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Detalle del Decreto Acuerdo 1313
  

 

Título: Decreto Acuerdo Nº 1313 OTORGASE INCREMENTO SALARIAL A AUTORIDADES SUPERIORES, FUNCIONARIOS FUERA DE NIVEL Y PERSONAL DE GABINETE A PARTIR DEL 01 DE MAYO DE 2015

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 21 Ago. 2015

Fecha de publicacion: 11 Set. 2015

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Decreto  Acuerdo Nº 1313
OTORGASE  INCREMENTO SALARIAL  A AUTORIDADES SUPERIORES, FUNCIONARIOS FUERA DE NIVEL Y PERSONAL DE GABINETE A PARTIR DEL 01 DE MAYO DE 2015

San Fernando del Valle de Catamarca, 21 de Agosto de 2015.

VISTO:
El Expediente M-l1851/2015, por el cual se gestiona un incremento salarial a partir del mes de Mayo de 2015 para las Autoridades Superiores, Funcionarios Fuera de Nivel y Personal de Gabinete; y

CONSIDERANDO:
Que a fs. 01, el Ministerio de Hacienda y Finanzas solicita a partir del 1° de Mayo de 2015 un incremento no remunerativo del Treinta por Ciento (30%) para las Autoridades Superiores, Funcionarios Fuera de Nivel y Personal de Gabinete.
Que por Decreto Acuerdo N° 1801/2008 se estableció un Complemento Salarial de carácter No Remunerativo No Bonificable.
Que en el Anexo IX del Decreto Acuerdo N° 634/2007 se fijó la escala para la Compensación de Ayuda a la Canasta Familiar de carácter No Remunerativo No Bonifícable, para las Autoridades Superiores, Funcionarios Fuera de Nivel y Personal de Gabinete.
Que por Decreto Acuerdo N° 755/2013 se otorgó un Adicional por Responsabilidad en el Cargo y por Tareas Específicas de carácter No Remunerativo No Bonifícable para las Autoridades Superiores y Funcionarios Fuera de Nivel.
Que el Poder Ejecutivo al otorgar incrementos salariales para el personal escalafonado originó un marcado achatamiento en la escala de remuneraciones para las Autoridades Superiores y Funcionarios Fuera de Nivel, y en consecuencia, en la remuneración asignada al Tope Salarial vigente; lo cual significa la inclusión en esta medida de un mayor número de agentes.
Que a fs. 03, Asesoría Legal de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública mediante Dictamen S.S.R.H. y G.P. N° 289/15, considera que no existe óbice legal para que prosiga la tramitación, formalizando Decreto que establezca el incremento de las asignaciones familiares para los empleados en general y para los funcionarios, autoridades superiores y personal de gabinete.
Que a fs. 05, Subsecretaría de Presupuesto toma intervención mediante Nota S.de P. N° 1589 de fecha 12 de Junio de 2015.
Que a fs. 09, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N° 0999/15, manifestando que avocados al control de legalidad, el objeto de los actuados, cae bajo la reserva exclusiva del Poder Ejecutivo.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la provincia.

Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTICULO 1°.- Modifícase a partir del 1° de Mayo de 2015, para las Autoridades Superiores, Funcionarios Fuera de Nivel y Personal de Gabinete el Complemento Salarial de carácter No Remunerativo No Bonifícable establecido en el Artículo 3° del Decreto Acuerdo N° 1801/2008.

ARTICULO 2°.- Modifícanse, a partir del 1° de Mayo de 2015, los montos de la Compensación de Ayuda a la Canasta Familiar de carácter No Remunerativo No Bonifícable para las Autoridades Superiores, Funcionarios Fuera de Nivel y Personal de Gabinete las Asignaciones Familiares establecidos en el Anexo IX del Decreto Acuerdo N° 634/2007, de conformidad al Anexo I, que forma parte integrante del presente instrumento legal.

ARTICULO  3°,-  Fíjanse,   a  partir  del   1°  de Mayo  de  2015,   los  montos  del  Adicional   por Responsabilidad en el Cargo y por Tareas Específicas de carácter No Remunerativo No Bonificable para las Autoridades Superiores y Funcionarios Fuera de Nivel implementado en el Anexo I del Decreto Acuerdo N° 755/2013, de conformidad al Anexo II, que forma parte integrante del presente instrumento legal.

ARTICULO 4°.- Impleméntase, a partir del 1° de Mayo de 2015, un Adicional de carácter No Remunerativo No Bonificable para las Autoridades Superiores, Funcionarios Fuera de Nivel y Personal de Gabinete, de conformidad al Anexo III, que forma parte integrante del presente instrumento legal.

ARTICULO 5°.- Impleméntase una Cuota Anual Complementaria sobre el Adicional establecido por el Artículo 4° del presente Decreto, equivalente al monto de un mes de dicho Adicional. Se liquidará en dos cuotas a devengarse el 30 de Junio y el 31 de Diciembre de cada año. El importe a abonar en cada caso será equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la suma indicada y será proporcional al tiempo trabajado en cada uno de los semestres.

ARTICULO 6°.- Establécese que a partir del 1° de Mayo de 2015 la remuneración total por todo concepto y en suma de cargos de las Autoridades Superiores, Funcionarios Fuera de Nivel, Personal de Gabinete y Personal de cualquier Escalafón y/o Convenio de la Administración Pública Central o Descentralizada y Entidades Autárquicas, en ningún caso podrá superar el total de PESOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO CON NOVENTA y SIETE CENTAVOS ($ 37.174,97).

ARTICULO 7°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a adoptar las medidas pertinentes y efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias de créditos que resulten necesarias, a fin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto por el presente Instrumento legal.

ARTICULO 8°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Hacienda y Finanzas, Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública, Dirección Provincial de Recursos Humanos y Subsecretaría de Presupuesto.

ARTICULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.

 

Firmantes: CORPACCI-Saadi-Aredes-Chico-Villagra-Ariza-Dusso-Barros-Aparicio

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
Complementos

 

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