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Detalle del Decreto 824
  

 

Título: Decreto GJ. Nº 824 CONVOCASE A ELECCIONES PRIMARIAS, ABIERTAS, SIMULTANEAS Y OBLIGATORIAS PARA EL 09 DE AGOSTO DE 2015

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 4 Junio 2015

Fecha de publicacion: 5 Junio 2015

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Decreto GJ. Nº 824
CONVOCASE A ELECCIONES PRIMARIAS, ABIERTAS, SIMULTANEAS Y OBLIGATORIAS PARA EL 09 DE AGOSTO DE 2015

San Fernando del Valle de Catamarca, 04 de Junio de 2015.

VISTO:
Lo establecido en Decreto Nacional Nº 775/ 2015, Ley Nacional Nº 15.262, Decreto Reglamentario Nº 17.265; arts. 72, 73, 74, 80, 81, 90, 144, 149 inc. 9, 232, 233, 250, 252 inc. 1, concordantes de la Constitución Provincial, la Ley N° 628, en el marco de la Ley N° 5437 y demás disposiciones legales; y

CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nacional Nº 775/2015, convoca al electorado de la NACION ARGENTINA a las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias para la elección de candidatos a PRESIDENTE y VICEPRESIDENTE DE LA NACION, SENADORES Y DIPUTADOS NACIONALES Y PARLAMENTARIOS DEL MERCOSUR de los distritos Nacional y Regionales el día 9 de Agosto de 2015.
Que la Ley Nº 5437, estableció en el ámbito de la Provincia de Catamarca, el régimen de elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias para la selección de candidatos a cargos electivos para todos los partidos políticos, confederaciones y alianzas electorales que deseen participar en las elecciones generales.
Que el Artículo 14º de la Ley Nº 5437 dispone que el Poder Ejecutivo debe dictar la pertinente convocatoria a elecciones con una antelación no menor a los SESENTA (60) días corridos del acto eleccionario.
Que en lo que respecta a las Cámaras Legislativas, la convocatoria debe hacerse para elegir veinte (20) candidatos a Diputados Provinciales Titulares y seis (6) Suplentes, ocho (8) candidatos a Senadores Provinciales Titulares y ocho (8) candidatos a Senadores Provinciales Suplentes y elección de candidatos a Intendentes y candidatos a Concejales Municipales según corresponda, y para lo cual deberán efectuarse las respectivas Convocatorias a Comicios por parte de las autoridades municipales competentes.
Que la Ley Nacional Nº 15.262 sobre Simultaneidad de Elecciones Nacionales, Provinciales y Municipales, en su Artículo 1º establece que las provincias que hayan adoptado o adopten en el futuro el Registro Nacional Electoral, podrán realizar sus elecciones provinciales y municipales simultáneamente con las elecciones nacionales, bajo las mismas autoridades de comicio y de escrutinio, en la forma que establezca la reglamentación.
Que el Artículo 40º de la Ley Nº 5437 establece que en caso que las primarias y las elecciones fueran convocadas para ser realizadas en idéntica fecha a la de celebración de elecciones nacionales, regirán las disposiciones del Código Electoral Nacional y de la Ley Nacional Nº 26.571, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nacional Nº 15.262 de Simultaneidad de Elecciones.
Que el Decreto Nacional Nº 17.265/59 reglamentario de la Ley Nº 15.262, en su Artículo 1º, establece que los decretos de convocatoria que dicten los gobiernos de provincia, deberán expresar que la elección se realizará con sujeción a la Ley Nº 15.262 y a las normas de la ley nacional de elecciones.
Que de conformidad al Artículo 7º del Decreto Nacional Nº 17.265, Reglamentario de la Ley Nacional Nº 15.262, se deberá comunicar al Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, que la Provincia de Catamarca se acoge al régimen de simultaneidad de elecciones Provinciales y Municipales con las Nacionales.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149º Inciso 9 de la Constitución de la Provincia de Catamarca.

Por ello;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA

ARTICULO 1º.- Convócase al pueblo de la Provincia de Catamarca para el día 9 de Agosto de 2015 a Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias para la elección de candidatos a Gobernador y Vicegobernador de la Provincia, y veinte (20) candidatos a Diputados Provinciales y seis (6) Suplentes.

ARTICULO 2º.- Convócase para el día 9 de Agosto de 2015, a Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias al Pueblo de los Departamentos Ambato, Andalgalá, Belén, Capital, Fray Mamerto Esquiú, Pomán, Santa Rosa y Valle Viejo, a fin de elegir un (1) candidato a Senador Titular y un (1) candidato a Senador Suplente por Departamento.

ARTICULO 3º.- La elección de candidato a Gobernador y Vicegobernador y candidato Senadores a Provinciales Titulares y Suplentes, se realizará en forma directa y a simple pluralidad de votos.

ARTICULO 4º.- La elección de candidatos a Diputados Provinciales Titulares y Suplentes serán elegidos directamente por el pueblo conforme a lo establecido por el Artículo 30º de la Ley Nº 5437.

ARTICULO 5º.- Los candidatos postulantes a los cargos anteriormente indicados deberán reunir los requisitos y condiciones fijados en la Constitución de la Provincia, legislación vigente sobre la materia y no estar comprendidos en ninguna de las inhabilidades legales previstas.

ARTICULO 6º.- Invítase a las Municipalidades de la provincia, a adherir al presente decreto disponiendo las pertinentes convocatorias a elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 252º Inc. 1 y 12 de la Constitución de la Provincia, y Artículos 19º y 43º Inc. 3 de la Ley 4640 y artículo 28º de la Ley Nº 4628.

ARTICULO 7º.- La convocatoria a elecciones efectuada mediante el presente decreto, simultáneamente con las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias Nacionales, se realizan con sujeción a la Ley Nacional Nº 15.262, y modificatorias, Decreto Reglamentario Nº 17.265/59, y conforme a las normas de la Ley Nacional de Elecciones.

ARTICULO 8º.- Con nota de estilo, Notifíquese el Presente Decreto al Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, Juzgado Federal con Competencia Electoral, Juzgado Electoral de la Provincia y Tribunal Electoral de la Provincia.

ARTICULO 9º.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: CORPACCI-Saadi

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
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