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Título: Decreto ECyT. Nº 1440 RATIFICASE EN TODAS SUS PARTES LAS RESOLUCIONES MINISTERIALES ECyT. Nº 94/15 Y Nº 645/15
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 9 Set. 2015
Fecha de publicacion: 2 Oct. 2015
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 09 de Septiembre de 2015.
VISTO:
El Expediente S-2953/2015, y las Resoluciones Ministeriales ECyT. N° 094, de fecha 03 de Marzo de 2015 y N° 645, de fecha 24 de Agosto de 2015, emitida por el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología; y
CONSIDERANDO:
Que, por las citadas Resoluciones, se aprobó el Convenio de Colaboración Institucional y su Addenda, celebrado entre el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y la Municipalidad de los Varelas. Que el citado convenio se realiza en el marco de la necesidad de garantizar el derecho a la educación consagrado en la Ley N° 5381-Artículo 2 «La educación y el conocimiento son un bien público y su acceso constituye un derecho humano, garantizados por el Estado Provincial» y Artículo 3° «La educación es de interés prioritario y es política del Estado Provincial para construir una sociedad justa e igualitaria, reafirmar la soberanía e identidad provincial, respetando la identidad de los pueblos originarios, formar ciudadanía democrática, participativa y solidaria, basada en el respeto y realización efectiva de los derechos humanos y las libertades fundamentales», para lo cual surge la necesidad de proveer del servicio de transporte para alumnos que concurran a Escuelas del Nivel Primario y Secundario dependientes del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, circunscriptas dentro del ámbito jurisdiccional de la Municipalidad de los Varelas, Departamento Ambato, Provincia de Catamarca.
Que a fs. 05/06 y 19, obran las Resoluciones Ministeriales ECyT. N° 094, de fecha 03 de Marzo de 2015 y N° 645, de fecha 24 de Agosto de 2015.
Que a fs. 13/14, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia mediante Informe N° 2250, de fecha 26 de Agosto de 2015.
Que a fs. 20/22, obra Dictamen A.L.G. N° 078, de fecha 21 de Agosto de 2015, de Asesoría Legal de Gabinete dependiente del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología.
Que a fs. 26, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen A.G.G. N° 1265, de fecha 02 de Septiembre de 2015, quien no formula observaciones al dictado del instrumento legal que se solicita.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149º de la Constitución Provincial.
ARTICULO 1°.- Ratifícase en todas sus partes la Resolución Ministerial ECy T. N° 094, de fecha 03 de Marzo de 2015 y la Resolución Ministerial ECyT. N° 645, de fecha 24 de Agosto de 2015, por las que se aprobó el Convenio de Colaboración Institucional y su Addenda, suscripto entre el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y la Municipalidad de los Varelas, Departamento Ambato, los que como Anexo forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 2°.- Tomen conocimiento: Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Subsecretaría de Coordinación Administrativa, Dirección Provincial de Administración, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Tribunal de Cuentas de la Provincia.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
En la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, Provincia de Catamarca, a los 24 días del mes de Agosto del año 2.015, entre el MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA de la Provincia de Catamarca, en adelante denominado EL MINISTERIO, con domicilio legal en calle Sarmiento N° 613 de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, representado en este acto por el Señor Ministro MAGTER. JOSE RICARDO ARIZA, DNI N° 17.028.589, y por la otra la MUNICIPALIDAD DE LOS VARELAS, con domicilio en Calle S/N, Los Varelas, Departamento Ambato de la Provincia de Catamarca, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal SR. ORLANDO MARCELO SAAVEDRA, DNI N° 21.325.036, quien en adelante se denominará LA MUNICIPALIDAD, acuerdan celebrar la presente Addenda, conforme las siguientes cláusulas:
PRIMERA: ANTECEDENTES: Ambas partes celebraron un Convenio de Colaboración Institucional con fecha 03 de Marzo de 2.015 y por un período de nueve meses o hasta la finalización del ciclo lectivo 2.015.
SEGUNDA: OBJETO: En virtud del presente instrumento ambas partes acuerdan modificar la cláusula Cuarta, la que quedará redactada de la siguiente manera: «CUARTA: EL MINISTERIO se compromete transferir en la cuenta oficial de la Municipalidad de Los Varelas, Dpto. Ambato Cuenta Corriente N° 04660113/26, del Banco de la Nación Argentina, la suma mensual de Pesos cincuenta y Siete Mil doscientos ochenta y nueve con 00/100 ($ 57.289,00), por el período de Marzo del corriente año y a partir de abril la suma de ochenta y cuatro mil setecientos setenta y tres con 00/100 ($ 84.773,00), a los efectos de afrontar exclusivamente los gastos que demande el servicio de transporte escolar objeto del presente convenio y hasta la finalización del mismo. Reservándose a su vez, la facultad de controlar que el mismo se efectúe en las condiciones y bajo los requerimientos acordados en las cláusulas anteriores. Las transferencias mensuales referidas se efectuarán, a partir de la segunda, previa verificación de la Rendición de Cuentas realizada por LA MUNICIPALIDAD, la que deberá contar con la siguiente documentación:
1) Factura conformada por el Sr. Intendente de la Municipalidad.
2) Constancia de la efectiva prestación del servicio de transporte, certificada por la Dirección del establecimiento escolar.
3) Documentación del prestador del servicio, conforme la Cláusula Tercera del presente convenio.
El plazo para la presentación de la misma, será el establecido en el Artículo 2° de la Acordada TC N° 602/80, por lo que desde la efectiva transferencia de los fondos correspondientes LA MUNICIPALIDAD se compromete a presentar la rendición pertinente en el término de 30 días ante la Subsecretaría de Coordinación Administrativa dependiente del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Catamarca, Asimismo EL MINISTERIO se compromete a dar cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4° de la Acordada TC N° 7599/10, informando al Tribunal de Cuentas de la presente entrega de fondos en los términos allí estatuidos.
TERCERA: RATIFICACION: En lo concerniente a todas las condiciones establecidas en el Convenio señalado en la Cláusula Primera del presente instrumento, ambas partes declaran que se mantendrán inalterables y vigentes durante el plazo estipulado. En prueba de conformidad se firman 3 (tres) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el exordio.
Mgter. José Ricardo Ariza
Ministro de Educación, Ciencia y Tecnología
Prof. Orlando Marcelo Saavedra I
ntendente Municipalidad de Los Varela - Ambato
Firmantes: CORPACCI-Ariza
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: