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Detalle del Decreto 2325
  

 

Título: Decreto GJ. Nº 2325 RECTIFICASE ARTICULO 3º DEL DECRETO GJ. Nº 976, CONSIDERANDO PARRAFO 1º DEL DECRETO GJ. Nº 978

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 9 Dic. 2014

Fecha de publicacion: 6 Feb. 2015

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Decreto GJ. Nº 2325
RECTIFICASE ARTICULO 3º DEL DECRETO GJ. Nº 976, CONSIDERANDO PARRAFO 1º DEL DECRETO GJ. Nº 978

San Fernando del Valle de Catamarca, 09 de Diciembre de 2014.

VISTO:
El Expediente U-29997/14, referente a las escrituras traslativas de dominio para los beneficiarios del Programa de Regularización Dominial de la Localidad de los Angeles- Dpto. Capayán, autorizadas por los Decretos GJ. Nº 976, 977, 978, 979 de fecha 16 de Julio de 2014; y

CONSIDERANDO:
Que a fs. 01, obra nota de fecha 21 de Octubre de 2014, de la Dirección de laUnidad Técnica de Coordinación de Acciones de Saneamiento de Títulos y Regularización Dominial, manifiesta que se ha deslizado un error en la redacción del Decreto G. y J. Nº 976 de fecha 16 de Julio de 2014 Artículo 3º Planilla  Anexa  en la parte pertinente a la adjudicación de las parcelas determinadas por el Plano de Mensura y Subdivisión aprobado por Resolución A.G.C. Nº 167 de fecha 27 de Junio de 2012 – Archivo Dpto. Capayán Nº 1577: lote 2 M.C. 06-21-07-9653: Agüero, José Alejandrino DNI. 10.010.591; lote 3- M.C. 06-21-07-9654: Verón, Sergio Adrián – DNI. 14.324.073; lote 4M.C. 06-21-07-9554: Olea, Florencia del Rosario– DNI. 3.326.220; lote 5- M.C. 06-21-07-9454: Méndez, Antonio Nicolás – DNI. 10.241.664; lote 6- M.C. 06-21-07-9354: Gerhardt, Carlos AlbertoDNI. 30.504.688, Camprovin, Carlos Oscar- DNI. 13.141.869, Phol, Roberto Rodolfo- DNI. 11.366.486- todas las parcelas con derecho de agua según usos y costumbres, obrante a fs. 1476/1487; y también en el Decreto G. y J. Nº 978 de fecha 16 de Julio de 2014 en el Considerando párrafo 1º, 2º y en el Artículo 1º y Planilla Anexa, al identificar la parcela que ocupa la Posta Sanitaria como lote 1-M.C. 06-21-07-9854 determinada por Plano de Mensura y Subdivisión aprobado por Resolución A.G.C. Nº 167 de fecha 27 de Junio de 2012 Archivo Nº 1577- Dpto. Capayán.
Que la identificación correcta de los adjudicatarios beneficiarios en el Decreto G. y J. Nº 976/14 en las parcelas determinadas por Plano de Mensura y Subdivisión aprobado por Resolución A.G.C. Nº 167 de fecha 27 de Junio de 2012 Archivo Nº 1577- Dpto. Capayán es la siguiente: lote 1- M.C. 06-21-07-9854: Gerhardt, Carlos Alberto- DNI. 30.504.688, Camprovin, Carlos Oscar- DNI. 13.141.869, Phol, Roberto RodolfoDNI. 11.366.486; lote 2- M.C. 06-21-07-9653: Méndez, Antonio Nicolás – DNI. 10.241.664; lote 3- M.C. 06-21-07-9654: Olea, Florencia del Rosario – DNI. 3.326.220; lote 4- M.C. 06-2107-9554: Verón, Sergio Adrián – DNI. 14.324.073; lote 5 – M.C. 06-21-07-9454: Agüero, José Alejandrino – DNI. 10.010.591; e inscriptas en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria y de Mandatos con relación a las Matrículas 1.893, 1.894, 1.895, 1.896, 1.897Folio Real – Departamento Capayán; respectivamente y en relación al Decreto G. y J. Nº 978/14 la identificación correcta de la parcela donde se emplaza la Posta Sanitaria es, lote 6M.C. 06-21-07-9354 determinada por Plano de Mensura y Subdivisión aprobado por Resolución A.G.C. Nº 167 de fecha 27 de Junio de 2012 Archivo Nº 1577- Dpto. Capayán, siendo su adjudicatario el Ministerio de Salud, inscripta en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria y de Mandatos con relación a la Matrícula 1.898- Folio Real – Departamento Capayán.
Que en el Decreto G. y J. Nº 976 de fecha 16 de Julio de 2014, se advierte que debe rectificarse parcialmente el citado instrumento, en la parte pertinente del Artículo 3º Planilla Anexa conforme se relaciona en el párrafo precedente, ratificando en todas sus partes el contenido del acto administrativo que se rectifica que no se encuentre comprendido en los alcances del presente Decreto.
Que en el Decreto G. y J. Nº 978 de fecha 16 de Julio de 2014, se advierte que debe rectificarse en el considerando párrafo 1º, 2º y en el Artículo 1º y Planilla Anexa en lo pertinente a la identificación de la parcela que ocupa la Posta Sanitaria conforme se relaciona en el párrafo 2do. del Considerando último párrafo del acto administrativo que se rectifica, que no se encuentre comprendido en los alcances del presente acto administrativo.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149º de la Constitución de la Provincia.

Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA

ARTICULO 1º.- Rectifícase el ARTICULO 3º-Planilla Anexa del Decreto G. y J. Nº 976 de fecha 16 de Julio de 2014, donde dice: «-PLANO DE MENSURA Y SUBDIVISION. Aprobado por Resolución A.G.C. Nº 167 de fecha 27 de Junio 2012– Archivo Dpto. Capayán Nº 1577 Derecho de agua según usos y costumbre»

ARTICULO 2º.- Ratifícase en todas sus partes el contenido del Decreto G. y J. Nº 976 de fecha 16 de Julio de 2014, que no se encuentra comprendido en los alcances del Artículo 1º del presente Decreto.

ARTICULO 3º.- Rectifícase del Decreto G. y J. Nº 978 de fecha 16 de Julio de 2014 el Considerando párrafo 1º donde dice: «Que el inmueble solicitado se encuentra ubicado en el Distrito Los Angeles, Dpto. Capayán y se registra en la Administración General de Catastro con la Matrícula Catastral 0621-07-9854 (lote1) determinada por Plano de Mensura y Subdivisión aprobado por Resolución A.G.C. Nº 167 de fecha 27/06/2012 – Archivo Nº 1.577 – Dpto. Capayán»; debe leerse: «Que el inmueble solicitado se encuentra ubicado en el Distrito Los Angeles, Departamento Capayán y se registra en la Administración General de Catastro con la Matrícula Catastral 06-21-07-9354 (lote 6) determinada por Plano de Mensura y Subdivisión aprobado por Resolución A.G.C. Nº 167 de fecha 27/06/2012 – Archivo Nº 1.577 – Dpto. Capayán»; Considerando párrafo 2º donde dice: «Que el mismo se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria y de Mandatos con relación a la Matrícula 1.893- Folio Real – Departamento Capayán y tiene como titular al Estado Provincial»; debe leerse: «Que el mismo se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria y de Mandatos con relación a la Matrícula 1.898- Folio Real – Departamento Capayán y tiene como titular al Estado Provincial»; Artículo 1º donde dice: «Disponer la transferencia de la parcela propiedad del Estado Provincial a la jurisdicción del Ministerio de Salud, al que lo remplace o sustituya en el futuro, ubicada en el Distrito Los Angeles, Departamento Capayán, que se encuentra registrada en Administración General de Catastro con la Matrícula Catastral 06-21-07-9854 (lote 1) determinada por determinada por Plano de Mensura y Subdivisión, aprobado por Resol. AGC. Nº 167 de fecha 27/06/2012 -, Archivo Nº 1.577- Dpto. Capayán e inscripta en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria y de Mandatos a nombre del ESTADO PROVINCIAL con relación a la Matrícula 1.983Folio Real- Dpto. Capayán; bajo condición resolutoria», debe leerse: «Disponer la transferencia de la parcela propiedad del Estado Provincial a la jurisdicción del Ministerio de Salud, al que lo remplace o sustituya en el futuro, ubicada en el Distrito Los Angeles, Departamento Capayán, que se encuentra registrada en Administración General de Catastro con la Matrícula Catastral 06-21-079354 (lote 6) determinada por determinada por Plano de Mensura y Subdivisión, aprobado por Resol. AGC. Nº 167 de fecha 27/06/2012 -, Archivo Nº 1.577- Dpto. Capayán e inscripta en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria y de Mandatos a nombre del ESTADO PROVINCIAL con relación a la Matrícula 1.898- Folio Real- Dpto. Capayán; bajo condición resolutoria»; PLANILLA ANEXA …donde dice: «PLANO DE MENSURA Y SUBDIVISION. Aprobado por Resolución A.G.C. Nº 167 de fecha 27 de Junio de 2012 – Archivo Dpto. Capayán Nº 1577».

ARTICULO 4º.- Ratifícase en todas sus partes el contenido del Decreto G. y J. Nº 978 de fecha 16 de Julio de 2014, que no se encuentra comprendido en los alcances del Artículo 3º del presente Decreto.

ARTICULO 5º.- Tomen conocimiento a sus efectos: U.P.E. Unidad Técnica de Coordinación de Acciones de Saneamiento de Títulos y Regularización Dominial, Fiscalía de Estado, Registro de la Propiedad Inmobiliaria y de Mandatos, Subsecretaría de Asuntos Institucionales.

ARTICULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.

 

Firmantes: CORPACCI-Saadi

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 11/2015

  • Sin temas relacionados

  • Este decreto no ha sido derogado

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin temas relacionados

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