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Título: Decreto GJ. (SGG)Nº 04 APRUEBASE CONVENIO AMPLIATORIO DEL CONVENIO MARCO 2012 CON EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS (INDEC) Y LA PROVINCIA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 14 Enero 2013
Fecha de publicacion: 5 Feb. 2013
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 14 de Enero de 2013.
VISTO: El Expediente D N° 28210/12, mediante el cual la Dirección Provincial de Estadística y Censos, gestiona la aprobación del Convenio Ampliatorio del Convenio Marco 2012, celebrado con el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), para dar cumplimiento con el PROGRAMA DE ESTADISTICA 2012; y
CONSIDERANDO: Que a fs. 2/6, obra Convenio Ampliatorio y su respectivo Anexo, celebrado entre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), órgano rector del Sistema Estadístico Nacional, conforme las disposiciones de la Ley N° 17622 y su Decreto Reglamentario 3110/70 y la Dirección Provincial de Estadística y Censos de la Provincia de Catamarca.
Que dicho Convenio Ampliatorio del Convenio Marco 2012, tiene por objeto especificar, entre las partes intervinientes, el detalle de las distintas actividades a llevar adelante en cumplimiento del PROGRAMA De ESTADISTICA 2012.
Que el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), se compromete financiar con cargo a su Presupuesto, de acuerdo al Artículo 7º, inciso a) y b) y el Artículo 8º de la Ley 17622, los gastos que demande el cumplimiento del presente Convenio Ampliatorio, el que asciende a la suma de Pesos Veinte Mil Novecientos Cincuenta ($ 20.950). Dicho monto será transferido dentro de los treinta (30) días de la aprobación del presente.
Que atento a lo dispuesto en el Artículo 4º, inc. c), apartado I de la Ley Nación N° 17622 y en virtud del Artículo 8º del mismo Instrumento Legal, se deberá instruir de manera expresa a la Dirección Provincial de Estadística y Censos, a los fines de solicitar al Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), la financiación complementaria para atender los gastos específicos con el objeto de llevar adelante la ejecución de estadística y censos Programas de Asistencias Técnicas e Inversiones que haya formulado el INDEC, y considere necesaria para elevar el nivel de eficiencia de esas reparticiones (Dirección Provincial de Estadística y Censos de la Provincia).
Que las partes en su carácter de miembros del Sistema Estadístico Nacional garantizan la observancia de las normas sobre el «secreto estadístico» y la confidencialidad de la información, de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 17622, de la Disposición INDEC N° 176/99 y la Ley Provincial N° 2551.
Que a los fines de cumplir con lo establecido en el Articulo 2º del Decreto 960/2000, «Dispone que la erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto será financiado en su totalidad con partidas previstas en cada uno de los Convenios suscriptos entre la Dirección Provincial de Estadísticas y Censos y el INDEC, siempre que dichos Convenios estén ratificados por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial», por lo que con la ejecución de los mencionados convenios no se comprometen las finanzas del Tesoro Provincial».
Que a fs. 14/15 y 55/56, ha tomado intervención que le compete, Asesoría General de Gobierno, mediante Dictámenes AGG. Nº 1566/12 y AGG. Nº 1655/12, manifestando que puede procederse a la ratificación del Convenio, mediante el dictado del Acto Administrativo pertinente. Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA
ARTICULO 1º. Apruébase en todas sus partes el Convenio Ampliatorio del Convenio Marco 2012, celebrado con el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) y la Dirección Provincial de Estadística y Censos de la Subsecretaría de Planificación, dependiente de Secretaría General de la Gobernación, para dar cumplimiento con el PROGRAMA DE ESTADISTICA 2012, el que como Anexo pasa a formar parte integrante del presente Instrumento Legal.
ARTICULO 2°. Tomen conocimiento a sus efectos; Subsecretaría de Planificación, Dirección Provincial de Estadística y Censos y Dirección de Administración de la Subsecretaría de Coordinación y Despacho de la Secretaría de General de la Gobernación.
ARTICULO 3°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Dr a. LUCIA B. CORPACCI Gobernadora de Catamarca
Prof. Fr Antonio Gordillo Ministro de Gobierno y Justicia
Entre el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS, en su carácter de organismo rector del Sistema Estadístico Nacional,conforme a las disposiciones de la Ley N° 17622 y su Decreto Reglamentario N° 3110/70, en adelante denominado «EL INDEC», representado en este acto por su Directora, Lic. Ana María EDWIN, con domicilio legal en Av. Julio A. Roca N° 609, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte y por la otra la DIRECCION PROVINCIAL DE ESTADISTICA Y CENSOS de la Provincia de CATAMARCA, en adelante denominada «LA DIRECCION», en su carácter de Servicio integrante del aludido Sistema, representada en este acto por su Directora, Ing. Hilda Yolanda del Carmen SUELDO, con domicilio legal en Mota Botello 520, San Fernando del Valle de Catamarca, en el ámbito del Convenio Marco suscripto entre las mismas partes con fecha 26 de junio de 2012, que recibiera aprobación mediante Resolución MEyFP N° 495 del 31 de agosto de 2012, acuerdan celebrar, conforme a las disposiciones de la Ley y Decreto citados y «adreferéndum» del Señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, el presente Convenio Ampliatorio con las mutuas obligaciones que surgen de las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El presente Convenio Ampliatorio, según lo establece la Cláusula CUARTA del Convenio Marco referenciado utsupra, tiene por objeto especificar, entre las partes intervinientes, el detalle de las distintas actividades a llevar adelante en cumplimiento del PROGRAMA DE ESTADISTICA 2012. El nombre y objeto de cada actividad, la cantidad de personal, el perfil, la duración de los contratos de obra, el cronograma de entrega de las partes, las tareas que las partes deberán realizar, las obligaciones especiales de cada actividad y los presupuestos asignados a cada una de ellas, según describe el Anexo que a continuación se enumera: 1. Encuesta Nacional sobre Calidad de Vida de Adultos Mayores 2012, como Anexo I.
SEGUNDA: «EL INDEC» se compromete a financiar con cargo a su presupuesto, de acuerdo al artículo 7º, incisos a) y b), y al artículo 8º de la Ley N° 17622, los gastos que demande el cumplimiento del presente Convenio, el que asciende a PESOS VEINTE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 20.950). Dicho monto será transferido dentro de los TREINTA (30) días de la aprobación del presente.
TERCERA: Las partes garantizan el estricto cumplimiento, por parte de todas las personas que participan de las actividades motivo del presente Convenio Ampliatorio, de las normas sobre «secreto estadístico» y la confidencialidad de la información, de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 17622, de la Disposición INDEC N° 176/99 y la Ley Provincial N° 2551.
CUARTA: VIGENCIA. Este Convenio entrará en vigencia a partir de su ratificación por el Señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas de la Nación y regirá hasta la terminación de las tareas.
QUINTA: Las partes declaran que tienen capacidad legal y la pertinente facultad para celebrar y firmar el presente Convenio Ampliatorio y su Anexo en virtud de las respectivas disposiciones legales y administrativas que rigen el funcionamiento de los organismos que representan, todo ello en el ámbito del Convenio Marco referenciado en el encabezado del presente, manteniéndose vigentes todas y cada una de las cláusulas en él estipuladas. En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Buenos Aires, a los 26 días del mes de Octubre del año 2012.
Lic. Ana María Edwin Director a Instituto Nacional de Estadística y Censos I.N.D.E.C.
Ing. Agr. Hilda Yolanda Sueldo Director a Pcial. de Estadísticas y Censos Subsecretaría de Planificación
Nota: Anexo I para consulta en Dpto. Archivo de esta Dirección.
Firmantes: CORPACCI-Gordillo -
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones: