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Título: Decreto Seg. N° 371 PROMUEVASE EN ASCENSO AL PERSONAL SUPERIOR DE LA INSTITUCION POLICIAL EN LAS DISTINTAS JERARQUIAS
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 1 Marzo 2021
Fecha de publicacion: 16 Marzo 2021
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Decreto Seg. N° 371
PROMUEVASE EN ASCENSO AL PERSONAL SUPERIOR DE LA INSTITUCION POLICIAL
EN LAS DISTINTAS JERARQUIAS
San Fernando del Valle de Catamarca, 01 de Marzo de 2021.
VISTO:
El Expediente EX-2020-00880827-CAT-PC#SSD,
mediante el cual Jefatura de Policía, solicita se promueva
en ascenso al Personal Superior de la Institución Policial
en las distintas jerarquías; y
CONSIDERANDO:
Que a orden 02, en Nota Firma Ológrafa N° NO2020-00880834-CAT-PC#SSD, de fecha 16 de Diciembre
de 2020, obra Nota D.P. N° 1040/2020, mediante la cual
el Departamento Personal (D-l) de la Policía de la
Provincia pone a disposición de Asesoría Letrada de la
aludida Institución, la nómina del Personal Superior para
ser promovido en ASCENSO al grado inmediato
superior, con retroactividad al 01 de Enero de 2019, 01
de Enero 2020 y a partir del 01 de Enero de 2021, según
corresponda, al Personal Superior de la Institución, en
las distintas jerarquías del Cuerpo de Seguridad -
Escalafón General Único - Cuerpo Técnico - Escalafón -
Único.
Que a orden 03, en Informe Externo N° IF-2020-
00880851-CAT-PC#SSD, pág. 01/09, obra nómina del
Personal Policial Superior en condiciones de ser
promovido al grado inmediato superior, a partir del 01
de Enero de 2019, 2020 y 2021.
Que a orden 04, en Informe Externo N° IF-2020-
00880874-CAT-PC#SSD, pág. 01/02, obra Resolución
Interna J.P. N° 1346, de fecha 04 de Noviembre de 2020,
por la cual el Señor Jefe de Policía de la Provincia
resuelve, disponer la cantidad de doscientos noventa y
cinco (295) vacantes para el Personal Superior, a partir
del 01 de Enero de 2021.
Que a orden 05, en Informe Externo N° IF-2020-
00880891-CAT-PC#SSD, 16 de Diciembre de 2020,
intervino Asesoría Letrada General de la Policía de la
Provincia, mediante Dictamen N° 1109/2020,
manifestando que se cumplimentaron con los requisitosy procedimientos que establece la legislación en vigor,
siguiendo con el procedimiento administrativo por el
cual el Señor Jefe de Policía recibe por parte de la Juntade Calificaciones la propuesta de Ascenso del personal
en condiciones de ser promovido, con la retroactividadreseñada en la nota cabeza de actuaciones, noencontrándose obstáculo legal al efecto consultado,
encuadrándose legalmente en lo normado por el Art 25°,
26° y 27° de la Ley Orgánica de la Policía de la ProvinciaN° 4663/91, sugiriendo la prosecución del trámitepertinente a fin que el Poder Ejecutivo de la Provinciaemita el instrumento administrativo que haga efectivoslos ascensos pertinentes con la retroactividad que refiere.
Que a orden 06/38, obran las Actas celebradas por laJunta de Calificaciones en las que se analizaron lasdistintas situaciones del Personal Superior, sujeto aAscenso.
Que a orden 39, en Informe Externo N° IF-2020-00881687-CAT-PC#SSD, de fecha 16 de Diciembre de2020, páginas 01/312, obran copias de los respectivosDocumento Nacional de Identidad del Personal Policial
Superior en condiciones de ser promovido al gradoinmediato superior, a partir del 01 de Enero de 2019,
2020 y 2021.
Que a orden 42, en Informe Externo N° IF-2020-00888101-CAT-PC#SSD, de fecha 18 de Diciembre de2020, obra Nota J.P. N° 179/2020, mediante la cual el Sr.
Jefe de Policía de la Provincia solicita se promueva enASCENSO, con retroactividad al 01 de Enero de 2019,
01 de Enero 2020 y a partir del 01 de Enero de 2021,
según corresponda, al Personal Superior de la Institución,
en las distintas jerarquías del Cuerpo de Seguridad -Escalafón General (Único).
Cuerpo Profesional - Escalafón Unico y CuerpoTécnico – Escalafón Único, de acuerdo al orden de lanómina que se anexa a orden 03, la cual fuere publicadamediante Orden del Día Interna N° 32/20, de fecha 11 deDiciembre de 2021.
Que a orden 45, en Dictamen Firma Conjunta N°IF-2020-00910027-CAT-MSEG, de fecha 28 deDiciembre de 2020, intervino Asesoría Legal del
Ministerio de Seguridad, mediante A.L.M Seg. N° 452/
2020, expresando que no se formula objeciones queobstaculicen la continuidad del trámite, sugiriendo salvomás elevado criterio, se concrete la promoción en ascensoinmediato superior, de acuerdo a lo normado por el Art.
86° y 87° de la Ley del Personal Policial N° 2444/72,
concordante con el Art. 27° Inc. «b» de la Ley Orgánica
de la Policía de Catamarca N° 4663, con retroactividad
al 01 de Enero de 2019, 01 de Enero de 2020 y a partir
del 01 de Enero de 2021 según corresponda, al Personal
Superior de la Institución, en las distintas jerarquías del
Cuerpo Seguridad - Escalafón General (Único)-, Cuerpo
Profesional - Escalafón Único- y Cuerpo Técnico -
Escalafón Único.
Que a orden 49, pág. 01/02, obra intervención de la
Subsecretaría de Presupuesto, mediante Informe N° IF2021-00034360-CAT-DECP#SSP, de fecha 19 de Enero
de 2021, a través del cual pone en conocimiento que la
Planta de Personal aprobada por Ley de Presupuesto
N° 5684 para el Ejercicio 2021, promulgada mediante
Decreto N° 2530, de fecha 30 de Diciembre de 2020,
prevé la pertenencia del Personal Suscripto en Orden 03
- Personal Permanente de la POLICÍA DE LA
PROVINCIA DE CATAMARCA - Ministerio de
Seguridad, y expresa que en relación a los créditos
presupuestarios, los mismos no resultan suficientes para
la erogación que se pretende llevar a cabo, ya que al
momento de confeccionar las proyecciones
presupuestarias de personal para el presente Ejercicio
2021, los mismos no se encontraban ejecutándose en la
Planta, de la Jurisdicción: 095 — MINISTERIO DE
SEGURIDAD. Asimismo, que es facultad del Poder
Ejecutivo disponer las reestructuraciones de cargos que
considere necesarias con la única limitación de no alterar
los totales fijados por el Artículo 5°, y con la excepción
del Artículo 6°, según el Artículo 7° de la Ley N° 5684
de Presupuesto del Sector Público Provincial no
Financiero para el Ejercicio 2021.
Que a orden 58, pág. 01/04, toma intervención que
le compete, Asesoría General de Gobierno, mediante
Dictamen Firma Conjunta N° IF-2021-00070878-CATAGG, de fecha 04 de Febrero de 2021, manifestando
que conforme la documentación aportada y los distintos
informes producidos en las presentes actuaciones,
considera pertinente el dictado por parte del Poder
Ejecutivo Provincial, del instrumento legal pertinente -
Decreto- que otorgue la promoción en ascenso al grado
inmediato superior al Personal Superior de la Policía de
la Provincia de Catamarca en nómina, con retroactividad
administrativa al 1 de Enero de 2019, 01 de Enero de
2020 y a partir del 01 de Enero de 2021, respectivamente.
En relación a la retroactividad, cabe aclarar que la misma
es solo al efecto escalafonario, lo cual no genera
reconocimiento de haberes. En consecuencia, laremuneración que corresponde a la nueva situación derevista, se comienza a percibir a partir del dictado del
acto administrativo (Decreto), ello de conformidad conlo establecido en el Dictamen Plenario A.G.G. N° 006,
de fecha 26 de Noviembre de 2018.
Que la presente reúne los requisitos exigidos por laLey Orgánica de la Policía de la Provincia N° 4663/91, laLey del Personal Policial N° 2444/72 y el Reglamentode la Junta de Calificaciones para el Personal Policial,
Decreto G. y J. N° 1501/99.
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LAPROVINCIA DE CATAMARCADECRETAARTICULO 1°.- Promuévase en ascenso al gradoinmediato superior, con retroactividad 01 de Enero de2019, 01 de Enero de 2020 y a partir del 01 de Enero de2021, respectivamente, al Personal Superior de la Policíade la Provincia de Catamarca, conforme a lo normadopor el Artículo 87° y concordantes de la Ley del Personal
Policial N° 2444/72 y modificatorias, concordante conel Artículo 27° Inciso b) de la Ley Orgánica de la Policíade Catamarca N° 4663/91, que se detalla en el ANEXOI, el que pasa a formar parte integrante del presenteInstrumento Legal.
ARTICULO 2°.- Establézcase que el ascensodispuesto en el Artículo 1° es solo al efecto escalafonarioy no implica reconocimiento de haberes. El haber de lanueva situación de revista se comienza a percibir a partirdel dictado del presente acto administrativo.
ARTICULO 3°.- Facúltese al DepartamentoPersonal D-1, de la Jefatura de Policía de la Provinciapara que ordene el Escalafón de conformidad a las Actasde la Junta de Calificaciones para el Personal Superior.
ARTICULO 4°.- Autorízase al Ministerio deHacienda Pública a adoptar las medidas pertinentes yefectuar las adecuaciones y reasignacionespresupuestarias de créditos que resulten necesarias, afin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto por el
presente Instrumento Legal.
ARTICULO 5°.- Tomen conocimiento a sus efectos:
Ministerio de Seguridad, Jefatura de Policía de la Provincia
y Subsecretaría de Presupuesto.
ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése al
Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: JALIL - Aguirre
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil
Observaciones: