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Título: Decreto Acuerdo Nª 310 CREASE UNA CADENA DE FIRMAS TRANSITORIA Y EXCEPCIONAL DE ENTIDADES Y JURIDICCIONES DEL ESTADO PROVINCIAL
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 9 Dic. 2019
Fecha de publicacion: 17 Abril 2020
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Decreto Acuerdo Nª 310
CREASE UNA CADENA DE FIRMAS TRANSITORIA Y EXCEPCIONAL DE ENTIDADES Y JURIDICCIONES DEL ESTADO PROVINCIAL
San Fernando del Valle de Catamarca, 9 de Diciembre de 2019.
VISTO:
La Ley de Ministerios N° 5635 promulgada mediante Decreto N° 2744, de fecha 06 de diciembre de 2019; y
CONSIDERANDO:
Que a orden 02, el Ministro de Hacienda Pública, solicita que en consecuencia de la sanción de la Ley mencionada precedentemente, se implemente un régimen excepcional de Puesta a Cargo de las Autoridades Superiores y Funcionarios designados en los Ministerios y según las Estructuras Orgánicas vigentes para el caso de inexistencia de firmantes autorizados, en el Sistema de Gestión Documental Electrónica, Sistema de Administración Financiera y Registro de Cuentas Bancadas
Que lo solicitado tiene como fin garantizar el normal funcionamiento de las Entidades y Jurisdicciones del Estado Provincial, por lo que resulta imprescindible establecer un mecanismo de excepción transitorio por el cual las Autoridades Superiores y funcionarios designados en dichos organismos, puedan suscribir las actuaciones necesarias a fin de que éstas continúen su curso legal y habitual.
Que este régimen excepcional y transitorio establecerá las cadenas de firmas de las Jurisdicciones y Entidades, a fin de operar el Sistema de Gestión Documental Electrónica(G.D.E.) y el Sistema Integrado de Administración Financiera (e-SIDIF), así como el registro de cuentas bancarias, hasta tanto se complete la puesta en funcionamiento de las nuevas estructuras orgánicas.
Que a orden 06, toma intervención la Dirección Provincial de Asesoría Legal del Ministerio de Hacienda Pública, expresándose favorablemente a la continuidad del trámite.
Que orden 12, toma intervención Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen IF-2019-00605346-CATAGG, de fecha 13 de Diciembre de 2019, mediante el cual expresa que puede el Poder Ejecutivo de la Provincia dictar el instrumento legal que se solicita.
Que en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIADE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA
ARTICULO 1°.- CREASE una cadena de firmas de carácter transitorio y excepcional integrada por un único responsable, el cual será el titular de la Jurisdicción o Entidad, aplicable a la registración de todas las etapas de gastos y recursos, con vigencia hasta el cierre del presente ejercicio financiero, según el siguiente detalle:
N° | ||
SAF | NOMBRE SAF VIGENTE | FUNCIONARIO RESPONSABLE |
27 | D.P.A.,FINANZAS Y PERSONAL DEL MRIO.DE PRODUC.Y DESARROLLO |
MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA |
29 | DIR.ADM.REC.HUMANOS Y ORGANIZACIÓN MRIO. DE SERV. PUBLICOS | MINISTRO DE AGUA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE |
31 | D.A.SECR.DE ESTADO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE | MINISTRO DE AGUA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE |
13 | D.P.DE ADM.DE LA SUBSECRETARÍA DE MEDIOS | MINISTRO DE COMUNICACIÓN |
14 | DIR.PROV.ADM.SECRETARIA PRIVADA DE LA GOBERNACIÓN | MINISTRO DE COMUNICACIÓN |
15 | DIR.PROV.DE ADM.DE LA SECRETARIA DE TURISMO | MINISTRO DE CULTURA Y TURISMO |
18 | D.P.DE A.FINANCIERA DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE CULTURA |
MINISTRO DE CULTURA Y TURISMO |
16 | D.A.DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE DEP. Y RECREACIÓN | MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES |
25 | DIR.PROV.DE ADM.DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL | MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES |
26 | D.P.A.DEL MTRIO.DE EDUC.,CIENCIA Y TECN. | MINISTRO DE EDUCACIÓN |
1 | D.A. DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN | MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS |
3 | S.A.DE ASESORÍA GENERAL DE GOBIERNO | MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS |
4 | S.A.DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE AERONÁUTICA | MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS |
6 | DIR.PROV. DE ADM.DEL MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA |
MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS |
58 | S.A.DE LA U.E.P.F.O.I | MINISTRO DE HACIENDA PUBLICA |
52 | S.A DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE RENTAS | MINISTRO DE HACIENDA PUBLICA |
57 | S.A.DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE CATASTRO | MINISTRO DE HACIENDA PUBLICA |
10 | DIR.PROV.DE ADM.DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS | MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y OBRAS CIVILES |
2 | D.A. DE LA SUBSECRETARÍA CASA DE CAT AMARGA EN CAPITAL FEDERAL | MINISTRO DE INVERSIÓN Y DESARROLLO |
17 | S.A.DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE COORD.REGIONAL E INTEGRAC. |
MINISTRO DE INVERSIÓN Y DESARROLLO |
30 | S.A.DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE MINERÍA | MINISTRO DE MINERÍA |
23 | D.A.DEL HOSPITAL INTERZONAL SAN JUAN BAUTISTA | MINISTRO DE SALUD |
24 | D.A.DEL HOSPITAL INTERZONAL DE NIÑOS | MINISTRO DE SALUD |
28 | D.A.MATERNIDAD PROVINCIAL 25 DE MAYO | MINISTRO DE SALUD |
5 | DIR DE ADM. SECRETARIA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA | MINISTRO DE SEGURIDAD |
19 | DIR.DE ADM.DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE SEGURIDAD | MINISTRO DE SEGURIDAD |
7 | D.A.DE LA POLICÍA DE LA PROV.DE CATAMARCA | MINISTRO DE SEGURIDAD |
8 | DIR.DE ADM.DEL SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL | MINISTRO DE SEGURIDAD |
48 | D.A.CONTABLE Y FINANC. DE LA SRIA. DE VIVIENDA Y DES. URBANO | MINISTRO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN |
19 | DIR.DE ADM.DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE SEGURIDAD | MINISTRO DE SEGURIDAD |
7 | D.A.DE LA POLICIA DE LA PROV. DE CATAMARCA | MINISTRO DE SEGURIDAD |
8 | DIR.DE ADM.DEL SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL | MINISTRO DE SEGURIDAD |
48 | D.A.CONTABLE Y FINANC.DE EA SRIA.DE VIVIENDA Y DES.URBANO |
MINISTRO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN |
12 | S.A. DE FISCALIA DE ESTADO | FISCAL DE ESTADO |
ARTICULO 2°.- CREASE una cadena de firmas de carácter transitorio y excepcional para los Organismos Descentralizados, Autárquicos e Instituciones de la Seguridad Social, integrada por un único responsable, el cual será el titular de la Entidad, aplicable a la registración de todas las etapas de gastos y recursos, con vigencia hasta el cierre del presente ejercicio financiero.
ARTICULO 3°.- Tomen conocimiento a sus efectos: MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, MINISTERIO DE AGUA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE, MINISTERIO DE COMUNICACIÓN, MINISTERIO DE CULTURA Y TURISMO, MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES, MINISTERIO DE EDUCACIÓN, MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, MINISTERIO DE HACIENDA PUBLICA, MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y OBRAS CIVILES, MINISTERIO DE INVERSIÓN Y DESARROLLO, MINISTERIO DE MINERÍA, MINISTERIO DE SALUD, MINISTERIO DE SEGURIDAD, MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN y FISCALÍA DE ESTADO.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, Publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: JALIL-Molina-Andrada-Moreno-Niéderle-Veliz-Sáenz-Palladino-Rivera-Centurión-Alvarez-Sarquis-Tobías-Kozicki-Matienzo-Avila-Aguirre-Maubecín
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil
Observaciones: