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Título: Decreto Acuerdo N° 20 CREASE LA SECRETARIA DE GABINETE CON RANGO DE SECRETARIA DE ESTADO
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 9 Dic. 2019
Fecha de publicacion: 10 Marzo 2020
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Decreto Acuerdo N° 20
CREASE LA SECRETARIA DE GABINETE CON RANGO DE SECRETARIA DE ESTADO
San Fernando del Valle de Catamarca, 09 de Diciembre de 2019.
VISTO:
Las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por Ley N° 4639 de Reforma del Estado complementaria Ley N° 5635 de Reorganización de la estructura orgánica de los ministerios y concordantes; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2° de la Ley N° 5635 faculta al Poder Ejecutivo para establecer mediante Decreto las misiones y funciones, ámbito de competencia y estructuras orgánicas de los ministerios mencionados en el Artículo 1° de la mencionada Ley, como asimismo lo relacionado con las secretarías y subsecretarías de Estado, y demás organismos y entes que dependen directamente del Poder Ejecutivo, de los ministerios o que integren la administración central o descentralizada del Gobierno central.
Que el artículo 4° del Decreto Acuerdo N° 1544/ 2007 dispone que sean aprobadas por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, en acuerdo de ministros, las estructuras orgánicas hasta nivel de dirección.
Que a orden 11, obra Nota de la S. C. H. y O. N° 014-19 de la Secretaría de Capital Humano y Organización.
Que a orden 12 al 13, la Subsecretaría de Presupuesto informa mediante Nota S. de P. N° 165 de fecha 09 de diciembre de 2019 sobre la planta real del citado organismo.
Que a orden 15 al 18, toma Intervención que le compete a Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N° 2001/2019, manifestando que por lo expuesto y con las observaciones señaladas precedentemente, puede el Poder Ejecutivo Provincial dictar el instrumento legal que se solicita.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS, DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Créase la Secretaría de Gabinete, con rango de Secretaria de Estado, con dependencia directa del Gobernador de la Provincia. -
ARTICULO 2°: Créase , la Dirección Provincial de Gabinete, la Dirección Provincial de Despacho, la Dirección Provincial de Coordinación Institucional, que tendrán dependencia Directa de la Secretaria de Gabinete.
ARTICULO 3°: Créase , la Dirección Legal y Técnica, bajo la dependencia de la Dirección Provincialde Despacho.
ARTICULO 4°: Créase , la Dirección de Gestión administrativa, bajo la dependencia de la Dirección Provincial de Coordinación Institucional.
ARTICULO 5°: Modifícase, la dependencia de la Dirección de Boletín Oficial, Judicial e Imprenta del Estado, establecida mediante Decreto Acuerdo N° 130/2019, que pasará a depender de la Dirección Provincial de Despacho, con idénticas competencias que las fijadas por el mencionado Decreto.
ARTICULO 6°: Modifícase, la dependencia de la Dirección de Despacho y Registro Oficial, establecida mediante Decreto Acuerdo N° 07/03, que pasará a depender de la Dirección Provincial de Despacho, con idénticas competencias que las fijadas por el mencionado Decreto.
ARTICULO 7°: Modifícase, la dependencia y denominación de la Dirección de Administración, establecida mediante Decreto Acuerdo N° 07/03, que pasará a denominarse Dirección de Administración Financiera, con dependencia directa de la Secretaria de Estado de Gabinete, con idénticas competencias que las fijadas por el mencionado Decreto.
ARTICULO 8°: Apruébese el organigrama básico de la Secretaria de Estado de Gabinete, que como Anexo I, forma parte integrante del presente instrumento.
ARTICULO 9°: Facúltase al Ministerio de Hacienda Pública a través de la Subsecretaría de Presupuesto a adoptar las medidas pertinentes y efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias de créditos, dotación de cargos y planta de personal que resulten necesarias, a fin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto por el presente instrumento legal.
ARTICULO 10°: Derógase toda disposición que se oponga a lo establecido en el presente instrumento legal.
ARTICULO 11°: Comuníquese, dése Registro, publíquese al Boletín Oficial y archívese.
ANEXO III - DOTACIÓN ESPECIAL | |||
DOTACIÓN DE PERSONAL SUPERIOR Y DE GABINETE MINISTERIO O SECRETARIA DE ESTADO: | |||
SECRETARIA DE ESTADO DE GABINETE | |||
UNIDAD ORGÁNICA | NOM BRE Y DESCRIPCIÓN DEL | ÍNDICE | CANTIDAD DE |
PUESTO | CARGOS | ||
Secretaria de Estado | Secretario | 1,60 | 1 |
Dirección Provincial | Director Provincial | 1,20 | 3 |
Dirección | Director | 1,10 | 5 |
TOTAL | 9 |
Nota: Anexo I y II para consulta en el Dpto. Archivo de esta Dirección.
Firmantes: JALIL-Alvarez-Zelarayán- Kozicki-Matienzo-Sarquis-Micone-Matienzo-Maubecín-Molina-Andrada-Moreno-Niéderle-Veliz-Sáenz-Palladino-Rivera-Gordillo
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil
Observaciones: