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Detalle del Decreto Acuerdo 592
  

 

Título: Decreto Acuerdo Nº 592 RECATEGORIZASE POR ANTIGÜEDAD, A PARTIR DEL 01NOV13 A LOS EMPLEADOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 14 Mayo 2014

Fecha de publicacion: 17 Junio 2014

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Decreto Acuerdo Nº 592
RECATEGORIZASE POR ANTIGÜEDAD, A PARTIR  DEL  01NOV13 A LOS EMPLEADOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL

San Fernando del Valle de Catamarca, 14 de Mayo de 2014.

VISTO:
El Expediente S-29704/2013, por el cual se tramita la recategorización por antigüedad, para el Personal del Escalafón General de la Administración Pública Provincial; y

CONSIDERANDO:
Que es voluntad del Poder Ejecutivo efectuar una recategorización como reconocimiento a los años de servicios para el Personal del Escalafón General de la Administración Pública Provincial que revista en las Categorías 10 a 17, a partir del 1 de Noviembre de 2013.
Que por Decreto Acuerdo N° 2139 de fecha 13 de Diciembre de 2004, se dispuso una recategorización a partir del 1 de Enero de 2005, a los agentes de la Planta Permanente de la Administración Pública Provincial que revistaban entre las Categorías diez (10) a diecisiete (17), ambas inclusive, de los distintos agrupamientos que componen el Escalafón General - Ley N° 3198, según la antigüedad que registraban de servicios continuos en la Administración Pública, al 31 de Diciembre de 2004.
Que a fs. 03/07, la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública emite informe de costos mensual y anual de implementar la presente Recategorización.
Que a fs. 14/14 vta., Asesoría de Gabinete de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública mediante Dictamen S.S.R.H. y G.P. N° 538/ 13, considera que no existe óbice legal, para que prosiga la tramitación, formalizando el Decreto de Recategorización por única vez a los Empleados de la Administración Pública Provincial, comprendidos en las Categorías 10 a 17 del Escalafón General - Ley N° 3198.
Que a fs. 11 y 19/20, obran Notas S. de P. N° 3530/13 y N° 452/14 de la Subsecretaría de Presupuesto, informando que para el Ejercicio 2014, la Subsecretaría de Presupuesto procederá a realizar el devengamiento de las obligaciones emergentes de la implementación de la medida dispuesta por la Señora Gobernadora, incrementándose los créditos presupuestarios, a efectos de la liquidación mensual de los haberes, una vez dictado el acto administrativo pertinente (Decreto Acuerdo).
Que a fs. 16 y 24, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno mediante Dictámenes A.G.G. N° 2145/13 y 0368/14, manifestando que analizado el instrumento puesto a consideración, el mismo reúne los recaudos del Artículo 27° del C.P.A., por lo que puede el Poder Ejecutivo dictar el acto administrativo (Decreto) pertinente.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.

Por ello;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTICULO 1°.- Recategorízase a partir del 01 de Noviembre de 2013, a los empleados de la Administración Pública Provincial que revistan en las Categorías 10 a 17 ambas inclusive del Escalafón General - Ley N° 3198, según la antigüedad registrada en la Categoría que actualmente detentan al 31 de Octubre de 2013, de acuerdo al siguiente detalle:
- Hasta cinco (5) años de antigüedad se promueve una (1) Categoría
- Hasta diez (10) años de antigüedad se promueven dos (2) Categorías
- Hasta quince (15) años de antigüedad se promueven tres (3) Categorías
- Hasta veinte (20) años de antigüedad se promueven cuatro (4) Categorías
- Más de veinte (20) años de antigüedad se promueven cinco (5) Categorías

ARTICULO 2°.- Establécese que en ningún caso la Categoría a la que se promueva en función a lo dispuesto en el Artículo 1° del presente Decreto será superior a la Categoría 18.

ARTICULO 3°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a adoptar las medidas pertinentes y efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias de créditos que resulten necesarias a fin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto en el presente Decreto.

ARTICULO 4°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Hacienda y Finanzas, Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública, Subsecretaría de Presupuesto, Dirección Provincial de Recursos Humanos, Centro de Control del Gasto en Personal, Dirección Provincial de Gestión de la Información.

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: CORPACCI-Saadi-Aredes-Chico-Villagra-Ariza-Dusso-Barros-Aparicio

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
Complementos

 

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