Digesto Legislativo Provincial

Encuentre las leyes y otras normativas que se publican en el Boletín Oficial
de la Provincia de Catamarca

  
  

Inicio / Decreto /

Decreto
  
    

  
Detalle del Decreto 756
  

 

Título: Decreto GJ.yDH. - HP. Nº 756 DISTRIBÚYASE A LAS MUNICIPALIDADES DE LA PROVINCIA, LOS RECURSOS PROVENIENTES DEL FONDO DE DESARROLLO MUNICIPAL (FDM.)

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 13 Mayo 2020

Fecha de publicacion: 9 Junio 2020

Cuerpo de Decreto:   |       Descargar PDF

  

Decreto GJ.yDH. - HP. Nº 756

DISTRIBÚYASE A LAS MUNICIPALIDADES DE LA PROVINCIA, LOS RECURSOS PROVENIENTES DEL FONDO DE DESARROLLO MUNICIPAL (FDM.)

San Fernando del Valle de Catamarca, 13 de Mayo de 2020.

VISTO:
El Expediente EX-2020-00107010-CATSSAM#MGJ por el cual se tramita la distribución, de Fondo de Desarrollo Municipal 2019, conforme lo establecido en el Acta de Trabajo N° 228 de la Comisión de Participación Municipal de fecha día 20 de Abril de 2020 y el Decreto Acuerdo N° 576/2020; y

CONSIDERANDO:
Que a orden 3/4, obra Nota N° NO-2020-00023036- CAT-DRPI#MGJ de fecha 14 de Enero de 2020, suscripta por el Director Provincial de Relaciones Institucionales solicitando a la Tesorería General de la Provincia informe sobre los importes acumulados del Fondo de Desarrollo Municipal correspondiente al año 2019 y los intereses de colocaciones financieras del año 2019.

Que a orden 8, obra Nota N° NO-2020-00137541- CAT-TGP#MHF de fecha 08 de Marzo de 2020, de la Tesorería General de la Provincia, informando sobre los importes acumulados del Fondo de Desarrollo Municipal - Ejercicio 2019 (1° Semestre registros en el S.I.P.A.F. y 2° Semestre en el E-Sidif.), intereses de Plazos Fijos Internos - Ejercicio 2019 (1° Semestre registros en el S.I.P.A.F. y 2° semestre en el E-Sidif.), saldos no depositados a Municipios del Fondo de Desarrollo Municipal - Ejercicio 2018.

Que a orden 10, obra Nota N° NO-2020-00138048- CAT-SAM#MGJDH, de fecha 03 de Marzo de 2020 de la Secretaria de Asuntos Municipales, solicitando a la Tesorería General de la Provincia que se anexe al informe, lo acumulado en el 1° Semestre 2019 FDM (1° Semestreregistrados en el S.I.P.A.F.).
Que a orden 12, obra Nota N° NO-2020-00139706-CAT-TGP#MHF de fecha 04 de Marzo de 2020, por la cual Tesorería General de la Provincia incorpora informe de los importes acumulados del Fondo de Desarrollo Municipal-AXT 840-Registro S.I.P.A.F. por el período comprendido entre el 01/01/2019 al 30/06/2019, y planilla de deuda a Municipios FDM.

Que a orden 14, obra Informe Gráfico de la NotaC.P.M N° 001-IF-2020-00187405-CATSAM#MGJDH, de fecha 17 de Abril de 2019, por lacual la ex Subsecretaría de Asuntos Municipales solicitaba el depósito del monto correspondiente al Fondo de Desarrollo Municipal por la suma de PESOS VEINTINUEVE MILLONES TRES CIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL OCHO CIENTOS SESENTA Y UNO CON 00/100 ($ 29.394.861,00).

Que a orden 15, obra Informe gráfico de la NotaC.P.M N° 002 -IF-2020-00187406-CATSAM#MGJDH, de fecha 28 de Mayo de 2019, por la cual la ex Subsecretaría de Asuntos Municipales solicita el depósito de los montos del Fondo de Desarrollo Municipal por la suma de PESOS CINCUENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS CON 74/100($ 51.789.672,74).

Que a orden 16, obra Informe gráfico de la Nota C.P.M N° 003 IF-2020-00187407-CATSAM#MGJDH, de fecha 26 de Junio de 2019, por la cual la ex Subsecretaría de Asuntos Municipales solicita el depósito de los montos del Fondo de Desarrollo Municipal por la suma PESOS CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CUARENTA Y CUATRO CON 80/100($ 14.455.044,80).

Que a orden 17, obra Informe gráfico de la NotaC.P.M N° 004 IF-2020-00187408-CATSAM#MGJDH, de fecha 16 de Julio de 2019, por la cual la ex Subsecretaría de Asuntos Municipales solicita el depósito de los montos del Fondo de Desarrollo Municipal por la suma de PESOS QUINCE MILLONES SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES CON 12/100 ($ 15.079.993,12).

Que a orden 18, obra Informe gráfico de la Nota C.P.M N° 005- IF-2020-00 187409-CATSAM#MGJDH, de fecha 09 de Agosto de 2019, por la cual la ex Subsecretaría de Asuntos Municipales solicitaba el depósito del monto correspondiente al Fondo de Desarrollo Municipal por la suma DE PESOS NUEVE MILLONES SESENTA Y SIETE MIL CIENTO SESENTA Y SIETE CON 36/100 ($ 9.067.167,36). Que a orden 19, obra Informe gráfico de la Nota C.P.M N° 006 IF-2020-00187412-CATSAM#MGJDH, de fecha 27 de Agosto de 2019, por la cual la ex Subsecretaría de Asuntos Municipales solicita el depósito de los montos del Fondo de Desarrollo Municipal por la suma de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 79/100 ($ 3.945.986,79).

Que a orden 20, obra informe gráfico de la Nota C.P.M N° 007 IF-2020-00187413-CATSAM#MGJDH, de fecha 13 de Septiembre de 2019, por la cual la ex Subsecretaría de Asuntos Municipales solicita el depósito de los montos del Fondo de Desarrollo Municipal por la suma de PESOS DIEZ MILLONES SEISCIENTOS OCHO MIL SETECIENTOS VEINTITRÉS CON 50/100 ($ 10.608.723,50).

Que a orden 21, obra informe gráfico de la Nota C.P.M N° 008 NO-2019-00422864-CATSSAM#MGJ, de fecha 11 de Octubre de 2019, por la cual la ex Subsecretaría de Asuntos Municipales solicita el depósito de los montos del Fondo de Desarrollo Municipal por la suma por el monto de PESOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CIENTO DIEZ CON 24/100 ($ 6.942.110,24).

Que a orden 22, obra informe gráfico de la Nota C.P.M N° 009 NO-2019-00503139-CAT-SSAM#MGJ, de fecha 08 de Noviembre de 2019, por la cual la ex Subsecretaría de Asuntos Municipales solicita el depósito de los montos del Fondo de Desarrollo Municipal por la suma de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 89/100 ($ 4.960.854,89).

Que a orden 23, obra informe gráfico de la Nota C.P.M N° 010- NO-2019-00515414-CAT-SSAM#MGJDH, de fecha 13 de Noviembre de 2019, por la cual la ex Subsecretaría de Asuntos Municipales solicita el depósito de los montos del Fondo de Desarrollo Municipal por la suma por el monto de PESOS CINCOMILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL CIENTO TREINTA Y DOS CON 09/100($ 5.541.132,09)

Que a orden 24, obra informe gráfico de la Nota C.P.M N° 011 IF-2020-00544303-CATSAM#MGJDH, de fecha 25 de Noviembre de 2019, por la cual la ex Subsecretaría de Asuntos Municipales solicita el depósito de los montos del Fondo de Desarrollo Municipal por la suma por el monto de PESOS CINCOMILLONES OCHOCIENTOS CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTE CON 16/100 ($ 5.805.620,16).

Que a orden 25, obra Nota N° NO-2020-00184600-CAT-SAM#MGJDH, de fecha 19 de Marzo de 2020, mediante la cual se informó error involuntario en Notade Depósito N° 011 (Municipalidad de Tinogasta).

Que a orden 26, obra informe gráfico de la Nota C.P.M N° 012-NO-2019-00632674-CATSAM#MGJDH, de fecha 26 de Diciembre de 2019, por la cual la ex Subsecretaría de Asuntos Municipales solicita el depósito de los montos del Fondo de Desarrollo Municipal por el monto de PESOS OCHO MILLONES SEISCIENTOS SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS CON 54/100 ($ 8.607.472,54).

Que a orden 27, obra informe gráfico de la NotaC.P.M N° 013-NO-2020-00093741-CATSAM#MGJDH, de fecha 17 de Febrero de 2020, por la cual la ex Subsecretaría de Asuntos Municipales solicita el depósito de los montos del Fondo de Desarrollo Municipal por la suma de PESOS VEINTE Y NUEVEMILLONES OCHENTA Y SEIS MIL CUARENTA Y CUATRO CON 68/100 ($ 29.086.044,68).

Que a orden 28, obra informe gráfico de la NotaC.P.M N° 014-NO-2020-00147557-CATSAM#MGJDH, de fecha 05 de Marzo de 2020, por la  adjuntando Informe FDM 2020, elevando la distribución del Fondo de Desarrollo Municipal-FDM/2020 acumulado hasta la fecha según lo informado por Tesorería General de la Provincia.

