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Título: Decreto GJ. y DH. Nº 587 OTÓRGASE A LA MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA, UN APORTE EXTRA NO REINTEGRABLE, DESTINADO A LA ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: «I ETAPA ALA PEDIÁTRICA DR. CESAR FERNÁNDEZ»
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 27 Marzo 2020
Fecha de publicacion: 27 Marzo 2020
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Decreto GJ. y DH. Nº 587
OTÓRGASE A LA MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA, UN APORTE EXTRA NO REINTEGRABLE, DESTINADO A LA ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: «I ETAPA ALA PEDIÁTRICA DR. CESAR FERNÁNDEZ»
San Fernando del Valle de Catamarca, 27 de marzo de 2020.
VISTO:
El Expediente EX-2020-00188364-CATSAM#MGJDH, mediante el cual la Municipalidad de Santa María, solicita aporte del Tesoro Provincial destinado a la ejecución de la I Etapa de la obra: «Ala Pediátrica Dr. Cesar Fernández»; y
CONSIDERANDO:
Que la situación de público conocimiento de avance del COVID-19, ha hecho necesaria la adopción de medidas urgentes cuyo objetivo inmediato es la protección de la salud pública. En este marco de emergencia sanitaria, es preciso resguardar la salud publica y garantizar el funcionamiento del sistema de salud catamarqueño y del municipio en particular, consagrado en la Constitución Nacional en el articulo 42 y en la Constitución Provincial en el articulo 64 al manifestar: «La Provincia promoverá la salud como derecho fundamental del individuo y de la sociedad…»
Que a orden 3, obra nota Nº IF-2020-00188381- CAT-SAM#MGJDH, de fecha 26 de Marzo de 2020, suscripta por el Intendente de la Municipalidad de Santa María dirigida al Señor Gobernador de la Provincia solicitando un aporte del Tesoro Provincial por la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($4.500.000,00), destinados a la adquisición de materiales para la ejecución de la Obra: «I etapa Ala Pediátrica Dr. Cesar Fernández»; informando que la obra se realizara con mano de obra municipal.
Que a orden 4, obra Convenio Marco de Colaboración de fecha 30/04/2019, suscripto entre el Sr. Intendente de la Municipalidad de Santa María y el entonces Ministro de Obras Públicas de la Provincia, con idéntico fin al solicitado.
Que en orden 5, intervino la Secretaria de Asuntos Municipales informo sobre el pedido de aporte financiero efectuado por la Municipalidad, sugiriendo un aporte no reintegrable por la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($4.500.000,00).
Que a orden 6, se solicitó a la Secretaria de Gestión Administrativa del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, que informe si existe partida presupuestaria para afrontar un aporte del Tesoro Provincial a la Municipalidad de Santa María.
Que a orden 8, la Secretaria de Gestión Administrativa informó sobre la existencia de créditos presupuestarios para la partida 5.8.6 APORTES A GOBIERNOS MUNICIPALES, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($4.500.000,00), como Aporte no Reintegrable a la Municipalidad de Santa María.
Que a orden 11, interviene Asesoría Legal de la Secretaria de Asuntos Municipales, mediante Dictamen S.A.M. Nº IF-2020-00188566-CAT-SAM#MGJDH, en el que consideró pertinente la emisión del acto administrativo (Decreto), por parte del Poder Ejecutivo, que otorgue al Municipio de Santa María la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($4.500.000,00).
Que a orden 12, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen de Firma Conjunta Nº IF-2020-00188711-CAT-AGG, de fecha 26 de Marzo de 2020, manifestando que considera pertinente la emisión del acto administrativo (Decreto) por parte del Poder Ejecutivo, que disponga el otorgamiento de fondos a la Municipalidad de Santa María, en concepto de aporte extra no reintegrable, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 4.500.000,00), que serán destinados a la adquisición de materiales para la ejecución de la obra: «I Etapa Ala Pediátrica Dr. César Fernández».
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149º de la Constitución de la Provincia.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA
ARTICULO 1º.- Otórgase a la Municipalidad de Santa María, en concepto de aporte extra no reintegrable, la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($4.500.000,00) destinados a la adquisición de materiales para la ejecución de la obra: «I Etapa Ala Pediátrica Dr. César Fernández».
ARTICULO 2º.- La erogación resultante de lo dispuesto por el artículo 1° del presente Decreto se imputará a la partida del presupuesto vigente:
S.A.F.: 006 – Secretaria de Gestión Administrativa del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos.
Jurisdicción: 020 – Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos.
Programa: 97 – Otras Categorías Programáticas.
Finalidad: 1 – Administración Gubernamental.
Función: 1.5 – Relaciones Interiores.
Inciso: 5 – Transferencias.
P.Principal: 8 – Transferencias a Instituciones Provinciales y Municipales para financiar gastos de capital.
P.Parcial: 6 – Aportes a Gobiernos Municipales.
Fuente de Financ.: 1.1 – Tesoro Provincial.
Tipo de Moneda: 1 – Nacional.
Ubicación Geográfica: 04901 – S.F. del Valle de Catamarca.
Unidad Ejecutora: Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos.
ARTICULO 3º.- Tomen conocimiento a sus efectos: SECRETARÍA DE ASUNTOS MUNICIPALES, SECRETARIA PROVINCIAL DE GESTION ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-S.A.F. 006 -, CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA, TESORERÍA GENERAL DE LA PROVINCIA, MUNICIPALIDAD DE SANTA MARIA Y TRIBUNAL DE CUENTAS.
ARTICULO 4º.-. Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: JALIL-Moreno
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil
Observaciones: