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Detalle del Decreto Acuerdo 599
  

 

Título: Decreto Acuerdo Nº 599 DISPONESE QUE LA TESORERÍA GENERAL DE LA PROVINCIA SERÁ EL ORGANISMO DE PERCEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE REGALÍAS MINERAS Y TODO RECURSO PROVENIENTE DE LA ACTIVIDAD MINERA

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 2 Abril 2020

Fecha de publicacion: 7 Abril 2020

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Decreto Acuerdo Nº 599

DISPONESE QUE LA TESORERÍA GENERAL DE LA PROVINCIA SERÁ EL ORGANISMO DE PERCEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE REGALÍAS MINERAS Y TODO RECURSO PROVENIENTE DE LA ACTIVIDAD MINERA

San Fernando del Valle de Catamarca, 02 de Abril de 2020.

VISTO:
Las disposiciones del Decreto del Acuerdo Nº 576/ 20 de fecha 25 de Marzo del 2020; y

CONSIDERANDO:
Que mediante el referido Decreto Acuerdo la provincia de Catamarca adhirió al DNU Nº 260/20, su modificatorio Nº 287 y al DNU Nº 297/20, declarando en su artículo 2°, en estado de emergencia la prestación de los servicios públicos, la ejecución de los contratos a cargo del sector público y la situación económica financiera de la Administración Pública Provincial, centralizada, descentralizada, entidades autárquicas, Obra Social de los Empleados Públicos y todo otro ente, empresa o sociedad en que el Estado tenga participación, por el plazo de un (1) año, prorrogable por igual plazo para el caso de considerarse no superadas las circunstancias que dieron lugar a la emisión del citado Decreto.
Que mediante el artículo 5° del referido instrumento, se dispuso que, durante la vigencia del estado de emergencia, podrán destinarse recursos provinciales afectados a otros destinos distintos de los aprobados por sus respectivas leyes de afectación, transformándolos en recursos de rentas generales, dejando expresamente exceptuados los recursos que financien gastos de personal.
Que en dicho marco resulta necesario establecer medidas que permitan la utilización eficaz y eficiente de los recursos, con la inmediatez que demanda el estado de emergencia no sólo económico y financiero sino fundamentalmente sanitario, utilizando los recursos disponibles con celeridad y eficacia a los fines de atender las necesidades urgentes que se presentan, sin mengua de la transparencia que debe primar en todo el obrar puìblico.
Que atento que la evolución de la situación epidemiológica exige que se adopten medidas expeditivas y urgentes por lo que deviene imposible seguir los trámites ordinarios para la sanción de las leyes, estando el Poder Ejecutivo legitimado para el dictado del presente instrumento legal, en uso de las facultades conferidas por el artículo 184° de nuestra Constitución Provincial.
Que Asesoría General de Gobierno ha tomado debida intervención, considerando procedente el dictado del presente acto administrativo.
Que, el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 184° de la Constitución Provincial.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA:

ARTÍCULO 1°. - Dispónese que la Tesorería General de la Provincia será el organismo de percepción y distribución de regalías mineras, canon minero, derechos de explotación y todo recurso restante proveniente de la actividad minera.

ARTÍCULO 2°. - Los saldos, relativos a los recursos referidos en el artículo precedente, que a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto se encuentren a la orden y bajo la administración del Ministerio de Minería deberán ser transferidos a la cuenta que determine Tesorería General de la Provincia.

ARTICULO 3°. - Facúltese a la Tesorería General de la Provincia a realizar todos los trámites necesarios a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente instrumento legal.

ARTÍCULO 4°. - Remítase copia autenticada del presente instrumento a ambas Cámaras del Poder Legislativo a los fines de lo dispuesto por el Artículo184° de la Constitución Provincial.

ARTICULO 5°. -Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Minería, Tesorería General de la Provincia y Tribunal de Cuentas.

ARTÍCULO 6°. - Comuníquese, Publíquese, dese al Registro oficial y Archívese.

 

Firmantes: JALIL-Molina-Andrada-Moreno-Niéderle-Veliz-Sáenz-Palladino-Rivera-Centurión-Alvarez-Sarquis-Tobías-Kozicki-Matienzo-Avila-Aguirre-Maubecín

Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil

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