Que a orden 47, interviene Asesoría Legal de la Secretaría de Asuntos Municipales, mediante Dictamen S.A.M. N° 95-IF-2020-00256853-CATSAM#MGJDH de fecha 08 de Mayo de 2020, en el que considera que deberá tenerse en cuenta la situación de emergencia sanitaria y las necesidades de los Municipios de la Provincia, que deberán contar con recursos para la prevención y mitigación del virus, haciendo prevalecer la salud y la vida de los vecinos de cada jurisdicción.

Que mediante el artículo 2° del Decreto Acuerdo N° 576/2020, la Provincia de Catamarca declaró en estado de emergencia la prestación de los servicios públicos, la ejecución de los contratos a cargo del sector público y la situación económica financiera de la Administración Pública Provincial, centralizada, descentralizada, entidades autárquicas, Obra Social de los Empleados Públicos y todo otro ente, empresa o sociedad en que el Estado tenga participación, por el plazo de un (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicho Decreto, prorrogable por igual plazo para el caso de considerarse no superadas las circunstancias que dieron lugar a su emisión.

Que el artículo 5° del referido instrumento establece que, mientras dure la emergencia dispuesta por el artículo 2°, podrán destinarse recursos provinciales afectados a otros destinos distintos de los aprobados por sus respectivas leyes de afectación, transformándolos en recursos de rentas generales, quedando exceptuados los recursos que financien gastos de personal.

Que en la coyuntura actual, es necesario establecer medidas que permitan la utilización eficaz y eficiente de los recursos, con la inmediatez que demanda el estado de emergencia no sólo sanitario sino fundamentalmente económico y financiero, utilizando los recursos disponibles con la máxima celeridad, a fin de poder atender las necesidades urgentes que se presenten, sin soslayar la transparencia que debe regir toda acción pública estatal.

Que en razón de lo expuesto, corresponde el dictado del presente acto administrativo en que se establezca la distribución de los recursos provenientes del Fondo de Desarrollo Municipal.

Que a orden 51, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen de Firma Conjunta N° IF-2020-00261882-CAT-AGG, de fecha 12 de Mayo de 2020, manifestando que considera pertinente la emisión del acto administrativo (Decreto)por parte del Poder Ejecutivo, en virtud de la situación epidemiológica y con el objetivo de proteger la salud de todos los habitantes, obligación indelegable del Estado en todos sus niveles de gestión, existiendo responsabilidades definidas para prevenir y atender esta emergencia. En consecuencia, los Municipios deben ser protagonistas al momento de adoptar medidas urgentes;que se presenten para contener la propagación de esta pandemia, siendo el apoyo económico fundamental para que puedan concretarlo.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia,

Por ello,

LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Distribúyase a las Municipalidades de la Provincia, los recursos provenientes del Fondo de Desarrollo Municipal (FDM), informados a la fecha por la Tesorería General de la Provincia, en el marco de la emergencia declarada mediante Decreto Acuerdo N° 576/2020 y de acuerdo a lo resuelto por la Comisión de Participación Municipal en el Acta N° 228 de fecha 20 de Abril de 2020, conforme a los Anexos I y II que forman parte del presente instrumento legal.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que las Municipalidades percibirán los montos correspondientes al sesenta por ciento (60%) conforme a lo establecido en el Anexo I.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que el Ministerio de Hacienda Pública, dispondrá del cuarenta por ciento(40%) de los recursos provenientes del Fondo de Desarrollo Municipal (FDM), conforme al Anexo II.

ARTÍCULO 4°.- Autorizase a la Dirección Provincial de Administración, Servicio Administrativo Financiero N° 009, Ministerio de Hacienda Pública, a emitir las órdenes de pago correspondientes.

ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 1°, 2° y 3° del presente instrumento legal, se efectuará con cargo a la Cuenta Corriente «En Pesos» N° 46601496/28- «Fondo de Desarrollo Municipal» del Banco de La Nación Argentina- Sucursal Catamarca.

ARTÍCULO 6°.- Tomen conocimiento a sus efectos: SECRETARÍA DE ASUNTOS MUNICIPALES, DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE HACIENDA PÚBLICA - S.A.F. 009 -, CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA, TESORERÍA GENERAL DE LA PROVINCIA, MUNICIPALIDADES DE LA PROVINCIA y TRIBUNAL DE CUENTAS.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, Publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: JALIL-Veliz-Moreno

Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 46/2020

  • Sin temas relacionados

  • Este decreto no ha sido derogado

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin temas relacionados

  • Sin archivos relacionados

Lo estamos haciendo entre todos
Si tienes alguna duda, dato o sugerencia para este Decreto, envianos tu comentario: