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Título: Decreto Acuerdo N° 1060 AUTORÍZASE A LA SECRETARÍA DE ESTADO DE CULTURA A LA EXCEPCIÓN POR UNICA VEZ, EN MATERIA DE CONCESION DE USO ESPECIAL DE LOS BIENES DEL PREDIO FERIAL CATAMARCA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 3 Julio 2015
Fecha de publicacion: 11 Ago. 2015
Cuerpo de Decreto Acuerdo: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 03 de Julio de 2015.
VISTO:
El Expediente S/3501/2015, por el cual la Secretaría de Estado de Cultura solicita la excepción por única vez, en materia de concesión de uso especial de los bienes del PREDIO FERIAL CATAMARCA, que requiere la ejecución de Eventos Artísticos, Culturales y similares, en el marco de la «XLV EDICIÓN DE LA FIESTA NACIONAL E INTERNACIONAL DEL PONCHO 2015»; y
CONSIDERANDO:
Que, la Secretaría de Estado de Cultura solicita excepciones por única vez en la forma y métodos de concesión de uso especial de bienes, que le permita organizar los Eventos Artísticos, Culturales y Similares, en el marco de la «XLV EDICIÓN DE LA FIESTA NACIONAL E INTERNACIONAL DEL PONCHO 2015», a llevarse a cabo entre los días 09 al 19 de Julio de 2015.
Que, la actividad que se pretende excepcionar se encuentra normada por el Capítulo XXI Artículos N° 129 al 139 - Reglamento Parcial N° 2 de la Ley 4938 - «Ley de Administración Financiera, las Contrataciones, la Administración de los Bienes y los Sistemas de Control del Sector Público Provincial» - aprobado por Decreto Acuerdo N° 2248/08.
Que dada la inminencia del inicio de la Fiesta Nacional e Internacional del Poncho, se hace necesario autorizar excepcionalmente el procedimiento de selección mediante la modalidad de Contratación Directa por Significación Económica - Artículo 98°, Inciso c) de la Ley 4938, permitiendo ello la percepción de recursos por concesiones de uso especial de espacios públicos ubicados en el PREDIO FERIAL CATAMARCA.
Que, para ello resulta menester modificar el Artículo 23°, Inciso a), del Reglamento Parcial N° 2 de la Ley 4938, aprobado por Decreto Acuerdo N° 2248/08, Contratación Directa por Significación Económica - Montos - como así también el Artículo 51°, Inciso a), del plexo normativo antes citado Autoridades Competentes .
Que, atento a la necesidad operativa resulta necesario modificar el Artículo 19° del Reglamento Parcial N° 2 de la Ley 4938, aprobado por Decreto Acuerdo N° 2248/08.
Que, la Dirección Provincial de Administración Financiera de la Secretaría de Estado de Cultura informa que la percepción de recursos que se pretende, tendrá como imputación presupuestaria en la Fuente de Financiamiento N° 338 - Producido de la Fiesta Nacional e Internacional del Poncho Secretaría de Estado de Cultura.
Que a fs. 20/22 y 23/25, obra Dictámenes N° 45 /15 y 46/15 de Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Cultura.
Que a fs. 28/31, interviene Contaduría General de la Provincia mediante Informe N° 881/15.
Que a fs. 43, obra Nota S. de P. N° 1521/15 de la Subsecretaría de Presupuesto.
Que a fs. 45/46, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N° 0796/15, manifestando que el objeto de estos obrados resulta sustancialmente procedente en virtud de lo normado por el Artículo 69° inciso a) del Reglamento Parcial N° 1 de la Ley N° 4938. Puede el Poder Ejecutivo Provincial dictar el acto administrativo pertinente (Decreto).
Que, el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149º de la Constitución de la Provincia.
ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la Secretaría de Estado de Cultura, en forma excepcional y por única vez, en el marco de la «XLV EDICIÓN DE LA FIESTA NACIONAL E INTERNACIONAL DEL PONCHO 2015», a la percepción de recursos en efectivo, en bienes y/o servicios, por concesiones de uso especial de los espacios públicos del PREDIO FERIAL CATAMARCA.
ARTÍCULO 2°.-Autorízase a la Secretaría de Estado de Cultura, en forma excepcional y por única vez, a contratar bajo el Régimen de Contratación Directa por Significación Económica según lo normado por el Artículo 98°, Inciso c) de la ley 4938, y el Artículo 23°, Inciso a), Contrataciones Directas por Significación Económica del Reglamento Parcial N° 2 - aprobado por Decreto Acuerdo 2248/08, modificado por Decreto Acuerdo N° 1348/12, para la percepción de recursos en efectivo, en bienes y/o servicios, por concesiones de uso especial de los espacios públicos del PREDIO FERIAL CATAMARCA, ello en el marco de la «XLV EDICIÓN DE LA FIESTA NACIONAL E INTERNACIONAL DEL PONCHO 2015».
ARTÍCULO 3º .-Modifícase, en forma excepcional y por única vez, lo dispuesto por el Artículo 36° , Inciso b), Garantía de Cumplimiento de Contrato; del Reglamento Parcial N° 2 de la Ley 4938, aprobado por Decreto Acuerdo 2248/08, cuyo límite se incrementará hasta el importe del TREINTA Y TRES POR CIENTO (33 %) del valor total de la adjudicación, en concepto de GARANTÍAS por la Concesión de Espacios Públicos del PREDIO FERIAL CATAMARCA, en el marco de la «XLV EDICIÓN DE LA FIESTA NACIONAL E INTERNACIONAL DEL PONCHO 2015».
ARTÍCULO 4°.- Conforme lo normado por el Artículo 51°, Inciso a) Autoridades Competentes, del Reglamento Parcial N° 2 de la Ley 4938, aprobado por Decreto Acuerdo 2248/08, facúltase a la Secretaría de Estado de Cultura como autoridad competente para autorizar, aprobar y adjudicar los procedimientos de Contratación Directa por Significación Económica, para la percepción de recursos en efectivo, bienes y/o servicios, por concesiones de uso especial de los espacios públicos del PREDIO FERIAL CATAMARCA, ello en el marco de la «XLV EDICIÓN DE LA FIESTA NACIONAL E INTERNACIONAL DEL PONCHO 2015».
ARTÍCULO 5°.- Exclúyase a la Secretaría de Estado de Cultura, del alcance de lo dispuesto en el Artículo 19° del Reglamento Parcial N° 2 de la Ley 4938 - aprobado por Decreto Acuerdo 2248/08 - en el marco de la «XLV EDICIÓN DE LA FIESTA NACIONAL E INTERNACIONAL DEL PONCHO 2015».
ARTÍCULO 6°.- Modifícase las previsiones del Artículo 58° del Reglamento Parcial N° 2 de la Ley 4938, aprobado por Decreto Acuerdo 2248/08, facultándose a la Secretaría de Estado de Cultura a realizar como mínimo una (1) publicación, en un (1) diario de edición local de la Provincia de Catamarca, con una antelación de por lo menos tres (3) días hábiles a la fecha de apertura, en las invitaciones a participar en las Contratación Directa por Significación Económica, para la percepción de recursos en efectivo, bienes y/o servicios, por concesiones de uso especial de los espacios públicos del PREDIO FERIAL CATAMARCA.
ARTÍCULO 7º .- Los fondos que perciba la Secretaría de Estado de Cultura a través de la Dirección Provincial de Administración Financiera S.A.F. 018, en virtud de lo dispuesto por el presente instrumento, serán administrados a través de la Cuenta Corriente del Banco de la Nación Argentina, Sucursal San Fernando del Valle de Catamarca N° 46601632/76.
ARTICULO 8°.-Los recursos que surjan de lo normado por el presente Decreto, deberán imputarse a las partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio vigente, que integrarán la Fuente de Financiamiento N° 338.
ARTICULO 9º.- Tomen conocimiento: Secretaría de Estado de Cultura, Dirección Provincial de Administración Financiera S.A.F. 018, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Tribunal de Cuentas de la Provincia.
ARTICULO 10°.-Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CORPACCI-Saadi-Aredes-Chico-Villagra-Ariza-Dusso-Aparicio
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: