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Título: Decreto ECyT. N° 650 APRUEBASE EL REGLAMENTO DE LA CONSTITUCION, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO GENERAL DE EDUCACION Y CONSEJOS EDUCATIVOS REGIONALES – LEY DE EDUCACION PROVINCIAL Nº 5381
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 13 Mayo 2015
Fecha de publicacion: 16 Junio 2015
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 13 de Mayo de 2015.
VISTO:
El Expediente A - N° 3648/2015, por el que el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología tramita la aprobación del Reglamento de Constitución y Funcionamiento del Consejo General de Educación y de los Consejos Educativos Regionales conforme a lo establecido en Ley de Educación Provincial Nº 5.381, y
CONSIDERANDO:
Que con base en el modelo sociopolítico educativo de la democracia participativa que genera el nuevo paradigma educativo establecido por la Ley 26.206 y la Ley 5.381, el Artículo 121º de esta última dispone que «El Sistema Educativo Provincial se organizará por regiones, en concordancia con las de desarrollo económico, social y productivo de la Provincia, sobre la base de descentralización operativa de los servicios educativos, de salud, de desarrollo social, de cultura y deporte. A tal fin se crearán Consejos Educativos Regionales, dependientes del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología».
Que por su parte, el Artículo 119º de la Ley de Educación Nacional 26.206 establece: «El Consejo General de Educación será presidido por el Ministro de Educación, Ciencia y Tecnología e integrado por los Coordinadores de los Consejos Regionales de Educación, representantes de los Ministerios de Salud, Desarrollo Social y Producción, representantes de los Credos reconocidos, Gremios docentes, Padres, Cámaras de Producción, Organizaciones Sociales» y el Artículo 120º dispone que: «El Consejo General de Educación constituye un órgano consultivo y asesor del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología» y en su defecto, se enuncian las funciones propias del Consejo.
Que por razones de índole legal, operativa y de reordenamiento estratégico resultó necesario proyectar una nueva conformación organizativa de la estructura del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, siguiendo los parámetros establecidos por la Ley de Educación Provincial Nº 5.381; emitiéndose, a tal efecto, el Decreto Acuerdo Nº 2.425/2015 que aprueba el Organigrama Básico del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, incorporando el Consejo General de Educación y los Consejos Educativos Regionales.
Que en consecuencia, surge la necesidad de reglamentar la constitución, organización y funcionamiento del Consejo General de Educación y los Consejos Educativos Regionales conforme a los parámetros establecidos por la Ley 5.381.
Que a fs. 17/18, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen A.G.G. Nº 0347/2015, quien habiendo analizado y efectuado las observaciones pertinentes al proyecto de decreto, eleva lo actuado para la continuidad del trámite.
Que asimismo interviene a fs. 19/20, la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología mediante Dictamen Nº 083/2013, en el que expresa que de acuerdo con lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno, es viable que se apruebe el instrumento reglamentario para la constitución y funcionamiento del Consejo General de Educación y los Consejos Educativos Regionales.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149º de la Constitución Provincial.
ARTICULO 1°.- Apruébese el Reglamento de Constitución, Organización y Funcionamiento del Consejo General de Educación y de los Consejos Educativos Regionales, conforme a la Ley de Educación Provincial Nº 5.381, que como Anexo Unico forma parte del presente instrumento.
ARTICULO 2°.- Facúltese al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia, para formular toda norma específica y complementaria que resulte necesaria a efectos de la Constitución, Organización y Funcionamiento del Consejo General de Educación y los Consejos Educativos Regionales.
ARTICULO 3°.- Tomen conocimiento: Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Subsecretaría de Coordinación Administrativa, Ministerio de Hacienda y Finanzas, Subsecretaría de Presupuesto, Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, Publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CORPACCI-Ariza
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: