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Decreto Acuerdo
  
    

  
Detalle del Decreto Acuerdo 31
  

 

Título: Decreto Acuerdo Nº 31 APRUEBASE LA NUEVA ESTRUCTURA ORGANICA DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 9 Dic. 2019

Fecha de publicacion: 10 Marzo 2020

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Decreto Acuerdo Nº 31

APRUEBASE LA NUEVA ESTRUCTURA ORGANICA DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN 

San Fernando del Valle de Catamarca, 09 de Diciembre de 2019.

VISTO:
La Ley N° 5635 de fecha 05 de Diciembre de 2019, por el cual se dispone la creación del Ministerio de Vivienda y Urbanización; y

CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2° de la Ley 5635 faculta al Poder Ejecutivo a establecer mediante Decreto las misiones y funciones, ámbitos de competencia y estructuras orgánicas de los Ministerios, como así mismo lo relacionado con las Secretarías de Estado y Subsecretarías, y demás organismos y entes que dependen directamente del Poder Ejecutivo, de los Ministerios o que integren la administración central o descentralizada del Gobierno Provincial.
Que, la propuesta que se tramita reúne los requisitos y condiciones técnicas exigidas por Nuevo Régimen de Elaboración, Tramitación y Financiamiento de las Estructuras Orgánicas de la Administración Pública Provincial, aprobado por Decreto Acuerdo N° 1.544/2007.
Que, el artículo 4° del Decreto Acuerdo N° 1.544/ 2007 dispone que, serán aprobadas por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial en acuerdo de Ministros, las estructuras orgánicas hasta nivel de Dirección.
Que a orden 26, obra Nota de la S. C. H. y O. N° 006-19 de la Secretaría de Capital Humano y Organización.
Que a orden 27 al 29, la Subsecretaría de Presupuesto informa mediante Nota S. de P. N° 170 de fecha 09 de diciembre de 2019 sobre la planta real del citado organismo.
Que a orden 31 al 33, toma Intervención que le compete a Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N° 2009/2019, manifestando que por lo expuesto y con las observaciones señaladas precedentemente, puede el Poder Ejecutivo Provincial dictar el instrumento legal que se solicita.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTICULO 1°. - Apruébese la nueva estructura orgánica del MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN, el que como el Anexo I forma parte del presente Instrumento Legal.

ARTICULO 2°. - Apruébase los Objetivos y Acciones del MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN, el que como el Anexo II forma parte del presente Instrumento Legal.

ARTICULO 3°. - Apruébase la Planta de Dotación de Personal Superior y de Gabinete del MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN, el que como el Anexo III forma parte del presente Instrumento Legal.

ARTICULO 4°. - Facúltase al Ministerio de Hacienda Pública a adoptar las medidas pertinentes y a efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias que resulten necesarias, a fin de poner en ejecución lo dispuesto en el presente Instrumento Legal.

ARTICULO 5°. - Derógase toda otra norma que seoponga al presente Instrumento Legal.

ARTICULO 6°. - Tomen conocimiento a sus efectos:Ministerio de Vivienda y Urbanización, Subsecretaría de Presupuesto, Secretaría de Capital Humano y Organización y Dirección Provincial de Gestión de la Información.

ARTICULO 7°. -Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Oficial y Archívese.

ANEXO III - DOTACIÓN DE PERSONAL
       
DOTACIÓN DE PERSONAL SUPERIOR Y DE GABINETE 
MINISTERIO O SECRETARIA DE ESTADO:  MINISTERIO DE COMUNICACIÓN
UNIDAD ORGÁNICA NOM BRE Y DESCRIPCIÓN  ÍNDICE CANTIDAD DE
DEL PUESTO  CARGOS
Ministerio  Ministro  1,60 1
Secretaria  Secretario  1,50 2
Dirección Provincial Director Provincial  1,20 4
Dirección  Director  1,10 6
TOTAL     13

 Nota: Anexo I y II para consulta en el Dpto. Archivo de esta Dirección.

 

Firmantes: JALIL-Molina-Andrada-Moreno-Niéderle-Veliz-Sáenz-Palladino-Rivera-Gordillo-Alvarez-Zelarayán-Kozicki-Matienzo-Sarquis-Micone-Martel-Maubecín

Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil

Observaciones:

   
Complementos

 

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