Digesto Legislativo Provincial

Encuentre las leyes y otras normativas que se publican en el Boletín Oficial
de la Provincia de Catamarca

  
  

Inicio / Decreto /

Decreto
  
    

  
Detalle del Decreto 2032
  

 

Título: Decreto ECyT. Nº 2032 APRUEBANSE NORMAS Y BASES DEL CONCURSO Nº 2 PARA LA COBERTURA DE CARGOS DOCENTES DE FUNCION DIRECTIVA Y SECRETARIO ACADÉMICO PARA LOS INSTITUTOS DE EDUCACION SUPERIOR DE GESTION ESTATAL

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 16 Nov. 2015

Fecha de publicacion: 11 Dic. 2015

Cuerpo de Decreto:   |       Descargar PDF

  

Decreto ECyT. Nº 2032
APRUEBANSE NORMAS Y BASES DEL CONCURSO Nº 2 PARA LA COBERTURA DE CARGOS DOCENTES DE FUNCION DIRECTIVA Y SECRETARIO ACADÉMICO PARA LOS INSTITUTOS DE EDUCACION SUPERIOR DE GESTION ESTATAL

San Fernando del Valle de Catamarca, 16 de Noviembre de 2015.

VISTO:
El Expediente A - 175/2015, por el que se tramita la convocatoria al Concurso N° 2 para cubrir los cargos de Rector y Secretario Académico de los Institutos de Educación Superior de Gestión Estatal de la Provincia, que no se encuentran sujetos a Normalización Administrativa, Pedagógica e Institucional; y

CONSIDERANDO:
Que por Decreto E.C.yT. N° 56 de fecha 10 de Febrero de 2015, se aprueban las NORMAS Y BASES del CONCURSO N° 1 PARA LA COBERTURA DE CARGOS DOCENTES DE FUNCIÓN DIRECTIVA -RECTOR Y SECRETARIO ACADÉMICO- PARA LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE GESTIÓN ESTATAL DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, sujetos a Normalización Administrativa, Pedagógica e Institucional a través de las Resoluciones Ministeriales E.C. y T. N° 480/2013 y E.C. N° 494/ 2000, conforme Anexo I del citado Decreto.
Que por Decreto E.C.yT. N° 1275/2015, se aprueba el resultado definitivo del CONCURSO N° 1 PARA LA COBERTURA DE CARGOS DOCENTES DE FUNCIÓN DIRECTIVA RECTOR Y SECRETARIO ACADÉMICO PARA LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE GESTIÓN ESTATAL DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA PROVINCIA, sujetos a Normalización Administrativa, Pedagógica e Institucional a través de las Resoluciones Ministeriales E.C. y T. N° 480/2013 y E.C. N° 494/ 2000, conforme el orden de mérito establecido en el informe final por el Tribunal Evaluador, y en consecuencia designa en los cargos de Rector y Secretario Académico a los postulantes que resultaron seleccionados en primer lugar, cuyo detalle se consigna en el Anexo Único del mencionado Decreto.
Que a fs. 02/03, obra Nota S.E. N° 103/2015 emitida por la Subsecretaría de Educación dependiente del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, quien solicita la instrumentación y sustanciación del respectivo Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para cubrir los cargos de Rector y Secretario Académico de los Institutos de Educación Superior de Gestión Estatal de la Provincia que no se encuentran sujetos a la medida de Normalización.
Que a fs. 04/05, obra copia de Informe de la Dirección Provincial de Recursos Humanos dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, mediante el cual informa que los respectivos cargos de Rector y Secretarios Académicos se encuentran vacantes y ocupados transitoriamente por personal docente. Asimismo, se adjunta a fs. 09, planilla de nómina de los docentes que ocupan transitoriamente los cargos de Rector y Secretario Académico y que se encuentran vacantes.
Que a fs. 12, se expide la Dirección de Educación Superior dependiente de la Subsecretaría de Educación del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, quien informa que en esa Dirección no obran antecedentes de concursos que precedan a la instrumentación del presente llamado.
Que por ello este Ministerio inicia el camino hacia la cobertura de cargos de función directiva docente en el Nivel Superior, encausados en la normativa vigente, respetando y valorizando la carrera docente, a través del mecanismo de Concursos, como instituto relevante para alcanzar niveles de excelencia en el trabajo docente, de la formación de formadores y de técnicosprofesionales y de la calidad de enseñanza.
Que la Ley 5.103 establece en su Artículo 1° que «los cargos de Conducción y Supervisión de las Unidades Educativas del Sistema Educativo Provincial deberán ser cubiertos por concursos de antecedentes profesionales, prueba de oposición y entrevista personal, sobre la base de un Proyecto Directivo Institucional (PDI) o Proyecto Educativo de Supervisión (PES), según corresponda. Dichos concursos podrán realizarse por cargos: individualmente o por Equipo de Conducción, según se determine en el llamado pertinente».
Que el Artículo 6° de la mencionada Ley dispone que: « Los concursos serán convocados por el Poder Ejecutivo Provincial, debiendo publicar el llamado por lo menos con quince (15) días de anticipación, especificando el cargo o los cargos a concursar y las unidades educativas comprendidas».
Que el Decreto Reglamentario E. N° 1243/2003 conforme al Artículo 9 de la Ley 5.103, reglamenta la Ley 5.103 y convoca a Concurso N° 1 de Cobertura de cargos de Nivel Supervisión.
Que las Normas y Bases establecen los requisitos necesarios para concursar a través de los antecedentes de los postulantes, del procedimiento de selección a seguir, y acorde a las pautas específicas dispuestas por la Ley 5.103.
Que es política de la presente Gestión del Gobierno Educativo, convocar a Concurso para el Personal de Función Directiva Docente de los I.E.S. de Gestión Estatal de la Provincia, que no se encuentran sujetos a proceso de Normalización correspondiente, no solo en cumplimiento de las normas legales en la materia, ya expuesta y analizada, sino que también como herramienta para la democratización del sistema y jerarquización de las trayectorias de los docentes y de los estudiantes que se forman en nuestros Institutos de Educación Superior de la Provincia.
Que a fs. 29/33, 49.52. y 7985, ha tomado intervención Asesoría Legal de Gabinete de Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, mediante Dictámenes A.L.G. N° 109/2015 y A.L.G. N° 055/2015 e Informe A.L.G. Nº 018/2015.
Que a fs. 94, toma intervención que te compete Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen A.G.G. N° 1395/15, ratificando Dictamen A.G.G. N° 753/2015, obrante a fs. 71/75, por el cual manifiesta que el Poder Ejecutivo podrá emitir el acto administrativo que apruebe las NORMAS Y BASES del CONCURSO N° 1 PARA LA COBERTURA DE CARGOS DOCENTES DE FUNCIÓN DIRECTIVA -RECTOR Y SECRETARIO ACADÉMICO- PARA LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE GESTIÓN ESTATAL DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, que no se encuentran sujetos a Normalización Administrativa, Pedagógica e Institucional.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial y el Artículo 6° de la Ley Provincial N° 5103.

Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Apruébanse las NORMAS y BASES del CONCURSO N° 2 PARA LA COBERTURA DE CARGOS DOCENTES DE FUNCIÓN DIRECTIVA -RECTOR Y SECRETARIO ACADÉMICO- PARA LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE SECRETARIO ACADÉMICO- PARA LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE GESTIÓN ESTATAL DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, que no se encuentran sujetos a Normalización Administrativa, Pedagógica e Institucional, conforme ANEXO I del presente Decreto.

ARTICULO 2°.- El objeto del llamado a concurso será la cobertura de los cargos docentes de función directiva -Rector y Secretario Académico- de los Institutos de Educación Superior de Gestión Estatal de la Provincia que no se encuentran sujetos a Normalización Administrativa, Pedagógica e Institucional, que se detallan a continuación: 
• Instituto de Educación Superior «Estanislao Maldones» - Fray Mamerto Esquiú,
• Instituto de Educación Superior «Juan Manuel Chavarría».
• Instituto de Educación Superior de Andalgalá.
• Instituto de Educación Superior de Capayán Sede Chumbicha.
• Instituto de Educación Superior de Pomán Sede Pomán.
• Instituto de Educación Superior de Recreo La Paz.
• Instituto de Educación Superior de Santa Rosa- Sede Los Altos.
• Instituto de Educación Superior de Tinogasta- Sede Tinogasta.

ARTÍCULO 3°.- Apruébase el Formulario de Solicitud de Inscripción que se consigna en ANEXO II para el Concurso a que hace referencia el Artículo 1°. La utilización del mismo será de observancia obligatoria para los aspirantes bajo condición de inadmisibilidad de la solicitud de inscripción de que se trate.

ARTÍCULO 4°.- Autorízase la cobertura de los cargos docentes de función directiva -Rector y Secretario Académico- de los Institutos de Educación Superior sujetos a Normalización Administrativa, Pedagógica e Institucional, aprobado por Decreto E.C.yT. N° 56/2015, declarados desiertos y no cubiertos mediante Decreto E.C.yT. N° 1275/2015.

ARTÍCULO 5°.- Facúltese al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia, para formular el respectivo cronograma de actividades y toda norma específica y complementaria que resulte necesaria para la sustanciación del presente Concurso.

ARTÍCULO 6°.- Facúltese al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia mediante el dictado de la respectiva resolución ministerial, previo dictamen legal del cuerpo de asesoramiento permanente, a aprobar el resultado final del Concurso con su correspondiente orden de mérito y la oportuna alta de los docentes que ocuparen el primer lugar en el mismo.

ARTÍCULO 7°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Subsecretaría de Educación, Dirección de Educación Superior, Subsecretaría de Planeamiento Educativo y Dirección Provincial de Recursos Humanos del citado Ministerio.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: CORPACCI-Ariza

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 99/2015

  • Sin temas relacionados

  • Este decreto no ha sido derogado

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin temas relacionados

  • Sin archivos relacionados

Lo estamos haciendo entre todos
Si tienes alguna duda, dato o sugerencia para este Decreto, envianos tu comentario: