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Título: Decreto Acuerdo N° 803 DISPONESE LA VINCULACION DE LA EMPRESA «CATAMARCA TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA» CON EL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 29 Abril 2021
Fecha de publicacion: 14 Mayo 2021
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Decreto Acuerdo N° 803
DISPONESE LA VINCULACION DE LA EMPRESA «CATAMARCA TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANONIMA
CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA» CON EL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL
San Fernando del Valle de Catamarca, 29 de Abril de2021.
VISTO:
Los Decretos Acuerdos N° 24/2019 y N° 2098/2020
y la necesidad de modificar la vinculación de la empresa
«CATAMARCA TELECOMUNICACIONES
SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN
ESTATAL MAYORITARIA» con el Poder Ejecutivo;
y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Acuerdo N° 229 de fecha 23 de
Febrero de 2013 se creó en el ámbito de la Provincia
«CATAMARCA TELECOMUNICACIONES
SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN
ESTATAL MAYORITARIA», la cual se rige por el
estatuto anexo al instrumento mencionado, por la Ley
19.550 y sus modificatorias y disposiciones legales
vigentes.
Que por Decreto Acuerdo N° 24 de fecha 09 de
Diciembre de 2019 se aprobó la estructura orgánica del
Ministerio de Planificación y Modernización, donde
consta en el Anexo I que la empresa «CATAMARCA
TELECOMUNICACIONES S.A.P.E.M.» se vincula
con el Poder Ejecutivo a través del citado Ministerio.
Que por el artículo 8° del Decreto Acuerdo N°
2098/2020, se modificó el organigrama del Ministerio de
Planificación y Modernización, permaneciendo
«CATAMARCA TELECOMUNICACIONES
S.A.P.E.M.» vinculada con el Poder Ejecutivo Provincial
a través del Ministerio de Planificación y Modernización.
Que conforme al artículo 4° del Estatuto de
«CATAMARCA TELECOMUNICACIONES
S.A.P.E.M.» al que se refiere el artículo 1° del Decreto
Acuerdo N° 229/2013, bajo el título de «Objeto», la
S.A.P.E.M. tiene por objeto, entre otros, la prestación
de servicio de telecomunicaciones en todas sus
modalidades. Y, a tenor de esa normativa, para la
consecución de su objeto está facultada, entre otras
actividades, a construir obras por si o por terceros (inc.
b), a operar, mantener, reponer, ampliar y/o modificar
las obras existentes y a construirse, con el fin de poner a
disposición de los prestadores y usuarios, los servicios
que por los mismos se prestan, y para la consecución de
su objeto (inc. c).
Que, en orden al cumplimiento de esos fines, el
Ministerio de Agua, Energía y Medio Ambiente, cuenta
entre su personal con operarios de mano de obracalificados en electricidad, con recursos materialesadecuados para la instalación de tendidos eléctricos,
torres de comunicación, y la infraestructura necesariapara el mantenimiento y la ejecución de obras necesariasa los fines de una adecuada prestación de servicios decomunicación por parte de «CATAMARCATELECOMUNICACIONES S.A.P.E.M.».
Que por razones de logística y de operatividadpráctica, resulta necesario que modificar la vinculaciónde la empresa «CATAMARCA TELECOMUNICACIONES S.A.P.E.M.» con el Poder EjecutivoProvincial, considerando que por los motivos antesexpuestos es conveniente que sea a través del Ministeriode Agua, Energía y Medio Ambiente.
Que el servicio jurídico pertinente ha tomadointervención de su competencia.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultadesconferidas por el Artículo 149° de la Constitución de laProvincia.
Por Ello,
EL GOBERNADOR DE LAPROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA
ARTICULO 1°.- Dispónese la vinculación de laempresa«CATAMARCA TELECOMUNICACIO-NESSOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPA-CIÓNESTATAL MAYORITARIA» con el Poder EjecutivoProvincial a través del Ministerio de Agua, Energía yMedio Ambiente.
ARTICULO 2°.- Tome conocimiento a sus efectos:
Ministerio de Planificación y Modernización, Ministeriode Agua, Energía y Medio Ambiente y la EmpresaCATAMARCA TELECOMUNICACIO-NESS.A.P.E.M.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, Publíquese, Dése aRegistro Oficial y Archívese.
Firmantes: JALIL - Peralta Molina
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil
Observaciones: