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Título: Decreto Acuerdo Nº 1314 INCREMENTASE LAS ASIGNACIONES FAMILIARES PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL A PARTIR DE LOS MESES DE MAYO Y JUNIO DEL 2015
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 21 Ago. 2015
Fecha de publicacion: 11 Set. 2015
Cuerpo de Decreto Acuerdo: | Descargar PDF
San Fernandodel Valle de Catamarca, 21 de Agosto de 2015.
VISTO:
El Expediente M-11851/2015 y el Decreto Acuerdo N° 1812 de fecha 29 de Noviembre de 2006, y
CONSIDERANDO:
Que es voluntad del Poder Ejecutivo efectuar una recomposición de las Asignaciones Familiares para el Personal de la Administración Pública Provincial. Que en la Asamblea Legislativa del 1° de Mayo de 2015 se anunció un incremento de las Asignaciones Familiares del Cincuenta por Ciento (50%), a partir del mes de Mayo 2015 y del Cien por Ciento (100%) a partir del mes de Julio 2015.
Que a fs. 03, Asesoría Legal de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública mediante Dictamen S.S.R.H. y G.P. N° 289/15, considera que no existe óbice legal para que prosiga la tramitación, formalizando Decreto que establezca el incremento de las asignaciones familiares para los empleados en general y para los funcionarios, autoridades superiores y personal de gabinete.
Que a fs. 05, Subsecretaría de Presupuesto toma intervención mediante Nota S.de P. N° 1589 de fecha 12 de Junio de 2015.
Que a fs. 09, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N° 0999/15, manifestando que avocados al control de legalidad, el objeto de los actuados, cae bajo la reserva exclusiva del Poder Ejecutivo.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
ARTÍCULO 1°.- Modifícase, a partir del 1° de Mayo de 2015, los montos de las Asignaciones Familiares establecidos en el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 1812/2006, de conformidad al Anexo I, que forma parte integrante del presente instrumento legal.
ARTICULO 2°.- Modifícase, a partir del 1° de Julio de 2015, los montos de las Asignaciones Familiares establecidos en el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 1812/2006, de conformidad al Anexo II, que forma parte integrante del presente instrumento legal.
ARTÍCULO 3°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a adoptar las medidas pertinentes y efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias de créditos que resulten necesarias, a fin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto por el presente Instrumento legal.
ARTICULO 4°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Hacienda y Finanzas, Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública, Dirección Provincial de Recursos Humanos y Subsecretaría de Presupuesto.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.
Firmantes: CORPACCI-Saadi-Aredes-Chico-Villagra-Ariza-Dusso-Aparicio
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: