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Decreto Acuerdo
  
    

  
Detalle del Decreto Acuerdo 461
  

 

Título: Decreto Acuerdo Nº 461 PROMUEVASE A LA CLASE CONSIDERADA POR SUBROGANCIA AL PERSONAL DE VIALIDAD PROVINCIAL

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 16 Abril 2014

Fecha de publicacion: 20 Mayo 2014

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Decreto Acuerdo Nº 461
PROMUEVASE A LA CLASE CONSIDERADA POR SUBROGANCIA AL PERSONAL DE VIALIDAD PROVINCIAL

San Fernando del Valle de Catamarca, 16 de Abril de 2014.

VISTO:
El Expediente Letra V-3856/2013 (V.P. 1-025/ 13), por el cual se tramita la Subrogancias del personal de la Administración General de Vialidad Provincial; y

CONSIDERANDO:
Que a fs. 01, obra Nota de fecha 06 de Marzo de 2013, del Jefe de la Administración General de Vialidad Provincial, por la cual solicita la confirmación de la subrogancias que fueron concedidas a agentes del organismo, desde el Año 2009 al Año 2012.
Que a fs. 15/17, interviene el Departamento Asuntos Jurídicos de la Administración General de Vialidad, mediante Dictamen D.A.J. (V.P.) N° 059/ 13.
Que a fs. 19, obra Nota de fecha 12 de Marzo de 2013, del Señor Administrador General de Vialidad de la Provincia, fundamentando dicho pedido.
Que a fs. 24/208, se adjunta Resoluciones del Administrador General de Vialidad Provincial, por la cual se reconoce el pago y diferencias de Clases de agentes del organismo.
Que la ADMINISTRACION GENERAL DE VIALIDAD ha informado la nómina de agentes de su dependencia que se encuentran subrogando Clases.
Que debe ser tenido por cumplido, lo normado en el Artículo 4° de la Ley 3198, en tanto el personal que se desempeña cubriendo cargos de mayor jerarquía, ha sobrepasado el plazo de doce (12) meses en el mismo, sin que su labor haya merecido objeciones, acreditando de este modo la idoneidad para ocuparlo, toda vez que de ello deviene que han mantenido la forma en el ejercicio del cargo, imprimiéndole las modalidades propias de trabajo y cumplido el horario de prestación del servicio Artículo 50° Inc. C) de la Ley citada.
Que los reemplazos previstos por el Artículo 33° de la Ley 20.320 (Estatuto Escalafón para los Agentes Viales Provinciales) y 29 del C.C.T. 572/ 09, merecen las mismas consideraciones vertidas en el considerando anterior.
Que a fs. 211/211 vta., interviene Asesoría Legal del Ministerio de Obras Públicas, mediante Dictamen O.P. N° 408.
Que a fs. 228, obra Nota S. de P. N° 440 de fecha 19 de Marzo de 2014 de la Subsecretaría de Presupuesto.
Que a fs. 230/233, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N° 0282/14, manifestando que no existen impedimentos para la prosecución del trámite, pudiéndose confirmar las clases que vienen desempeñando los Agentes de Vialidad Provincial, por lo que puede el Poder Ejecutivo dictar el acto administrativo (Decreto) pertinente.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.

Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTICULO 1°.- Promuévase a la Clase considerada para el cálculo del adicional por Subrogancia que en cada caso corresponda al personal que viene desempeñando reemplazos ordenados en el marco del Estatuto Escalafón para Agentes Viales Provinciales (Ley 20.320) y que por analogía cumple las condiciones determinadas por el Artículo 4° de la Ley N° 3198, incluido en el Anexo adjunto al presente Decreto.

ARTICULO 2°.- Modifícase la planta de personal permanente del presupuesto vigente, suprimiendo el cargo de revista escalafonaria y creando el cargo que subroga en la Administración General de Vialidad de la Provincia.

ARTICULO 3°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a adoptar las medidas pertinentes y efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias de créditos que resulten necesarias, a fin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto por el presente Instrumento Legal.

ARTICULO 4°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Administración General de Vialidad Provincial y Subsecretaría de Presupuesto.

ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: CORPACCI-Saadi-Aredes-Chico-Villagra-Ariza-Dusso-Barros-Aparicio

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
Complementos

 

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