa y de reordenamiento estratégico aconsejan proyectar una nueva conformación organizativa de la estructura del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología conforme a los parámetros establecidos por Ley Provincial N° 5381.
Que en este sentido, con el supremo compromiso de democratizar la gestión escolar, con base en el modelo sociopolítico educativo de la democracia participativa que genera el nueve paradigma educativo, el Artículo 121° de la Ley N° 5381 dispone que «El Sistema Educativo Provincial se organizará por regiones, en concordancia con las de desarrollo económico, social y productivo de la Provincia, sobre la base de la descentralización operativa de los servicios educativos, de salud, de desarrollo social, de cultura y deporte. A tal fin se crearán Consejos Educativos Regionales, dependientes del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología».
Que el Consejo General de Educación, reglado en el Artículo 119° de la Ley Nacional 26.206 establece: «El Consejo General de Educación será presidido por el Ministro de Educación Ciencia y Tecnología e integrado por los Coordinadores de los Consejos Regionales de Educación, representantes de los Ministerios de Salud, Desarrollo Social y Producción, representantes de los Credos reconocidos, Gremios docentes, Padres, Cámaras de Producción, Organizaciones Sociales» y el Artículo 120° dispone que: « El Consejo General de Educación, constituye un órgano consultivo y asesor del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y tendrá las siguientes funciones:
1) Velar por el cumplimiento de los Principios, Derechos y Garantías establecidos en la presente Ley y en la Ley Nacional 26206.
2) Impulsar políticas y acciones tendientes a la inclusión y el cumplimiento de las metas educativas.
3) Proponer legislación y normativa que permita el mejoramiento continuo de la calidad de la educación».
Que es facultad del Poder Ejecutivo Provincial disponer la transformación, descentralización, privatización, creación, escisión, fusión, supresión y liquidación total o parcial de los organismos del Poder Ejecutivo.
Que es facultad del Poder Ejecutivo Provincial establecer mediante Decreto las Misiones y Funciones, Ámbitos de Competencia y estructura Orgánica de los Ministerios, como así también lo relacionado con las Secretarías y Subsecretarías de Estado y demás organismos y Entes que dependen directamente del Poder Ejecutivo, Ministerios o que integren la Administración Central y Descentralizada del Gobierno Provincial.
Que el Decreto Acuerdo N° 1544/2007 dispone que serán aprobados por Decreto del Poder Ejecutivo, en Acuerdo de Ministros, las estructuras orgánicas hasta el Nivel de Dirección. Que a fs.08/10 obra Dictamen A.L.G. N° 038/ 14 e Informe A.L.G. N° 034/14 de Asesoría Legal de Gabinete del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología.
Que a fs. 13, toma intervención que le compete la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública dependiente de la Secretaría General de la Gobernación.
Que a fs. 31, toma intervención que le compete la Subsecretaría de Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, mediante Nota S. de P. N° 2450 de fecha 02 de Octubre de 2014.
Que a fs. 43/45 interviene Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen A.G.G. N° 1872/2014, en el que expresa que corresponde al Poder Ejecutivo en mérito a sus atribuciones constitucionales refrende las modificaciones provinciales al organigrama del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial.
ARTICULO 1°.- Créase el Consejo General de Educación y los Consejos Educativos Regionales, en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, conforme a la Ley de Educación Provincial N° 5.381.
ARTICULO 2°.- Modifícase la nominación asignada mediante Decreto Acuerdo N° 1412/2012 a la Subsecretaría de Gestión Educativa la que a partir del presente Decreto se denominará Subsecretaría de Educación.
ARTICULO 3°.- Modifícase la Jerarquía y Dependencia asignada por Decreto Acuerdo Nº 744/ 2012 y el Decreto Acuerdo 1412/2012 a la Dirección Provincial de Educación Rural y a la Dirección Provincial de Educación Agropecuaria, las que pasan a depender de la Subsecretaría de Educación y con jerarquía de Dirección de repartición.
ARTICULO 4°.- Apruébase el nuevo Organigrama Básico del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología que como Anexo I se agrega y forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 5°- El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología elevará al Poder Ejecutivo en un término de sesenta (60) días, los organismos, Objetivos, Acciones y Dotación de Persona de las nuevas áreas que lo conforman a partir del presente Decreto.
ARTICULO 6°.- Facúltese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a adoptar las medidas pertinentes y a efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias que resulten necesarias, a fin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto en el presente Instrumento Legal.
ARTICULO 7°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Subsecretaría de Coordinación Administrativa, Ministerio de Hacienda y Finanzas, Subsecretaría de Presupuesto, Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública.
ARTICULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.
Firmantes: CORPACCI-Saadi-Aredes-Chico-Villagra-Ariza-Dusso-Barros-Aparicio
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: