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Detalle del Decreto Acuerdo 1068
  

 

Título: Decreto Acuerdo N° 1068 CREASE LA UPE RESIDENCIA UNIVERSITARIA PROVINCIAL EN AMBITO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGIA

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 3 Julio 2015

Fecha de publicacion: 14 Ago. 2015

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Decreto Acuerdo N° 1068
CREASE LA UPE RESIDENCIA UNIVERSITARIA PROVINCIAL EN AMBITO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGIA

San Fernando del Valle de Catamarca, 03 de Julio de 2015

VISTO:
El Expediente S-9411/2015 Agregado D-7866/ 2015, por el cual el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, tramita la creación de la UPE- Residencia Universitaria Provincial «Abuelas de Plaza de Mayo»; y

CONSIDERANDO:
Que a fs. 01, mediante Nota S.P.E. N° 28/2015, la Subsecretaría de Planeamiento Educativo, eleva para consideración del Ministro de Educación, Ciencia y Tecnología, pedido de Creación de la UPE- Residencia Universitaria Provincial «Abuelas de Plaza de Mayo» en el ámbito del mencionado Ministerio.
Que la UPE - Residencia Universitaria Provincial es un emplazamiento estructural destinado a albergar a jóvenes del interior provincial catamarqueño que deseen iniciar o continuar sus estudios superiores en el ámbito de la Universidad Nacional de Catamarca; y se inscribe en la meta de incrementar la misión principal de garantizar el acceso de todos/as los/as ciudadanos/as a la información y al conocimiento como instrumento centrales de la participación en un proceso de desarrollo con crecimiento económico y justicia social, consagrado en la Ley de Educación Nacional 26.206 (Artículo 7°).
Que el Estado Provincial, considera la necesidad de promover y ponderar el desarrollo de ciudadanos con una formación académica superior que se traduce en la consolidación de competencias científicas, profesionales, docentes o técnicas, con responsabilidades, espíritu reflexivo y ético, que impulsaran mejores y mayores posibilidades en el ámbito económico, social, y cultural con criterios de igualdad, justicia y calidad, asegurando no sólo la inclusión, sino también la permanencia y promoción del derecho a la educación.
El desafío de democratizar la educación implica, entonces, articular de manera coherente tras ejes de la política educativa: la inclusión, la igualdad y la calidad en todos los niveles y modalidades de la educación. Que los desafíos asumidos son complejos, sin embargo los impulsa la convicción de que la educación sigue siendo la herramienta más tenaz para luchar contra la pobreza, la desigualdad y la exclusión social, para restituir la cohesión y el tejido social, para formar ciudadanos libres, concientes de la historia y comprometidos con el bien común.
Que la residencia universitaria tiende a promover la igualdad de oportunidades, a partir del acceso a un Sistema de Becas, de quienes se vean imposibilitados de acceder a carreras universitarias de grado en el ámbito de la Educación Superior Universitaria, garantizando no solo el acceso sino la permanencia hasta el egreso en condiciones dignas cuya programación edilicia responde a las necesidades básicas y de esparcimiento, construidos con criterios y normas para el cuidado de la salud integral.
Que dicha creación constituye una respuesta a una demanda real que, hasta la fecha, es atendida a través de los edificios de índole privado, que constituye un posicionamiento desigual  de quienes no cuentan con las posibilidades económicas al momento de afrontar los gastos que ello implica, brindando a los estudiantes, departamentos equipados y amoblados, con sectores  específicos para afrontar las necesidades de alimentación, aseo, descanso y estudio.
Que es facultad del Poder Ejecutivo Provincial disponer la transformación, descentralización, privatización, creación, escisión, fusión, supresión y liquidación total o parcial de los organismos del Poder Ejecutivo.
Que es facultad del Poder Ejecutivo Provincial establecer mediante decreto las Misiones y Funciones, Ámbitos de Competencia y estructura Orgánica de los Ministerios, como así también lo relacionado con las Secretarías y Subsecretarías de Estado y demás organismos y entes que dependan directamente del Poder Ejecutivo, Ministerios o que integren la Administración Central y Descentralizada del Gobierno Provincial.
Que el Decreto Acuerdo N° 1544/2007 dispone que serán aprobados por Decreto del Poder Ejecutivo, en Acuerdos Ministros, las estructuras orgánicas hasta el Nivel de Dirección.
Que a fs. 28/31, obra Dictamen A.L.G. N° 038/ 2015 emitido por Asesoría Legal de Gabinete del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en el que considera dar continuidad al trámite de creación de la UPE - Residencia Universitaria Provincial «Abuelas de Plaza de Mayo» incorporando a la misma a la estructura orgánica básica del referido Ministerio.
Que a fs. 50, la Subsecretaría de Presupuesto, mediante Nota S. de P. N° 1125 de fecha 08 de Mayo de 2015, informa que teniendo en cuenta la Planta de Personal aprobada por Ley 5.379 de Presupuesto para el Ejercicio 2014, prorrogada mediante Decreto Acuerdo N° 03/2015 para el Ejercicio 2015. El Ministerio cuenta con cargos vacantes, para continuar con la modificación de la estructura orgánica.
Que a fs. 56/57, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen A.G.G. N° 752/2015, manifestando que la postulación encuentra sustento legal en el régimen del Decreto Acuerdo N° 1544 de fecha 30 de Octubre de 2007, que aprueba el mecanismo de elaboración, tramitación y financiamiento de las estructuras orgánicas de la Administración Pública, por lo que puede el Poder Ejecutivo emitir el instrumento legal (Decreto Acuerdo) pertinente.
Que la Provincia, como una obligación y carga constitucional, es la de garantizar la educación integral no solo de los niños, sino de la juventud como lo indica el Artículo 65°, Apartado IV, incs. 1), 2) y 3) y Artículos 264° y 266° de la Constitución Provincial.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.

Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Créase la UPE - Residencia Universitaria Provincial «Abuelas de Plaza de Mayo», en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia, con jerarquía de Dirección de Repartición.

ARTICULO 2º.- Apruébase el nuevo Organigrama Básico del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, el que como Anexo I, forma parte integrante del presente Decreto Acuerdo.

ARTICULO 3°.- Apruébase el Reglamento General de acceso, permanencia y egreso a la UPE- Residencia Universitaria Provincial (BECAS RUP), el que como Anexo II, forma parte integrante del presente Instrumento Legal.

ARTÍCULO  4°.- Apruébase el Reglamento General de Funcionamiento - Régimen de Convivencia de la UPE - Residencia Universitaria Provincial, conforme Anexo III, que pasa a formar parte integrante del presente Decreto Acuerdo.

ARTÍCULO 5°.- Facúltese al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia, a formular toda norma específica y complementaria que resulte necesaria para la puesta en funcionamiento y organización de la UPE Residencia Universitaria Provincial «Abuelas de Plaza de Mayo».

ARTÍCULO 6°.- El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología elevará al Poder Ejecutivo en un término de sesenta (60) días, los Organismos, Objetivos, Acciones y Dotación de Personal de las nuevas áreas que lo conforman a partir del presente Decreto Acuerdo.

ARTÍCULO 7°.- Facúltese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a adoptar las medidas pertinentes y a efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias que resulten necesarias, a fin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto en el presente Instrumento Legal.

ARTICULO 8°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Subsecretaría de Educación, Dirección Provincial de Recursos Humanos del área, Subsecretaría de Presupuesto, Ministerio de Hacienda y Finanzas y Secretaría de Vivienda y Desarrollo Urbano.

ARTÍCULO  9°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial, Archívese

 

Firmantes: CORPACCI-Saadi-Aredes-Chico-Villagra-Ariza-Dusso-Barros-Aparicio

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
Complementos

 

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