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Detalle del Decreto Acuerdo 1118
  

 

Título: Decreto Acuerdo Nº 1118 MODIFICASE DECRETO ACUERDO Nº 603 - CREASE NIVEL JERARQUICO DE DIRECCION ASITENCIAL

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 15 Julio 2015

Fecha de publicacion: 21 Ago. 2015

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Decreto Acuerdo Nº 1118
MODIFICASE DECRETO ACUERDO Nº 603 - CREASE NIVEL JERARQUICO DE DIRECCION ASITENCIAL

San Fernando del Valle de Catamarca, 15 de Julio de 2015.

VISTO:
El Expediente S - 10655/2014, por el cual la Subsecretaría de Planificación y Gestión en Salud, dependiente del Ministerio de Salud, solicita la creación de un nuevo Nivel Jerárquico, denominado Dirección Asistencial de las doce Areas Programáticas; y

CONSIDERANDO:
Que el Artículo 2° de la Ley 4639, faculta al Poder Ejecutivo a disponer la Transformación, Descentralización, Privatización, Creación, Escisión, Fusión, Supresión y Liquidación total o parcial de los Organismos del Poder Ejecutivo.
Que el Artículo 2° de la Ley 4693, de Reorganización de la Estructura Orgánica de los Ministerios, faculta al Poder Ejecutivo a establecer mediante Decreto las Misiones y Funciones, Ambitos de Competencia y Estructuras Orgánicas de los Ministerios, como asimismo, lo relacionado con las Secretarías y Subsecretarías de Estado y demás Organismos y Entes que dependan directamente del Poder Ejecutivo, Ministerios o que integren la Administración Central y Descentralizada del Gobierno Provincial.
Que el Decreto Acuerdo N° 1544/07 dispone que serán aprobadas por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, en acuerdo de Ministros, las Estructuras Orgánicas hasta nivel de Dirección.
Que se hace estrictamente necesario adecuar el Organigrama del Ministerio de Salud a las necesidades actuales en concordancia con la legislación vigente de la Ley de Carrera del Personal Sanitario y de acuerdo con las políticas de Salud.
Que a fs. 02, obra Nota S.P.G.S. M-S N° 014/ 14 de la Subsecretaría de Planificación y Gestión en Salud, dependiente del Ministerio de Salud, por la cual solicita la creación de un nuevo nivel Jerárquico a la Estructura Organizativa del citado Ministerio, destinado a las doce (12) Areas Programáticas, quienes tienen el problema de contar con dos (02) Direcciones a un mismo nivel, ellas son Dirección Asistencial que depende de la Dirección del Area Programática, lo cual no es contemplado por el Decreto Acuerdo N° 1544/07.
Que asimismo se debe incorporar un nuevo nivel Jerárquico a la Estructura Organizativa con dependencia directa de cada Dirección de Area Programática.
Que a fs. 24/25, 30/31, 55 y 64/65, obran Notas S. de P. N° 1435/14, N° 2256/14, N° 2713/14 y N° 1031/15, de la Subsecretaría de Presupuesto.
Que a fs. 36/37, interviene Asesoría Legal del Ministerio de Salud, mediante Dictamen A.L. Nº 1497/14.
Que a fs. 54, interviene la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública, prestando conformidad a la Modificación de la Estructura Orgánica del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Acuerdo N° 603 de fecha 18 de Abril de 2012.
Que a fs. 59 y 60, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N° 2083/14, manifestando que ratifica el Dictamen A.L. N° 1497/14, obrante a fs. 36/37, el mismo no merece objeción, debiendo la jurisdicción postulante tener en cuenta los informes de las dependencias citadas y el límite del Artículo 7° del ordenamiento citado.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.

Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTICULO 1°.- Modifícase el Decreto Acuerdo N° 603 de fecha 18 de Abril de 2012, por el cual se aprueba la Nueva Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Salud, según Anexo I a, b, c, d y e.

ARTICULO 2°.- Créase el nivel Jerárquico de Dirección Asistencial con dependencia directa de cada Dirección de Area Programática, asignándole a cada Director Asistencial índice 0.90.

ARTICULO 3°.- Apruébase la Nueva Estructura Organizacional del Ministerio de Salud que como Anexo I a, b, c, d y e, forman parte integrante del presente Decreto.

ARTICULO 4°.- Apruébanse los Objetivos y Acciones de las Direcciones Asistenciales, que como Anexo II, se adjunta y pasa a formar parte del presente Decreto.

ARTICULO 5°.- Apruébase la Dotación de Personal Superior y de Gabinete de la Dirección Asistencial dependiente de cada Area Programática, que se detalla en el Anexo III del presente Instrumento Legal.

ARTICULO 6°.- Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a adoptar las medidas pertinentes y efectuar las adecuaciones, reasignaciones y restructuraciones presupuestarias que resulten necesarias, a fin de dotar de recursos a los organismos creados y poner en ejecución lo dispuesto por el presente instrumento legal.

ARTICULO 7°.- Tomen conocimiento a sus efectos, Ministerio de Salud, Ministerio de Hacienda y Finanzas, Subsecretaría de Presupuesto, Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública y Dirección Provincial de Recursos Humanos.

ARTICULO 8°.- Comuníquese, Publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.

 

Firmantes: CORPACCI-Saadi-Aredes-Chico-Villagra-Ariza-Dusso-Barros-Aparicio

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 67/2015

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