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Detalle del Decreto Acuerdo 216
  

 

Título: Decreto Acuerdo N° 216 MODIFICASE PARCIALMENTE EL ANEXO IIDEL DECRETO ACUERDO N° 29/2019  REFERENTE A LAS ACCIONES DE LASECRETARIA DE PLANIFICACION YGESTION EN SALUD

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 5 Feb. 2021

Fecha de publicacion: 19 Feb. 2021

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Decreto Acuerdo N° 216
MODIFICASE PARCIALMENTE EL ANEXO IIDEL DECRETO ACUERDO N° 29/2019 
REFERENTE A LAS ACCIONES DE LASECRETARIA DE PLANIFICACION YGESTION EN SALUD

San Fernando del Valle de Catamarca, 05 de Febrerode 2021

VISTO:

El Expediente EX-2020-00594430-CATSPGS#MS, mediante el cual el Ministerio de Salud,
gestiona la modificación parcial del Decreto Acuerdo N°29 de fecha 09 de Diciembre de 2019; yCONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Acuerdo N° 29 de fecha 09de Diciembre de 2019, se aprueba la nueva estructuraorganizacional del Ministerio de Salud, creándose el nivel
jerárquico de la Secretaría de Planificación y Gestión enSalud, con sus Direcciones Provinciales de Planeamientoen Salud y Docencia e Investigación y las DireccionesSimples de Calidad de Atención, Mantenimiento y laincorporación de la Dirección de Recupero de GastosHospitalario.

Que a orden 02, obra Nota N° NO-2020-00594498-CAT-SPGS#MS de fecha 10 de Septiembre de 2020, dela Secretaría de Planificación y Gestión en Salud, mediantela cual eleva propuesta de modificación a las «Acciones»de la Secretaría, para su control y posterior aprobación.

 Que dicha propuesta modifica parcialmente lasacciones de la Secretaría de Planificación y Gestión enSalud, siendo importante evidenciar que las Misiones yAcciones de la cabeza del organismo (la Secretaría) semantienen en su parte esencial ya que solo se saca laacción referida a: «Fortalecer la capacidad regulatoria yde fiscalización de los establecimientos sanitarios y otrosproveedores de salud», con el objeto de adecuar lasmismas a las necesidades de la Secretaría y planificar losroles a ejecutar entre los trabajadores que la componen,
determinando además, las relaciones que existen entreellos con el propósito de conseguir las metas previstasde una manera más rápida y eficaz. Además, incorporala acción « Planificar y organizar la incorporación yrenovación de recursos informáticos, así como tambiénproponer, diseñar y coordinar soluciones informáticasPág. 668 - 19/02/2021 BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL Núm. 15
que respondan a las necesidades de las distintas áreas
del Ministerio de Salud»

Que a orden 04, obra Informe Gráfico N° IF-2020-
00594559-CAT-SPGS#MS, que adjunta Anexo II con
manual de objetivos y acciones de estructura orgánica
interna de la Secretaría de Planificación y Gestión en
Salud con las modificaciones propuestas.

Que a orden 08, obra Decreto Firma Ológrafa N°
DECRE-2020-00599663-CAT-SPGS#MS, que adjunta
copia del Decreto Acuerdo N° 29 de fecha 09 de
Diciembre de 2019 que aprueba la nueva estructura
orgánica del Ministerio de Salud.

Que a orden 11, obra Dictamen AL N° 1081/2020 -
IF-2020-00631301-CAT-MS de fecha 25 de Septiembre
de 2020, de Asesoría Legal del Ministerio de Salud,
manifestando que se han cumplimentado los requisitos
previstos por la normativa. Por todo lo expuesto,
entiende que no existen objeciones jurídicas que realizar
al proyecto de autos, el cual deberá ser aprobado
mediante el instrumento legal correspondiente. Previo a
ello, deberá producirse el informe presupuestario exigido
por el artículo 7° del Decreto Acuerdo N° 1544/07.

Que a orden 17, toma intervención la Secretaría de
Capital Humano y Organización mediante Informe N°
IF-2020-00750924-CAT-SCHO#MGJDH de fecha 05
de Noviembre de 2020.

Que a orden 20, obra informe N° IF-2020-00762065-
CAT-DECP#SSP de fecha 10 de Noviembre de 2020, de
la Dirección de Evaluación y Control Presupuestario,
informando que por Ley N° 5.635, promulgada mediante
Decreto N° 2744 de fecha 06 de Diciembre de 2019, se
establecen los nuevos Ministerios que integran la
Administración Central y Descentralizados del Gobierno
Provincial. Al respecto teniendo en cuenta la Planta de
Personal aprobada por Ley N° 5.586 de Presupuesto
del Sector Público Provincial No Financiero para el
Ejercicio 2019, prorrogada mediante Decreto Acuerdo
N° 65 de fecha 06 de Enero de 2020, para el Ejercicio
2020, el Ministerio de Salud (Secretaría de Planificación
y Gestión en Salud), contempla una Planta Permanente
de cinco mil setecientos treinta y cuatro (5734) cargos,
y una Planta No Permanente de quinientos cincuenta y
ocho (558) cargos.

Que a orden 27, toma intervención que le compete
Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen Firma
Conjunta N° IF-2020-00863985-CAT-AGG de fecha
12 de Diciembre de 2020, manifestando que lamodificación pretendida esta detallada en la Nota desolicitud suscripta por la Secretaría de Planificación yGestión en Salud, y surge del cotejo del Proyecto deAnexo II adosado a orden 4 con el Decreto Acuerdo N°29/2019, su Anexo bajo el título «Secretaría dePlanificación y Gestión en Salud» cuya copia obra aorden 8. Se encuentra facultado el PEP para establecer ymodificar mediante acto administrativo, las misiones yfunciones del mencionado organismo. Al respecto, seconstata que han tomado debida participación en el
expediente: la Secretaría de Capital Humano yOrganización del MGJDH y la Dirección de Evaluacióny Control Presupuestario del Ministerio de Hacienda yFinanzas. Por lo expuesto, considera que el trámite seencuentra en la esfera decisoria del Poder EjecutivoProvincial, pudiendo emitir el acto administrativo puestoa consideración.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultadesconferidas por el Artículo 149° de la Constitución de laProvincia.

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROSDECRETA

ARTICULO 1°.- Modifícase parcialmente el AnexoII del Decreto Acuerdo N° 29 de fecha 09 de Diciembrede 2019, el que forma parte integrante del presenteinstrumento legal, en lo referente a las accionescorrespondientes a la Secretaría de Planificación yGestión en Salud dependiente del Ministerio de Salud,
dejándose sin efecto la acción «Fortalecer la capacidadregulatoria y de fiscalización de los establecimientossanitarios y otros proveedores de salud» e incorporándosela acción « Planificar y organizar la incorporación yrenovación de recursos informáticos, así como tambiénproponer, diseñar y coordinar soluciones informáticasque respondan a las necesidades de las distintas áreasdel Ministerio de Salud».

ARTICULO 2°.- Tomen conocimiento a sus efectos:
Ministerio de Salud y Secretaría de Planificación yGestión en Salud.
Pág. 670 - 19/02/2021 BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL Núm. 15

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése al
Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: JALIL - Moreno

Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil

Observaciones:

   
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