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Título: Decreto Acuerdo Nº 548 DERÓGASE EL ANEXO I D) DEL DECRETO ACUERDO Nº 623/2014 Y APRUÉBASE NUEVA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LA SUBSECRETARÍA DE ASISTENCIA EN SALUD PÚBLICA DEL MINISTERIO DE SALUD
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 29 Abril 2015
Fecha de publicacion: 22 Mayo 2015
Cuerpo de Decreto Acuerdo: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 29 de Abril de 2015.
VISTO:
El Expediente D-21445/2014, mediante el cual la Dirección Provincial de Atención Integral a Personas con Discapacidad dependiente de la Subsecretaría de Asistencia en Salud Pública del Ministerio de Salud, solicita aprobación de la Estructura Orgánica y cambio de Denominación; y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Atención Integral a Personas con Discapacidad, desarrolla las acciones necesarias de prevención, rehabilitación y de igualdad real de oportunidades y de trato, enel pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales vigentes en la materia, a los fines de promover su integración efectiva en la sociedad, integrando los actores sociales relacionados con la temática de la Discapacidad, transformando así la Atención en una Asistencia a las Personas.
Que el Artículo 2° de la Ley 4639, faculta al Poder Ejecutivo a disponer la Transformación, Descentralización, Privatización, Creación, Escisión, Fusión, Supresión y Liquidación total o parcial de los Organismos del Poder Ejecutivo.
Que el Artículo 2° de la Ley 4693, de Reorganización de la Estructura Orgánica de los Ministerios, faculta al Poder Ejecutivo a establecer mediante Decreto las Misiones y Funciones, Ámbitos de Competencia y Estructuras Orgánicas de los Ministerios, como asimismo, lo relacionado con las Secretarías y Subsecretarías de Estado y demás Organismos y Entes que dependan directamente del Poder Ejecutivo, Ministerios o que integren la Administración Central y Descentralizada del Gobierno Provincial.
Que el Decreto Acuerdo N° 1544/07 dispone que serán aprobadas por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, en acuerdo de Ministros, las Estructuras Orgánicas hasta nivel de Dirección.
Que se hace estrictamente necesario adecuar el Organigrama del Ministerio de Salud a las necesidades actuales en concordancia con la legislación vigente de la Ley de Carrera del Personal Sanitario y de acuerdo con las políticas de Salud.
Que a fs. 30, mediante Dictamen A.L. N° 101/ 14, toma intervención Asesoría Legal del Ministerio de Salud.
Que a fs. 79, Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública, presta conformidad a la modificación solicitada.
Que a fs. 80/82, obra Nota S. de P. N° 206 de la Subsecretaría de Presupuesto.
Que a fs. 84, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen AGG N° 0166/15, manifestando que no existen objeciones al dictado del instrumento legal que solicita la Directora Provincial de Atención Integral a Personas con Discapacidad.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
ARTICULO 1°.- Derógase el Anexo I d) del Decreto Acuerdo N° 623 de fecha 20 de Mayo de 2014, por la que se aprueba la Nueva Estructura Orgánica de la Subsecretaría de Asistencia en Salud Pública dependiente del Ministerio de Salud.
ARTICULO 2°.- Apruébase la Nueva Estructura Organizacional de la Subsecretaría de Asistencia en Salud Pública dependiente del Ministerio de Salud, que como Anexo I d), forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 3°.- Modifícase la denominación de la Dirección Provincial de Atención Integral a Personas con Discapacidad, la que pasará o denominarse de la siguiente manera: «DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ASISTENCIA INTEGRAL A PERSONAS CON DISCAPACIDAD».
ARTICULO 4°.- Créase la DIRECCIÓN CENTRO TERAPÉUTICO INTEGRAL y la DIRECCIÓN CENTRO DE REHABILITACIÓN NIVEL II AMPLIADO, con dependencia directa de la Dirección Provincial de Asistencia Integral a Personas con Discapacidad.
ARTÍCULO 5°.- Apruébanse los Objetivos y Acciones de la DIRECCIÓN CENTRO TERAPÉUTICO INTEGRAL y la DIRECCIÓN CENTRO DE REHABILITACIÓN NIVEL II AMPLIADO, que como Anexo II forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 6°.- Apruébase la Dotación de Personal Superior y de Gabinete de la Dirección Provincial de Asistencia Integral a Personas con Discapacidad, que se detalla en el Anexo III del presente Instrumento Legal.
ARTICULO 7°.- Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a adoptar las medidas pertinentes y efectuar las adecuaciones, reasignaciones y restructuraciones presupuestarias que resulten necesarias, a fin de dotar de recursos a los organismos creados y poner en ejecución lo dispuesto por el presente instrumento legal.
ARTICULO 8°.- Tomen conocimiento a sus efectos, Ministerio de Salud, Subsecretaría de Asistencia en Salud Pública, Dirección Provincial de Asistencia Integral a Personas con Discapacidad, Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Hacienda y Finanzas, Subsecretaría de Presupuesto, Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública y Dirección Provincial de Recursos Humanos.
ARTICULO 9°.- Comuníquese, Publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CORPACCI-Saadi-Aredes-Chico-Villagra-Ariza-Dusso-Barros-Aparicio
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: