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Título: Decreto Acuerdo N° 24 APRUEBASE LA ESTRUCTURA ORGANICA DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION Y MODERNIZACIÓN
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 5 Dic. 2019
Fecha de publicacion: 10 Marzo 2020
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Decreto Acuerdo N° 24
APRUEBASE LA ESTRUCTURA ORGANICA DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION Y MODERNIZACIÓN
San Fernando del Valle de Catamarca, 09 de Diciembre de 2019.
VISTO:
La Ley N° 5635 de fecha 05 de Diciembre de 2019, por el cual se dispone la creación del Ministerio de Planificación y Modernización; y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2° de la Ley 5635 faculta al Poder Ejecutivo a establecer mediante Decreto las misiones y Nota: Anexo I y II para consulta en Dpto. Archivo de esta dirección. funciones, ámbitos de competencia y estructuras orgánicas de los Ministerios, como así mismo lo relacionado con las Secretarías de Estado y Subsecretarías, y demás organismos y entes que dependen directamente del Poder Ejecutivo, de los Ministerios o que integren la administración central o descentralizada del Gobierno Provincial.
Que, la propuesta que se tramita reúne los requisitos y condiciones técnicas exigidas por Nuevo Régimen de Elaboración, Tramitación y Financiamiento de las Estructuras Orgánicas de la Administración Pública Provincial aprobado por Decreto Acuerdo N° 1.544/2007.
Que, el artículo 4° del Decreto Acuerdo N° 1.544/2007 dispone que, serán aprobadas por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial en acuerdo de Ministros, las estructuras orgánicas hasta nivel de Dirección.
Que a orden 27, obra Nota de la S. C. H. y O. N° 012-19 de la Secretaría de Capital Humano y Organización.
Que a orden 28 al 36, la Subsecretaría de Presupuesto informa mediante Nota S. de P. N° 163 de fecha 09 de diciembre de 2019 sobre la planta real del citado organismo.
Que a orden. 38 al 41, toma intervención que le compete a Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N° 1999/2019, manifestando que por lo expuesto y con las observaciones señaladas precedentemente, puede el Poder Ejecutivo Provincial dictar el instrumento legal que se solicita.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA
ARTICULO 1°.- Apruébese la nueva estructura orgánica del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y MODERNIZACION, el que como el Anexo I forma parte del presente Instrumento Legal.
ARTICULO 2°.- Apruébase los Objetivos y Acciones del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y MODERNIZACIÓN, el que como el Anexo II forma parte del presente instrumento Legal
ARTICULO 3°.- Apruébase la Planta de Dotación de Personal Superior y de Gabinete del MINISTERIO DE PLANÍFICAC1ON Y MODERNIZACIÓN, el que como el Anexo III forma parte del presente Instrumento Legal,
ARTICULO 4°.- Créanse las siguientes dependencias; Secretaría de Planificación; Dirección Provincial de Estadística y Censo; Dirección de Producción Estadística; Dirección Provincial de Planificación; Dirección de Planificación y Control de Gestión; Dirección de Infraestructura de Datos Espaciales; Secretaría de Inversión Pública y Financiamiento; Dirección Provincial de Gestión de la Inversión Pública; Dirección de Control de Rendiciones; Dirección Provincial de Gestión de Financiamiento; Dirección de Financiamientointernacional; Dirección Provincial de Inversión Pública;Dirección de Banco Integrado de Proyectos; Secretaría de Modernización del Estado; Dirección Provincial de Sistemas y Simplificación Administrativa; Dirección Provincial de Soporte y Estandarización Tecnológica;Dirección Provincial de Infraestructura Tecnológica;Dirección Provincial de Administración y Recursos Humanos; Dirección de Despacho y Recursos Humanos;Dirección de Legal y Técnica.
ARTICULO 5°.- Facúltase al Ministerio de Hacienda Pública a adoptar las medidas pertinentes y a efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarías que resulten necesarias, a fin de poner en ejecución lo dispuesto en el presente Instrumento Legal.
ARTICULO 6°.- Derógase toda otra norma que se oponga al presente Instrumento Legal.
ARTICULO 7°.- Tomen conocimiento a sus efectos:Ministerio de Planificación y Modernización, Subsecretaría de Presupuesto, Secretaría de Capital Humano y Organización y Dirección Provincial de Gestión de la Información.
ARTICULO 8°.- Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Oficial y Archívese.
ANEXO III - DOTACIÓN DE PERSONAL | |||
DOTACIÓN DE PERSONAL SUPERIOR Y DE GABINETE | |||
M INISTERIO O SECRETARIA DE ESTADO: M INISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y MODERNIZACIÓN |
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UNIDAD ORGÁNICA | NOM BRE Y DESCRIPCIÓN | ÍNDICE | CANTIDAD DE |
DEL PUESTO | CARGOS | ||
Minis terio | Minis tro | 1,60 | 1 |
Secretaria | Secretario | 1,40 | 3 |
Dirección Provincial | Director Provincial | 1,20 | 9 |
Dirección | Director | 1,10 | 8 |
TOTAL | 21 |
Nota: Anexo I y II para consulta en el Dpto. Archivo de esta Dirección.
Firmantes: JALIL-Molina-Andrada-Moreno-Niéderle-Veliz-Sáenz-Palladino-Rivera-Gordillo-Alvarez-Zelarayán-Kozicki-Matienzo-Sarquis-Micone-Martel-Maubecín
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil
Observaciones: