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Decreto Acuerdo
  
    

  
Detalle del Decreto Acuerdo 623
  

 

Título: Decreto Acuerdo Nº 623 MODIFICASE JERARQUIA DE LA DIRECCION SISTEMA DE ATENCION MEDICA DE EMERGENCIAS S.A.M.E.

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 20 Mayo 2014

Fecha de publicacion: 24 Junio 2014

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Decreto Acuerdo Nº 623
MODIFICASE JERARQUIA DE LA DIRECCION SISTEMA DE ATENCION MEDICA DE EMERGENCIAS  S.A.M.E.

San Fernando del Valle de Catamarca, 20 de Mayo de 2014.

VISTO:
El Expediente D - 24732/2013, mediante el cual se tramita la modificación de la Jerarquía de la Dirección de Atención Médica de Emergencias (S.A.M.E.); y

CONSIDERANDO:
Que el Señor Director solicita la modificación jerárquica de la Dirección de Atención Médica de Emergencia (S.A.M.E.), entre otros motivos en los siguientes: Que el S.A.M.E. Catamarca es un sistema de Emergencia que trabaja permanentemente en pos de la excelencia, con gran impacto social en todo el territorio de la Provincia.
Que se incrementó en forma geométrica los requerimientos de ambulancias S.A.M.E. para cubrir emergencias. Que los requerimientos al S.A.M.E. no sólo provienen del área de la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, sino que se cubren emergencias en Valle Viejo, Nueva Coneta, Capayán, Icaño, Recreo, entre otras localidades del interior.
Que, S.A.M.E. tiene la responsabilidad de conformar y dirigir el comando de operaciones en Emergencias en Salud junto a Defensa Civil, Bomberos, Policía y Hospitales de toda la Provincia. El S.A.M.E. conjuntamente con las instituciones prenombradas, coordinan acciones en eventos Multitudinarios en la ciudad capital y/o en el resto de la provincia tales como: Fiestas Marianas, eventos en el estadio de fútbol, Rally Dakar, capacitaciones en el interior entre otros. En el mismo orden de idea surge la necesidad de articular y coordinar ambulancias de otras localidades del interior para cubrir emergencias, y no duplicar el gasto en salud.
Que los distintos programas de emergencias no sólo pueden cubrir emergencias de la ciudad capital, sino que el principio de equidad y Justicia Social indica que deben ser utilizados igualitariamente en toda la provincia. Que las emergencias médicas provinciales, deben estar reguladas por un Organismo Central para optimizar los recursos, logrando mayor impacto en la Población y que identifique al S.A.M.E. como un servicio público gratuito y equitativo.
Que el Artículo 2° de la Ley 4639, faculta al Poder Ejecutivo a disponer la Transformación, Descentralización, Privatización, Creación, Escisión, Fusión, Supresión y Liquidación total o parcial de los Organismos del Poder Ejecutivo.
Que el Artículo 2° del Decreto Acuerdo N° 41 de fecha 17 de Diciembre de 2007, establece que deberá elevarse para su aprobación los Organigramas, Objetivos y Acciones correspondientes a los Ente Gramas que conforman los Organigramas aprobados.
Que el Director de Dirección Sistema de Atención Médica de Emergencias, eleva propuesta de diseño de la Estructura Orgánica de la Dirección a su cargo, para su control y posterior aprobación.
Que a fs. 117 y 118, mediante Dictamen A.L. N° 292/13 de fecha 17 de Abril de 2013, tomó intervención Asesoría Legal del Ministerio de Salud.
Que la propuesta en trámite, reúne los requisitos y condiciones técnicas exigidas por el nuevo Régimen de Elaboración, Tramitación y Financiamiento de Estructuras Orgánicas de la Administración Pública Provincial, aprobado por Decreto-Acuerdo N° 1 544/07.
Que asimismo, se adecúa a los propósitos de Reforma Administrativa del Estado que se pretende, toda vez que dicha propuesta cumple con el principio de desagregación y fortalecimiento de la toma de decisiones.
Que obra intervención de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública, prestando conformidad a la Modificación del Organigrama de la Subsecretaría de Asistencia en Salud Pública, dependiente del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Acuerdo N° 603 de fecha 18 de Abril 2012.
Que a fs. 164, mediante Nota S. de P. N° 556 de fecha 31 de Marzo de 2014, intervino la Subsecretaría de Presupuesto.
Que a fs. 173, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N° 0297/14, por el que manifiesta que no existen objeciones al dictado del instrumento legal que solicita el Director del Sistema de Atención de Emergencias Médicas (SAME).
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.

Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTICULO   1°.-   Modifícase   la Jerarquía de la   Dirección   Sistema   de   Atención   Médica de Emergencias (S.A.M.E.), la que a partir del presente Decreto tendrá Jerarquía de Dirección Provincial índice 1.20-.

ARTICULO 2°.- Derógase el Anexo 1 d) del Decreto Acuerdo N° 603/2013.

ARTICULO 3°.- Apruébase el nuevo Organigrama de la Subsecretaría de Asistencia en Salud Pública, que como Anexo I forma parte del presente Decreto.

ARTICULO 4°.- Apruébanse los Objetivos y Acciones de la Dirección Provincial Sistema de Atención Médica de Emergencias, las que se agregan en el Anexo II y forman parte integrante del presente Decreto.

ARTICULO 5°.- Apruébase la Planta de Dotación de Personal de la Dirección Provincial Sistema de Atención Médica de Emergencias, que se detalla en el Anexo III del presente Decreto.

ARTICULO 6°.- Dentro de los Sesenta (60) días a partir del presente Instrumento Legal, se efectuarán los movimientos de personal que sean necesarios para la implementación de la Estructura Organizativa.

ARTICULO 7°.- Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a adoptar las medidas pertinentes y a efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias que resulten necesarias, a fin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto en el presente Instrumento Legal.

ARTICULO 8°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Salud, Subsecretaría de Asistencia en Salud Pública, Subsecretaría de Planificación y Gestión en Salud, Dirección Provincial Sistema de Atención Médica de Emergencias (S.A.M.E.), Ministerio de Hacienda y Finanzas (Subsecretaría de Presupuesto), Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública y Dirección Provincial de Recursos Humanos.

ARTICULO 9º.- Comuniqúese, Publíquese, Dése al Registro Oficial .y Archívese.

ANEXO II DIRECCIÓN PROVINCIAL SISTEMA DE ATENCIÓN MEDICA DE EMERGENCIA OBJETIVOS:

 Dar respuesta a las Emergencias y Urgencias Médicas de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca y del resto de la Provincia.
 Capacitar permanentemente al Recurso Humano de la Emergencia.
 Descentralizar el SAME capitalino en Centros Periféricos.
 Hacer del SAME un organismo transparente en lo Administrativo- Contable y moderno, eficiente y eficaz en lo Operativo.
 Asegurar un resguardo absoluto de la Información.

ACCIONES:
 Efectuar todos los Traslados Sanitarios del Sistema Público de la Provincia.
 Efectuar la Cobertura de Eventos multitudinarios o con posibilidad de Victimas Múltiples.
 Trasladar Hemoderivados.
 Realizar Traslados en Operativos de Ablación e Implante de Órganos.
 Realizar Derivaciones ínter- Hospitalaria de Pacientes.
 Desarrollar Programas Especiales:
a) Prevención Comunitaria
b) Capacitación a comunidades del Interior en Accidentología.
c) Desarrollo de Telemedicina para lugares aislados.
d) Desarrollo de Planes de Atención en Desastres.
e) Programas de Calidad «EL S.A.M.E CON LA GENTE».
f) Desarrollo de Manuales de Misiones y Funciones.
g) Acreditación de Normas Internacionales de Emergencia.
 Articular, coordinar y hacer efectiva la Red de Emergencias provinciales por vía terrestre.
 Solicitar   un   medio   aéreo   (helicóptero sanitario) adecuado a la geografía montañosa de nuestra provincia, tal cual es utilizado por otros S.A.M.E del Mundo.

Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.

 

Firmantes: CORPACCI-Saadi-Aredes-Chico-Villagra-Ariza-Dusso-Barros-Aparicio

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
Complementos

 

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