Digesto Legislativo Provincial

Encuentre las leyes y otras normativas que se publican en el Boletín Oficial
de la Provincia de Catamarca

  
  

Inicio / Decreto /

Decreto
  
    

  
Detalle del Decreto 1375
  

 

Título: Decreto ECyT. Nº 1375 RATIFICASE CONVENIO DE COLABORACION INSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA Y LA MUNICIPALIDAD DE SAN FERNANDO

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 31 Ago. 2015

Fecha de publicacion: 22 Set. 2015

Cuerpo de Decreto:   |       Descargar PDF

  

Decreto  ECyT. Nº 1375
RATIFICASE CONVENIO DE COLABORACION INSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA Y LA MUNICIPALIDAD DE SAN FERNANDO

San Fernando del Valle de Catamarca, 31 de Agosto de 2015.

VISTO:
El Expediente S-3693/2015, Resolución Ministerial ECyT. N° 091 de fecha 03 de Marzo de 2015 y Resolución Ministerial ECyT. N° 559 de fecha 27 de Julio de 2015; y

CONSIDERANDO:
Que por Resolución Ministerial ECyT. N° 091 de fecha 03 de Marzo de 2015, se aprobó el Convenio de Colaboración Institucional celebrado entre el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y la Municipalidad de San Fernando, Departamento Belén.
Que por Resolución Ministerial ECyT. N° 559 de fecha 27 de Julio de 2015, se aprobó la Addenda Convenio de Colaboración Institucional celebrada entre el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y la Municipalidad de San Fernando, Departamento Belén.
Que a fs. 04/05, obra Convenio de Colaboración Institucional, celebrado entre el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y la Municipalidad de San Fernando, Departamento Belén, provincia de Catamarca.
Que el mencionado Convenio tiene por objetivo garantizar el acceso a la educación de los alumnos de nivel secundario del mencionado municipio, por lo cual el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología transferirá los fondos necesarios para el pago del servicio de transporte de los alumnos.
Que a fs. 08/11, obra Autorización para Gastar, Nota de Pedido y Entrega N° 0279 de fecha 17 de Abril de 2015 y Registro de Preventiva.
Que a fs. 18/20, Asesoría Legal de Gabinete del Ministerio de Educación. Ciencia y Tecnología, emite Dictamen A.L.G. N° 042/1.
Que a fs. 29/30, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia mediante Informe N° 1451 de fecha 23 de Junio de 2015.
Que a fs. 32/33, Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención que le compete, mediante Dictamen A.G.G. N° 0933 de fecha 06 de Julio de 2015, manifestando que analizado el objeto de estas actuaciones, esta Asesoría General de Gobierno no tiene observaciones que formular, compartiendo lo expuesto por Contaduría General de la Provincia en su Informe N° 1451/2015 cuando destaca que el Acto Administrativo que se gestiona se encuentra dentro de la actividad discrecional del Poder Ejecutivo, conforme las facultades emergentes de nuestra Carta Magna, por lo que puede procederse a la ratificación del Convenio mediante Decreto.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial.

Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA

ARTICULO 1°.- Ratifícase el Convenio de Colaboración Institucional entre el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y Municipalidad de San Fernando y Ratifícanse las Resoluciones Ministeriales ECyT. N° 091 de fecha 03 de Marzo de 2015 y N° 559 de fecha 27 de Julio de 2015, instrumentos que como Anexo forman parte del presente Instrumento Legal.

ARTICULO 2°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Subsecretaría de Coordinación Administrativa, Dirección Provincial de Administración, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Tribunal de Cuentas de la Provincia.

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.    

ADDENDA CONVENIO DE COLABORACIÓN INSTITUCIONAL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA MUNICIPALIDAD DE SAN FERNANDO

En la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, Provincia de Catamarca, a los 06 días del mes de Julio del año 2.015, entre el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la Provincia de Catamarca, en adelante denominado EL MINISTERIO, con  domicilio legal en calle Sarmiento N° 613 de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, representado en este acto por el Señor Ministro MAGTER. JOSÉ RICARDO ARIZA, DNI. N° 17.028.589, y  por la otra; la MUNICIPALIDAD DE SAN FERNANDO, con domicilio en Calle S/ N San Fernando, Departamento Belén de la Provincia de Catamarca, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal SR. JOSÉ FIGUEROA, DNI N° 25.896.683, quien en adelante se denominará LA MUNICIPALIDAD, acuerdan celebrar la presente Addenda, conforme las siguientes cláusulas:
PRIMERA: ANTECEDENTES: Ambas partes celebraron un Convenio de Colaboración Institucional con fecha 03 de Marzo de 2.015 y por un período de nueve meses o hasta la finalización del ciclo lectivo 2.015.
SEGUNDA: OBJETO: En virtud del presente instrumento ambas partes acuerdan modificar la cláusula Cuarta, la que quedará redactada de la siguiente manera:
«CUARTA: EL MINISTERIO se compromete transferir en la cuenta oficial de la Municipalidad de San Fernando - Cuenta Corriente N° 1207-1580006886 del Banco de la Nación Argentina, la suma mensual de Pesos Setenta y Tres Mil con 00/100 ($ 73.000.00), a partir del mes de Marzo del corriente año, a los efectos de afrontar exclusivamente los gastos que demande el servicio de transporte escolar objeto del presente convenio y hasta la Finalización del mismo. Reservándose a su vez, la facultad de controlar que el mismo se efectúe en las condiciones y bajo los requerimientos acordados en las cláusulas anteriores. Las transferencias mensuales referidas se efectuarán, a partir de la segunda,  previa verificación de la Rendición de Cuentas realizada por LA MUNICIPALIDAD, la que deberá contar con la siguiente documentación:
1)  Factura conformada por el Sr. Intendente de la Municipalidad.
2)  Constancia de la efectiva prestación del servicio de transporte, certificada por la Dirección del establecimiento escolar.
3)  Documentación  del  prestador  del  servicio, conforme la Cláusula Tercera del presente convenio.
El plazo para la presentación de la misma, será el establecido en el Artículo 2º de la Acordada TC. Nº 602/80, por lo que desde la efectiva transferencia de los fondos correspondientes LA MUNICIPALIDAD se compromete a presentar la rendición  pertinente en el término de 30 días ante la Subsecretaría de Coordinación Administrativa dependiente  del  Ministerio  de  Educación,  Ciencia y  Tecnología  de  la  Provincia  de Catamarca. Asimismo EL MINISTERIO se compromete a dar cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4° de la Acordada TC N° 7599/10, informando al Tribunal de Cuentas de la presente entrega de fondos en los términos allí estatuidos.
TERCERA: RATIFICACIÓN: En lo concerniente a todas las condiciones establecidas en el Convenio señalado en la Cláusula Primera del presente instrumento, ambas partes declaran que se mantendrán inalterables y vigentes durante el plazo estipulado.
En prueba de conformidad se firman 3 (tres) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el exordio.

Mgter. José Ricardo Ariza
Ministro de Educación, Ciencia y Tecnología

José Normando Figueroa
Intendente Municipalidad de San Fernando
   

 

Firmantes: CORPACCI-Ariza

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 76/2015

  • Sin temas relacionados

  • Este decreto no ha sido derogado

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin temas relacionados

  • Sin archivos relacionados

Lo estamos haciendo entre todos
Si tienes alguna duda, dato o sugerencia para este Decreto, envianos tu comentario: