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Detalle del Decreto Acuerdo 2452
  

 

Título: Decreto Acuerdo N° 2452 NUEVO RÉGIMEN DE COBERTURA DE INTERINATOS Y SUPLENCIAS DE CARGOS Y HORAS CÁTEDRAS EN TODOS LOS NIVELES Y MODALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 14 Nov. 2019

Fecha de publicacion: 28 Enero 2020

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Decreto Acuerdo N° 2452

NUEVO RÉGIMEN DE COBERTURA DE INTERINATOS Y SUPLENCIAS DE CARGOS Y HORAS CÁTEDRAS EN TODOS LOS NIVELES Y MODALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO

San Fernando del Valle de Catamarca, 14 de Noviembre de 2019

VISTO:
El Expediente S - N° 25.585/2018, por el que la Subsecretaría de Educación del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología tramita la implementación de un nuevo «Régimen de Cobertura de Interinatos y Suplencias de cargos y horas cátedras en todos los Niveles y Modalidades del Sistema Educativo»; y

CONSIDERANDO:
Que a fs. 02/09, obra Informe emitido por la Subsecretaría de Tecnologías de la Información dependiente de la Secretaría General de Gobierno de la Provincia, relacionado con las tramitaciones de altas y bajas docentes y no docentes en el Sistema de Gestión Documental Electrónica (G.D.E.) aplicado en la Dirección Provincial de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, por el que se evidencia la obsolescencia del procedimiento administrativo vigente.

Que, el circuito administrativo vigente, además de consuetudinario en su aplicación, requiere modificaciones que adecúen las operaciones administrativas priorizando los derechos laborales y patrimoniales de los agentes en el tiempo que las desempeñan, dando respuestas d eceleridad y razonabilidad por parte del Estado, a pesar del gran volumen de tramitaciones y actuaciones.

Que a fs. 12/13, obra Disposición S.E. N° 65/18, dela Subsecretaría de Educación del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, por la que se designa una Comisión Revisora de la normativa contenida en el Decreto N° 986/00, Decreto Acuerdo N° 402/95 y sus correlativas, como también los circuitos y procedimientos administrativos si se generan por la tramitación de los movimientos de altas, bajas y licencias de docentes en ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia yTecnología.

Que a fs. 20/65, obra informe de la Comisión Revisora quien sugiere teniendo en cuenta la constante movilidad docente y las características específicas del sector, se adopte las medidas administrativas necesarias para agilizar sus demandas, reorganizando y reformulando nuevas estructuras con instrumentos normativos acordes a los objetivos propuestos por el Poder Ejecutivo Provincial, con la implementación del Sistema de Gestión Documental Electrónico.

Que, resulta apropiada una modificación armónica con el Plan de Modernización del Estado Provincial aprobado por el Decreto Acuerdo N° 984/16, que contempla el mejoramiento de la gestión incorporando celeridad a partir del uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación simplificando y facilitando la carga de datos, provistos por diversos sistemas promoviendo la integración tecnológica, su compatibilidad e interoperatividad.

Que, por ello, es prioritario facultar al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, a establecer los Procedimientos que se requieren para garantizar la movilidad docente.

Que, deviene necesario adecuar la normativa vigente mediante la implementación de un nuevo «Régimen de Cobertura de Interinatos y Suplencias de Cargos y Horas Cátedra en todos los Niveles y Modalidades del Sistema Educativo» que sustituya al Decreto Acuerdo N° 2010/ 13 «Reglamento para la Cobertura de Interinatos y Suplencias en Escuelas de Nivel Inicial, Primario, Educación Especial, Educación para Adultos, Ex Tercer Ciclo de E.G.B. y Nivel Secundario en todas sus Orientaciones y Modalidades», el que mantendrá su vigencia hasta que el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología confeccione y apruebe la norma que lo suplante.

Que, en igual sentido, es procedente la modificación del Decreto Acuerdo N° 51/10, en su Artículo 2° que determinó la delegación de facultades para el otorgamiento de altas y bajas docentes en la Dirección Provincial de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia, a fin de obtener una coherencia legal y práctica.

Que, la Ley de Educación de la Provincia N° 5381 expresa la responsabilidad del Estado garantizando la coordinación de políticas educativas que tiendan al aprovechamiento integral de los recursos humanos y tecnológicos en aras de una mejor gestión del sistema.

Que a fs. 83/85, se expide la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, mediante Dictamen D.P.A.J. N° 170/19, quien habiendo analizado lo obrado, concluye que nada obsta a la continuidad del trámite, debiendo ser puesto a consideración de la Superioridad para su aprobación.

Que a fs. 113, 114 y 123/125, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen A.G.G. N° 876/2019 y 1268/2019, manifestando que, analizado el proyecto de decreto, se verifica que el mismo cumple con los requisitos formales que hacen a su validez, y en consecuencia nose formulan observaciones de índole jurídica, por lo que el Poder Ejecutivo puede proceder al dictado del mismo.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial.

Por ello,

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Facúltase al Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología de la Provincia aestablecer los Procedimientos que se requieren para garantizar la movilidad docente: Altas y Bajas de cargos interinos y suplentes, cambios de situación de revista, y baja de titulares de todos los Niveles, modalidades y dependencias del Sistema Educativo Provincial de Gestión de Estatal.

ARTÍCULO 2°.- Modifícase el Decreto Acuerdo N° 51/10, en su Artículo 2°, el que quedará redactado de la siguiente manera: « Delégase en la Dirección Provincial de Recursos Humanos, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, la facultad para el otorgamiento de Altas y Bajas del Personal Docente, quedando circunscripta dicha facultad exclusivamente a la cobertura de los cargos docentes con Función Docente, Función Directiva Docente y Administrativa Superior, según Anexo A, Artículo 2, inciso b) y puntos 1, 5 y 6 del Decreto Acuerdo N° 1483/93 y sus respectivas modificaciones».

ARTÍCULO3°.- Apruébase el modelo de Formulario de Declaración Jurada de Cargos, que como Anexo Único forma parte del presente instrumento, el que sustituirá el Formulario aprobado en el apartado 2 del Anexo A del Decreto Acuerdo N° 1483/93.

ARTÍCULO4°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Subsecretaría de Educación, Subsecretaría de Coordinación Administrativa, Dirección Provincial de Recursos Humanos del Área y Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública dependiente de la Secretaría General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: CORPACCI-Gutiérrez

Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil

Observaciones:

   
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