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Detalle del Decreto 2359
  

 

Título: Decreto ECyT. Nº 2539 RECTIFICASE EL VISTO, ARTICULO 1º Y ANEXO UNICO DEL DECRETO ECyT. Nº 2403/2014

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 29 Dic. 2014

Fecha de publicacion: 3 Feb. 2015

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Decreto ECyT. Nº 2539
RECTIFICASE EL VISTO, ARTICULO 1º Y ANEXO UNICO DEL DECRETO ECyT. Nº 2403/2014

San Fernando del Valle de Catamarca, 29 de Diciembre de 2014.

VISTO:
El Expediente D - N° 10636/2014, y el Decreto E.C.y T. N° 2403 de fecha 16 de Diciembre de 2014, y

CONSIDERANDO:
Que a fs. 266/268, se agrega copia del Decreto E.C.y T. N° 2403 de fecha 16 de Diciembre de 2014.
Que a fs. 274/276, se agrega Resolución T.C. N° 949 de fecha 29 de Diciembre de 2014, emitida por el Tribunal de Cuentas de la Provincia, en la que manifiesta: «...Artículo 1°: Devolver al Organismo de origen el acto administrativo puesto a control, Decreto ECyT. N° 2403 de fecha 16/12/ 2014 (...), trasladándose al organismo la Salvedad del punto A) y las Advertencias de los puntos B), C), D) y E) indicados en los Considerandos que anteceden...».
Que asimismo el Punto E) del Considerando de la mencionada Resolución expresa: «E) Se advierte en el acto administrativo de adjudicación, Decreto ECyT. N° 2403/14 adjunto a fs. 266/268, que: - En el Visto se indica que: «...la Dirección de Administración del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, solicita se apruebe...», dependencia que no figura en el Organigrama del Ministerio, por lo que debió decir: «...la Dirección Provincial de Administración del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología solicita se apruebe...». -mediante el Artículo 1° se aprueba lo actuado por la Comisión de Evaluación de Ofertas, cuando en realidad debió consignarse la dependencia del Ministerio que llevó a cabo el proceso de contratación, por lo que debió decir: se aprueba lo actuado por la Dirección Provincial de Administración en la Licitación Pública N° 05/ 2014, - si bien no surge ninguna observación respecto del ítem adjudicado, en el mismo no se describe con precisión las especificaciones técnicas de los vehículos, constituyendo uno de los requisitos esenciales de todo Acto Administrativo que el objeto debe ser cierto, claro y preciso».
Que por lo antes expuesto corresponde Rectificar el Decreto E.C.y T. N° 2403/2014, en los puntos señalados por el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 154° de la Constitución Provincial.

Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA

ARTICULO 1°.- Rectificar el Visto del Decreto E.C.y T. N° 2403 de fecha 16 de Diciembre de 2014, donde dice: «Dirección de Administración», deberá decir: «Dirección Provincial de Administración».

ARTICULO 2°.- Rectificar el Artículo 1° del Decreto E.C.y T, N° 2403 de fecha 16 de Diciembre de 2014, el que quedará redactado de la siguiente manera: «ARTICULO 1°.- Apruébese lo actuado por la Dirección Provincial de Administración dependiente del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología para la Licitación Pública N° 05/2014, y Adjudíquese la Licitación Pública N° 05/2014, a la firma «IGARRETA S.A.C.I.», por la suma Total de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($ 3.750.000.-), para la adquisión de cinco (5) vehículos O km, tipo minibús, destinados al servicio de transporte escolar para alumnos de las Escuelas de Educación Especial dependiente del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, detallado según ANEXO ÚNICO que forma parte del presente instrumento legal, de conformidad a lo normado en el Artículo 51° inc. e) del Decreto Acuerdo N° 2248/08 y sus modificatorias aprobadas por decreto Acuerdo N° 1348/12».

ARTICULO 3°.- Rectificar el Anexo Único del Decreto E.C.y T. N° 2403 de fecha 16 de Diciembre de 2014, el que quedará redactado según detalle en Anexo Único que forma parte del presente Instrumento Legal.

ARTICULO 4°.- Tomen conocimiento: Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Subsecretaría de Coordinación Administrativa, Dirección Provincial de Administración, Tribunal de Cuentas de la Provincia, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia. 

ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.

 

Firmantes: CORPACCI-Ariza

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
Complementos

 

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