Digesto Legislativo Provincial

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Detalle del Decreto 422
  

 

Título: Dcto. IyOC. (VP) Nº 422

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 3 Marzo 2022

Fecha de publicacion: 25 Marzo 2022

Cuerpo de Decreto:   |       Descargar PDF

  

Infraestructura y Obras Civiles – Apruébase todo lo actuado por la Dción. Pcial. de Vialidad Catamarca en relación a la Licitación Pública N°02/21 con el objeto de contratar la ejecución de la Obra: Construcción de Obra Básica, Pavimentacióny Repavimentación - Corredor Este 1: Rutas Provinciales N°s. 42 y 2, tramo: Emp. Ruta Nacional 64 - Emp. Ruta Nacional 157 sección 1:Tintigasta (km. 34,09) - Puesto Chazarreta (km. 49,17) sección 2: Puesto Chazarreta (km. 49,17), La Cumbre (km. 59,48) sección 3: La Cumbre (km. 59,48), acceso Hostería Polo Giménez (km. 62,60) sección 4: Acceso Hostería Polo Giménez (km. 62,60), Empalme Ruta Provincial N° 2 (km. 64,10)sección 5: Los Morteros (km. 11,90), Empalme Ruta Provincial N° 13 (km. 22,90) sección 6;Empalme Ruta Provincial N° 13 (km. 22,90), Anquincila (km. 41,10) sección 7: Anquincila (km. 41,10), Icaño (km. 76,40) sección 8: Icaño (km. 76,40), San Antonio de La Paz (km. 100,90). Recházase la oferta presentada por la firma Sucesión de Guido David Mogetta Empresa Constructora, por no dar cumplimiento al requerimiento realizado, siendo aplicable los Arts. 7° y 18° del Pliego de Bases y Condiciones que rige la presente. Adjudícase a la firma José J. Chediack, SAICA., por cumplir con la totalidad de los requisitos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones de la Licitación, por $ 1.949.550.000,00, con plazo de ejecución de 30 meses. Autorízase al Mtrio. de Economía a realizar las readecuaciones presupuestarias correspondientes para el cumplimiento de los fines de la presente gestión. Delégase en la citada Dirección para la ejecución de la obra mencionada, las facultades de diferir el inicio de los trabajos de ejecución cuando para ellos existan motivos debidamente fundados, de otorgar ampliaciones de plazo de obra, de disponer modificaciones de obra, la de disponer y aprobar neutralizaciones de obra y limitaciones a la ejecución del contrato, la de suscribir actas compromiso para la finalización de los trabajos, la de tramitar redeterminaciones de precios de contrato(Provisorias y Definitivas). Como así también todas aquellas que resulten inherentes a la ejecución del contrato y las que la Inspección de Obra deba realizar respecto de las tareas desarrolladas por la Contratista. Facúltase al Directorio de la Administración Gral. de Vialidad Provincial acelebrar con la Empresa adjudicada el correspondiente Contrato previa constitución de la garantía requerida por Ley y aprobar modificaciones de la obra y plazos indispensable para la obra en curso de ejecución, certificaciones, aprobación y pago de los certificados de obra.

 

Firmantes: JALIL-Niederle

Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil

Observaciones:

   
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