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Título: Decreto PyM. N° 1129 RATIFICASE EN TODAS SUS PARTESEL CONVENIO MARCO DE COLABORACION SUSCRIPTO ENTRE LA PROVINCIA DE CATAMARCA YEL MINISTERIO DE TRANSPORTE DELA NACION Y LOS CONVENIOS ESPECIFICOS DE «ASISTENCIATECNICA Y ECONOMICA» SOBRETERMINALES DE TRANSPORTE Y RED DE CICLOVIAS Y BICISENDAS SEGURAS
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 14 Junio 2021
Fecha de publicacion: 29 Junio 2021
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Decreto PyM. N° 1129
RATIFICASE EN TODAS SUS PARTESEL CONVENIO MARCO DE COLABORACION SUSCRIPTO ENTRE
LA PROVINCIA DE CATAMARCA YEL MINISTERIO DE TRANSPORTE DELA NACION Y
LOS CONVENIOS ESPECIFICOS DE «ASISTENCIATECNICA Y ECONOMICA» SOBRETERMINALES
DE TRANSPORTE Y RED DE CICLOVIAS Y BICISENDAS SEGURAS
San Fernando del Valle de Catamarca, 14 deJunio de 2021.
VISTO:
El Expediente EX-2021-00446925-CATDPIP#MPM, mediante el cual se tramita laratificación del Convenio Marco de Colaboraciónsuscripto entre Provincia de Catamarca y el
Ministerio de Transporte de la Nación, y losAcuerdos Convenios Específicos surgidos del
mismo, sobre terminales de transporte y red deciclovías y bicisendas seguras, como así tambiénla delegación de facultades en el MinisterioPlanificación y Modernización para llevar adelantela función administrativa de control y rendición decada acuerdo; y
CONSIDERANDO:
Que el Convenio Marco de Colaboración suscripto entre el Ministerio de Transporte de la
Nación y la Provincia de Catamarca de fecha 24 de Febrero de 2021, tiene por objeto la cooperación
entre las partes en materia de asistencia técnica y coordinación de esfuerzos para el desarrollo de las
estrategias, programas, proyectos y otros objetivos afines a ellos, tendientes a garantizar el acceso a la
movilidad de corta, media y larga distancia mediante la renovación y definición de pautas
operativas para la implementación de un nuevo sistema de transporte público de pasajeros y el
desarrollo de transporte público sustentable mediante la ampliación de la red de bicisendas y
ciclovías seguras.
Que a orden 03, obra Nota N° NO-2021- 00466879-CAT-SIPE#MPM de fecha 28 de Mayo
de 2021, suscripto por la Secretaría de Planificación e Inversión Pública dirigida a la Señora Ministra
de Planificación y Modernización, solicitando se gestione ante el Sr. Gobernador de la Provincia, la
ratificación de los Convenios suscriptos con el Ministerio de Transporte de la Nación y la Provincia
de Catamarca, y la delegación de facultades en este Ministerio para poder llevar adelante las
obligaciones asumidas por el Convenio Marco y los específicos, en lo relativo a la Red de Vías
Seguras y Terminales de Transporte en los municipios.
Que a orden 04/11, se adjuntan los Convenios específicos suscriptos por el Poder Ejecutivo
Provincial con diversos municipios, para la realización de las siguientes obras: «Implantación
de la Nueva Terminal de Ómnibus de Chumbicha - Catamarca»; «Refacción de la Terminal de Ómnibus
Fiambalá - Catamarca»; «Red de Vías Seguras para ciclistas Huillapima - Capayán -Catamarca»;
«Implantación de nuevo parador de ómnibus Mutquín - Catamarca»; «Red de Vías Seguras para
Ciclistas ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca - Catamarca»; «Refacción de la Terminal
de Ómnibus Saujíl - Catamarca»; «Red de Vías Seguras para ciclistas ciudad de Tinogasta -
Catamarca» y «Red de Vías Seguras para ciclistas Valle Viejo - Catamarca».
Que a orden 12, obra Copia Digitalizada N°COPDI-2021 -00467631-CAT-DPIP#MPM defecha 28 de Mayo de 2021, por la cual se adjunta«Convenio Marco de Colaboración entre el
Ministerio de Transporte de la Nación y la Provinciade Catamarca», suscripto con fecha 24 de Febrerode 2021.
Que conforme la Ley N° 22.520 (T.O Dec. N°438/92), el Ministerio de Transporte de la Nación,
resulta competente para llevar adelante las accionestendientes a lograr la efectiva integración regional
del territorio, conforme las pautas que determine lapolítica nacional de ordenamiento territorial yentender en la coordinación, ejecución y regulaciónde la política nacional de transporte terrestre, en el
fomento y desarrollo técnico y económico de lossistemas de transporte.
Que en consonancia con estas facultades, laProvincia ha manifestado la necesidad de desarrollarlos ejes propuestos en su Plan EstratégicoTerritorial, en cuanto al desarrollo de corredoresde vinculación regional a distintas escalas, que vandesde lo provincial hasta lo nacional e internacional.
Que así la Provincia propone garantizar el
acceso a movilidad de media y larga distancia,
mejorando el sistema de transporte público depasajeros, mediante la creación de nuevasterminales de ómnibus y refacción y terminaciónde las existentes. Todo ello, a la vez que proponeincorporar un sistema de transporte públicosustentable, mediante la ampliación de la red debicisendas y ciclovías seguras, favoreciendo untransporte saludable amigable con el medioambiente.
Que el Anexo I de la Decisión AdministrativaN° 4 de fecha 15 de Enero de 2021 de la Jefatura deGabinete de Ministros de la Nación, dispusoresolver los problemas que son producto de laconcentración urbana, tales como el aumento de lostiempos de desplazamiento, costos y niveles decongestión, inseguridad en las paradas de transporte,
la obsolescencia y el deterioro de las terminales debuses de media y larga distancia, la inseguridad vial
producto de la circulación de vehículos pesados en zonas urbanas, el deterioro de la infraestructura por
falta de mantenimiento, con el objeto de promover la conectividad de las ciudades del interior que
cuentan con servicios de trasporte de baja calidad y que no pueden ser sostenibles económicamente
en el tiempo.
Que para el cumplimiento de esos fines, la norma prevé que se despliegue un Plan Nacional
de Transporte Urbano, que promueva ciudades más equitativas, con una red de transporte público
frecuente y rápido; la construcción de obras, el logro de la sustentabilidad edilicia, la accesibilidad
universal a la movilidad, que garantice una infraestructura accesible para mejorar la seguridad
de mujeres, niños, adolescentes y personas con discapacidad, entre otras.
Que a orden 18, interviene la Dirección Legal y Técnica del Ministerio de Planificación y
Modernización mediante Dictamen N° IF-2021- 00493992-CAT-DLT#MPM de fecha 04 de Junio
de 2021, en el cual expresa : «Que de acuerdo a la estructura orgánica vigente del Poder Ejecutivo
Provincial y con arreglo a la Ley N° 5.635 de fecha 05 de Diciembre de 2019 y el Decreto Acuerdo N°
24 de fecha 09 de Diciembre de 2019, se creó el Ministerio de Planificación y Modernización
aprobándose su estructura orgánica, objetivos y acciones, los que forman parte de tales instrumentos
como anexos. Que por haber sido este ministerio el gestor del financiamiento obtenido ante Nación y
en razón de sus competencias de tipo transversal, se propugna la delegación de facultades para llevar
adelante la función administrativa de control y rendición ante el Ministerio de Transporte de la
Nación, respecto de cada uno de los convenios específicos. Que en el organigrama del Ministerio
de Planificación y Modernización se creó la Secretaría de Planificación e Inversión Pública,
quién a través de la Dirección Provincial de Inversión Pública, resulta competente para
intervenir en las tareas que surgen de los presentes convenios por medio de su responsable de
proyectos. Que el presente dictamen jurídico, se emite en estricto cumplimiento de lo establecido
por los Artículos 26 y siguientes del Código de Procedimientos Administrativos - Ley 3.559 para
su validez. Por lo expuesto, estima que el titulardel Poder Ejecutivo Provincial, se encuentra encondiciones de dictar el Decreto que ratifique el
Convenio Marco de Colaboración suscripto entrela Provincia de Catamarca y el Ministerio deTransporte de la Nación y los Acuerdos ConveniosEspecíficos surgidos del mismo, sobre terminalesde transporte y red de ciclovías y bicisendas seguras,
como así también la delegación de facultades en el
Ministerio Planificación y Modernización parallevar adelante la función administrativa de control
y rendición de cada acuerdo».
Que a orden 21, toma intervención que lecompete Asesoría General de Gobierno, medianteDictamen de Firma Conjunta N° IF-2021-00520796-CAT-AGG de fecha 12 de Junio de 2021,
manifestando que conforme la ley N.° 22.520 (T.ODec. N° 438/92), el Ministerio de Transporte de laNación, resulta competente para llevar adelante lasacciones tendientes a lograr la efectiva integraciónregional del territorio, conforme las pautas quedetermine la política nacional de ordenamientoterritorial y entender en la coordinación, ejecucióny regulación de la política nacional de transporteterrestre, en el fomento y desarrollo técnico yeconómico de los sistemas de transporte. Enconsonancia, con estas facultades, la provincia hamanifestado la necesidad de desarrollar los ejespropuestos en su Plan Estratégico Territorial, encuanto al desarrollo de corredores de vinculaciónregional a distintas escalas y en consecuencia, laProvincia propone garantizar el acceso a movilidadde media y larga distancia, mejorando el sistemade transporte público de pasajeros, mediante lacreación de nuevas terminales de ómnibus yrefacción y terminación de las existentes. Todo ello,
a la vez que propone incorporar un sistema detransporte público sustentable, mediante laampliación de la red de bicisenda y ciclovía segura,
favoreciendo un transporte saludable, amigable conel medio ambiente y con sistema de bicicletaspúblicas. Agrega que de acuerdo a la estructuraorgánica vigente del Poder Ejecutivo Provincial ycon arreglo a la ley N° 5635 de fecha 05 deDiciembre de 2019 y el Decreto Acuerdo N° 24 defecha 09 de Diciembre de 2019 se creó el Ministeriode Planificación y Modernización aprobándose su
estructura orgánica, objetivos y acciones, los que forman parte de tales instrumentos, y que por haber
sido dicho Ministerio el gestor del financiamiento obtenido ante Nación y en razón de sus
competencias, se propugna la delegación de facultades para llevar adelante la función
administrativa de control y rendición ante el Ministerio de Transporte de la Nación, respecto de
cada uno de los convenios específicos. Agrega que la delegación de las actuaciones administrativas
definida por el autor Dr. Agustín Gordillo en su Tratado de Derecho Administrativo como: «La
delegación es una decisión del órgano administrativo competente, por la cual transfiere el
ejercicio de todo o parte de su competencia a un órgano jerárquicamente inferior, o sometido a tutela
administrativa...». La delegación es nada más que un medio jurídico, concreto e individual, ofrecido
al órgano a quien le compete una función determinada, de poder desgravarse temporalmente
del peso del ejercicio de esa competencia propia; ésta no puede implicar renunciar definitivamente a
la competencia; tampoco desentenderse de la responsabilidad originaria que el órgano titular de
la competencia tiene respecto a la forma en que ella
se ejercita. La delegación no significa así una determinación de nuevas estructuras de
competencia; el acto de delegación interviene en el ámbito de un ordenamiento o estructura de
competencias ya establecido y no lo modifica en modo alguno estructuralmente. Es sólo en la
dinámica de la actuación administrativa que produce
sus efectos jurídicos. Por lo antes expuesto y en orden al cumplimiento de los recaudos legales
exigidos por la normativa aplicable, considera que será procedente la emisión del acto administrativo
por medio del cual se ratifica el Convenio Marco de Colaboración suscripto entre la Provincia de
Catamarca y el Ministerio de Transporte de la Nación con fecha 24 de Febrero de 2021 y los
Convenios Específicos surgidos del mismo sobre
terminales de transporte y red de ciclovías y bicisendas seguras, conforme lo detallado en el
exordio, como así también facultar al Ministerio de Planificación y Modernización a celebrar los
Convenios Específicos necesarios para la ejecución de los proyectos y facultades para intervenir en el
proceso administrativo de control y rendición decuentas ante el Ministerio de Transporte de laNación.
Que el presente acto se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el Artículo 149° de laConstitución Provincial.
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LAPROVINCIA DE CATAMARCADECRETA
ARTÍCULO 1°.- Ratificase en todas sus partesel Convenio Marco de Colaboración suscripto entrela Provincia de Catamarca y el Ministerio deTransporte de la Nación de fecha 24 de Febrero de2021, y los Convenios Específicos de «AsistenciaTécnica y Económica» surgidos del mismo sobreTerminales de Transporte y Red de Ciclovías yBicisendas Seguras, para los Municipios deChumbicha, Fiambalá, Huillapima, Mutquín,
Saujíl, Tinogasta, Valle Viejo y San Fernando del
Valle de Catamarca,
ARTÍCULO 2°.- Facúltase al Ministerio dePlanificación y Modernización, para celebrar losConvenios Específicos necesarios para la ejecuciónde los proyectos, con facultades para intervenir enel proceso administrativo de control y rendición decuentas ante el Ministerio de Transporte de laNación.
ARTÍCULO 3°.- Tomen conocimiento a susefectos: Ministerio de Planificación yModernización y Tribunal de Cuentas de laProvincia.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese,dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: JALIL - Peralta Molina
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil
Observaciones: