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Detalle del Decreto 731
  

 

Título: Decreto Acuerdo N° 731 MODIFICASE LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA ASESORIA GENERAL DE GOBIERNO APROBADO POR RESOLUCION CEPREN° 1670/2000

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 20 Abril 2021

Fecha de publicacion: 7 Mayo 2021

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Decreto Acuerdo N° 731
MODIFICASE LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA ASESORIA GENERAL DE GOBIERNO APROBADO POR RESOLUCION CEPREN° 1670/2000

San Fernando del Valle de Catamarca, 20 de Abril de 2021.

VISTO:

El Expediente EX-2021-00024714-CAT-AGG; la Resolución C.E.P.R.E. N° 1670 de fecha 11 de Diciembre
de 2000 mediante la cual se aprobó la Estructura Orgánica y Funcional de la Asesoría General de Gobierno, el
Decreto Acuerdo N° 2202/16 por el cual se creó la Escuela de Abogados de la Administración Pública Provincial y
la Dirección de Administración; el Decreto Acuerdo N° 1544/07, y la necesidad de implementar un nuevo
esquema organizativo; y

CONSIDERANDO:

Que por razones de orden funcional y organizacional corresponde hacer modificaciones en la estructura
orgánica, con el fin de fortalecer y jerarquizar las diferentes áreas de la Asesoría de Gobierno.

Que a orden 03, obra Nota N° NO-2021-0002532- CAT-AGG de fecha 14 de Enero de 2021, suscripta por
la Asesora General de Gobierno dirigida al Señor Gobernador de la Provincia, manifestando que resulta
necesario efectuar unas modificaciones en la estructura orgánica de la Asesoría General de Gobierno, con el
propósito de lograr mayor eficiencia en las acciones a desarrollar, como así también jerarquizar áreas acorde
con la función y tareas que actualmente desarrollan. En cuanto resulta un objetivo primordial incrementar la
calidad de gestión, cumplir con los objetivos asignados, así como tornar más eficiente el funcionamiento de la
Asesoría General de Gobierno, deviene necesario la implementación de un nuevo esquema organizativo. Que
a tal efecto resulta conveniente proyectar un nuevo régimen de conformación organizativa de las estructuras
orgánicas dando origen a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios derivados de la ejecución de las
políticas de Estado.

Que a orden 09, obra Providencia PV-2021-00084113-CAT-DPD#MTRH de fecha 09 de Febrero
de 2021, por la cual interviene el Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos.

Que a orden 11, obra Informe N° IF-2021- 00091544-CAT-DECP de fecha 11 de Febrero de 2021,
de la Dirección de Evaluación y Control Presupuestario del Ministerio de Hacienda Pública, expresando queteniendo en cuenta la Planta de Personal aprobada porLey N° 5.684 de Presupuesto del Sector PúblicoProvincial No Financiero para el Ejercicio 2021,
promulgada mediante Decreto N° 2530 de fecha 30 deDiciembre de 2020, el Ministerio de Gobierno, Justiciay Derechos Humanos (Asesoría General de Gobierno),
contempla una Planta total de cuarenta (40) cargos, entrePersonal Permanente y No Permanente, razón por lacual, el presente trámite por el que se pretende modificarla Estructura Orgánica, podrá continuar su curso solo enla medida en que la modificación prevea una cantidad decargos que no supere la totalidad enunciada. Queasimismo, es facultad del Poder Ejecutivo disponer lasreestructuraciones de cargos que considere necesariascon la única limitación de no alterar los totales fijadospor el artículo 5°, y con la excepción del artículo 6°,
según el artículo 7° de la Ley N° 5.684 de Presupuestodel Sector Público Provincial no Financiero para el
Ejercicio 2021.

Que a orden 12, obra Nota N° NO-2021-00091867-CAT-SSP de fecha 11 de Febrero de 2021, a través de lacual, la Subsecretaría de Presupuesto toma conocimientode la intervención del Departamento Política Salarial dela Dirección de Evaluación y Control Presupuestario.

Que mediante Decreto Acuerdo N° 2202/2016 secreó la Escuela de Abogados de la Administración PúblicaProvincial y la Dirección de Administración condependencia directa de Asesoría General de Gobierno.

Que se hace necesario hacer adaptaciones funcionalesa los nuevos paradigmas dentro del sistemaadministrativo, actualizando el desarrollo de lasdiferentes áreas, teniendo en cuenta principiosadministrativos rectores como la transparencia y lapublicidad.

Que el artículo 2° de la Ley N° 5.635 faculta al
Poder Ejecutivo a establecer mediante Decreto lasmisiones y funciones, ámbitos de competencia yestructuras orgánicas de los Ministerios, como así mismolo relacionado con las Secretarías de Estado ySubsecretarías, y demás organismos y entes quedependen directamente del Poder Ejecutivo, de losMinisterios o que integren la administración central odescentralizada del Gobierno Provincial.

Que la propuesta que se tramita reúne los requisitos y condiciones técnicas exigidas por el «Nuevo Régimen
de Elaboración, Tramitación y Financiamiento de las Estructuras Orgánicas de la Administración Pública
Provincial» aprobado por Decreto Acuerdo N° 1544/2007.

Que en todos los casos de reformulación y creación de estructuras administrativas no se afectará ningún
derecho de los empleados de la Asesoría General de Gobierno.

Que resulta facultad del Poder Ejecutivo disponer las reestructuraciones de cargos que considere necesarias
con la única limitación de no alterar los totales fijados por el artículo 5°, y con la excepción del artículo 6°,
según el artículo 7° de la Ley N° 5.684 de Presupuesto del Sector Público Provincial No Financiero para el
Ejercicio 2021.

Que resulta un objetivo primordial incrementar la calidad de gestión, cumplir con los objetivos asignados,
así como tornar más eficiente el funcionamiento de la Asesoría General de Gobierno, implementando un nuevo
esquema organizativo, dando con ello origen a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios derivados de la
ejecución de las Políticas de Estado.

Que el artículo 160° inc. 2 de la Constitución Provincial expresamente establece que: «...el Gobernador
será asesorado por el Asesor General de Gobierno, quien asistirá al Gobernador sobre toda cuestión jurídica o
técnica que interese al Estado Provincial y en todo lo relativo a las funciones colegislativas del Gobernador...».

Que ha tomado intervención que le compete Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen de Firma
Conjunta N° IF-2021-00095035-CAT-AGG de fecha 11 de Febrero de 2021, manifestando que resulta de
aplicación a las presentes actuaciones lo establecido mediante Ley N° 5.635 (artículo 2°). Asimismo, resulta
de aplicación, las previsiones establecidas en el artículo 4° del Decreto Acuerdo N° 1544/2007, en cuanto las
estructuras orgánicas deben ser diseñadas con arreglo a dicho cuerpo normativo como así también a lo estipulado
en la Ley de Ministerios ya en relación a la Planta de Personal aprobada por Ley N° 5.684 de Presupuesto
del Sector Público Provincial No Financiero para el Ejercicio 2021, promulgada mediante Decreto N° 2530de fecha 30 de Diciembre de 2020, el Ministerio deGobierno, Justicia y Derechos Humanos (AsesoríaGeneral de Gobierno), contempla una Planta total decuarenta (40) cargos, entre Personal Permanente y NoPermanente. En consecuencia, la modificación de laEstructura Orgánica que se propicia, no supera latotalidad de cargos enunciados precedentemente. Noobstante, cabe mencionar que constituye una facultaddel Poder Ejecutivo disponer las reestructuraciones decargos que considere necesarias con la única limitaciónde no alterar los totales fijados por el artículo 5°, y conla excepción del artículo 6°, según el artículo 7° de laLey N° 5.684 de Presupuesto del Sector PúblicoProvincial No Financiero para el Ejercicio 2021. Es así
que, según surge del proyecto glosado, el mismo contieneacciones y misiones precisas, que definenespecíficamente las funciones de cada dependencia del
organismo en cuestión, que responde acabadamente conlas pautas establecidas en el Decreto Acuerdo N° 1544/2007. Agrega que resulta un objetivo primordial
incrementar la calidad de gestión, cumplir con losobjetivos asignados, así como tornar más eficiente el
funcionamiento de la Asesoría General de Gobierno, implementando un nuevo esquema organizativo, dandocon ello origen a estructuras dinámicas y adaptables alos cambios derivados de la ejecución de las políticas deEstado. En esta instancia y a modo de conclusión valedecir que la especial tarea de asesoramiento jurídico quelleva a cabo la Asesoría General de Gobierno, por suvolumen, naturaleza y complejidad de los asuntospuestos a su consideración, resultan cualitativa ycuantitativamente de gran relevancia, siendo el órganomáximo de asesoramiento del Poder EjecutivoProvincial. Por lo antes expuesto y en orden al
cumplimiento de los recaudos legales exigidos por lanormativa aplicable, sugiere que podrá emitirse por partedel Poder Ejecutivo el acto administrativo (Decreto) porel que se apruebe la modificación de la estructura orgánicade la Asesoría General de Gobierno en virtud de lasfacultades conferidas por el Artículo 149° de laConstitución Provincial.

Que a orden 18, Asesoría general de Gobierno adjuntacomo archivo de trabajo los Anexos I, II y III.

Que el presente acto administrativo se dicta en usode las facultades otorgadas por el artículo 149° de laConstitución Provincial.

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTICULO 1°.-Modifícase la estructura orgánica de la Asesoría General de Gobierno aprobada por
Resolución C.E.P.R.E. N° 1670 de fecha 11 de Diciembre de 2000.

ARTICULO 2°.- Créase la Dirección Provincial de Coordinación Legal y Técnica con dependencia directa
de la Asesoría General de Gobierno.

ARTICULO 3°.- Créase la Dirección de Análisis de Gestión Administrativa y la Dirección de Asuntos
Administrativos con dependencia de la Dirección Provincial de Coordinación Legal y Técnica.

ARTICULO 4°.- Suprímase la Dirección de Coordinación del Cuerpo de Abogados del Estado y la
Dirección de Asesoramiento y Colegislación.

ARTICULO 5°.- Suprímase los Artículos 5° y 6° del Decreto Acuerdo N° 2202/16.

ARTÍCULO 6°.- Manténgase vigente la estructura orgánica de la Asesoría General de Gobierno que fueran
aprobados por el Decreto Acuerdo N° 2202/2016 y que no hayan sido aquí modificadas.

ARTICULO 7°.- Apruébase la Nueva Estructura Orgánica y Funcional de la Asesoría General de Gobierno,
que como Anexo I se incorpora y pasa a formar parte integrante del presente instrumento legal.

ARTICULO 8°.- Apruébase los Objetivos y Acciones de la Asesoría General de Gobierno que como
Anexo II forma parte del presente Instrumento Legal.

ARTICULO 9°.- Apruébase la planta de Dotación de Personal Superior y; de Gabinete de la Asesoría
General de Gobierno, el que como Anexo III forma parte del presente instrumento legal.

ARTICULO 10°.- Facúltase al Ministerio de Hacienda Pública a adoptar las medidas pertinentes y a
efectuar las adecuaciones y reasignacionespresupuestarias que resulten necesarias, a fin de poneren ejecución lo dispuesto en el presente InstrumentoLegal.

ARTICULO 11°.- Tomen conocimiento a susefectos: Ministerio de Gobierno, Justicia y DerechosHumanos, Ministerio de Comunicación; Ministerio deInfraestructura y Obras Civiles; Ministerio de HaciendaPública; Ministerio de Trabajo; Ministerio de Vivienday Urbanización; Ministerio de Salud; Ministerio deDesarrollo Social y Deporte; Ministerio de Educación;
Ministerio de Industria, Comercio y Empleo; Ministeriode Agricultura y Ganadería; Ministerio de Agua, Energíay Medio Ambiente; Ministerio de Ciencia e InnovaciónTecnológica; Ministerio de Inversión y Desarrollo;
Ministerio de Minería; Ministerio de Seguridad;
Ministerio de Cultura y Turismo; Asesoría General deGobierno; Fiscalía de Estado; Secretaría de Estado deGabinete; Administración General de Rentas;
Administración General de Catastro, Subsecretaria dePresupuesto y Secretaría de Recursos Humanos yGestión Pública.

ARTICULO 12°.- Comuníquese, Publíquese, Déseal Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: JALIL - Peralta Molina

Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil

Observaciones:

   
Complementos

 

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